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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (23/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G37/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de febrero de 2005 partir del momento de su instalación, previo informe de la Gerencia de Servicios Sociales y Municipales. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MARÍA A. FONSECA ESPINOZA Alcaldesa 04113 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G79/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G6F/G2D /G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G6A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73 /G79/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G67/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G2D /G64/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ORDENANZA Nº 033-MCPSMH C.P. Santa María de Huachipa, 15 febrero del 2005 EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO:El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha por unanimidad; y, CONSIDERANDO:Que conforme lo que dispone el Art. 195º Inc. 4) de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, los Gobiernos Locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licen-cias y derechos municipales. Que en ejercicio de la Potestad Tributaria Municipal prevista en la Constitución Política del Perú Art. 194º enconcordancia con el artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia y les otor-ga potestad tributaria. Que el Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal en sus artículos 66º y 68º y 69º asigna a las Municipalidades la facultad de crear tasas por la contra- prestación de un servicio público o administrativo. Que el Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, en su artículo 15º dispone de los plazos y moda-lidades para el cobro del Impuesto Predial. Que el Decreto Supremo Nº 135-99-EF - Texto Único Ordenado del Código Tributario, en el Segundo párrafo de la Norma IV - Principio de Legalidad reserva de ley, indicaque los gobiernos locales pueden crear, modificar y supri-mir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exo-nerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites queseñala la ley. Que mediante Ordenanza Nº 030-MCPSMH y Nº 031- MCPSMH del 29 de octubre de 2004 se establecen losmontos por arbitrios de limpieza pública y parques y jardi-nes así como por el servicio de serenazgo. Que de ipso Jure, a la autoridad municipal le asiste el derecho de administrar convenientemente los plazos de los ingresos por conceptos de tasas o arbitrios para una eficaz recaudación de los fondos públicos que le son en-cargados en administración. Que es necesario establecer los plazos de cobro por concepto de Arbitrios de Limpieza Pública y de Par-ques y Jardines, y del Servicio de Serenazgo para el ejercicio 2005, por lo tanto se dicta la siguiente Orde- nanza: SE DISPONE PLAZOS Y FECHAS PARA EL COBRO DE LOS ARBITRIOS DE PARQUES Y JARDINES Y EL SERVICIO DE SERENAZGO EN LA JURISDICCIÓN DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA EN EL PERÍODO 2005 Artículo Primero.- SOBRE LAS FECHAS DE VENCI- MIENTO DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL De conformidad con el Art. 15º de la Ley de Tributación Municipal , la obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2005 vencerá :- Pago al Contado 28 de febrero - Pago Fraccionado. Primera Cuota : 28 de febrero Segunda Cuota : 31 de mayoTercera Cuota : 31 de agostoCuarta Cuota : 30 de noviembre Artículo Segundo.- SOBRE LAS FECHAS DE VENCI- MIENTO DEL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA Y DE PARQUES Y JARDINES La obligación del pago de las cuotas trimestrales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2005 vencerá: Primera Cuota : 28 de febrero Segunda Cuota : 31 de mayo Tercera Cuota : 31 de agostoCuarta Cuota : 30 de noviembre Artículo Tercero.- SOBRE EL VENCIMIENTO DEL PAGO DE ARBITRIOS DE SERENAZGO La obligación del pago de las cuotas trimestrales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2005 vencerá: Primera Cuota : 28 de febrero Segunda Cuota : 31 de mayoTercera Cuota : 31 de agosto Cuarta Cuota : 30 de noviembre Artículo Cuarto.- SOBRE EL COSTO DE LA EMISIÓN MECANIZADA Al amparo de la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, se deter- mina en 13.20 (Trece y 20/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los señores contribuyentes por conceptode derecho de emisión mecanizada de actualización devalores, determinación del impuesto y de recibos de pagocorrespondientes incluyendo su distribución a domicilio delas declaraciones juradas por el ejercicio 2005, por cada predio. Artículo Quinto.- DISPOSICIONES COMPLEMENTA- RIAS Encargar a la Gerencia de Administración y Rentas, establecer los mecanismos más adecuados para la correc-ta aplicación de la presente ordenanza y a la Oficina deRelaciones Públicas para su debida difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARÍA A. FONSECA ESPINOZA Alcaldesa 04114 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64 /G64/G65/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G52/G45/G44/G20/G31/G30/G20/G22/G4C/G61/G20/G50/G6F/G62/G72/G65/G7A/G61/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G56/G69/G6F/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G48/G75/G2D/G6D/G61/G6E/G6F/G73/G22 ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2005/ML Lurín, 9 de febrero del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍNVISTO: En la Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha realizada en el Local del Palacio Municipal, bajo lapresidencia del Sr. Alcalde, José Luis Ayllón Miní y la asis-tencia de los señores Regidores José Arakaki Nakamine, Rafael Romero Dreyfus, Elsa Andrade Vilca, Leonor Casi- miro Reyes, Jorge Laviña Pérez y Carlos Cuadros Solís, elpedido formulado por el señor Alcalde sobre la invitación ala Conferencia de la RED 10;