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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (23/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G37/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de febrero de 2005 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 533A-2004- A-MDMM se delegó a la Sra. Octavia Juana Herrera Oren-do, Gerente Municipal, las facultades que competen a esteDespacho en materia presupuestal según lo establecidoen la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado Nº 27209 para el ejercicio 2005; Que, con fecha 8 de diciembre de 2004, se publicó la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Pre-supuesto, que entraría en vigencia a partir del 1 de Enerode 2005, derogando la Ley Nº 27209 - Ley de GestiónPresupuestaria del Estado así como todas las normas y disposiciones legales y administrativas, generales y espe- cíficas, sin excepción, que se opongan o limiten la aplica-ción de la Ley General, quedando por lo tanto sin efectosjurídicos la citada Resolución de Alcaldía Nº 533-2004-A-MDMM; Que, con la finalidad de descargar la carga adminis- trativa del despacho de Alcaldía en aplicación de lo dispuesto en el numeral 20º del artículo 20º de la LeyNº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades que facul-ta al Alcalde a delegar sus atribuciones administrativasen el Gerente Municipal en concordancia con lo estipu-lado en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 28411, resulta necesario delegarle las facultades en materia presupuestal contenidas en el numeral 7.2 delartículo 7º, así como la facultad de aprobar las modifi-caciones presupuestarias en el nivel Funcional Progra-mático, a propuesta de la Gerencia de Planeamiento yPresupuesto, en aplicación de lo dispuesto en el nume- ral 40.2 del artículo 40º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en la Sra. OCTAVIA JUA- NA HERRERA ORENDO, Gerente Municipal las facultadesque competen a este Despacho en materia presupuestalcontempladas en el numeral 7.2 del artículo 7º; así como lafacultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático según lo establecido en el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ley Nº 28411 - LeyGeneral del Sistema Nacional de Presupuesto para el Ejer-cicio Presupuestal 2005. Artículo Segundo.- Encargar a Secretaria General la publicación de la presente resolución. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de lo dis- puesto en la presente resolución a la Gerencia Municipal ya la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo Cuarto.- Encargar la notificación de la resolu- ción al Departamento de Trámite Documentario y ArchivoCentral a los interesados. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 04003 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 107-2005-MDP/A Pachacámac, 22 de febrero de 2005 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC Visto, el Informe Nº 003-2005-CEPAD/MDP de fecha 17 de febrero del 2005, emitido por la Comisión Especialde Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipali- dad Distrital de Pachacámac; CONSIDERANDO: Que, mediante R.A. Nº 881-2004-MDP/A de fecha 17 de agosto del 2004, se designó la Comisión Especial deProcesos Administrativos Disciplinarios de la MunicipalidadDistrital de Pachacámac, de conformidad a lo previsto en elArtículo 32º del Decreto Legislativo Nº 276 y el Capítulo 13 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 012-2005- MDP/A de fecha 11 de enero del 2005, se resolvió Apertu-rar Proceso Administrativo Disciplinario a los ex funciona-rios LUIS CUSTODIO LIMACHI y ALCIDES MARTIN ME- LENDEZ CASTILLO ex Director de Desarrollo Urbano, Ru- ral y Medio Ambiente y ex Jefe de Obras Públicas y Priva-das respectivamente, por haber expedido la Autorizaciónde Interrupción y Uso de la Vía Pública Nº 004-2004 afavor de la empresa ACTINSA sin contar con la documen-tación pertinente establecida en el TUPA de la Municipali- dad y por no haber observado lo dispuesto en el Regla- mento de Organización y Funciones en lo que respecta alÁrea de Desarrollo Urbano, Rural y Medio Ambiente; Que, mediante Informe Nº 003-2005-CEPAD/MDP de fecha 17 de febrero del 2005 la Comisión Especial deProcesos Administrativos Disciplinarios informa que con fecha 12 de enero del 2005, la Oficina de Secretaría Ge- neral remite a la Comisión Especial de Procesos Adminis-trativos Disciplinarios la Resolución de Alcaldía Nº 012-2005-A/MDP y en concordancia con lo dispuesto por elArtículo 168º del D.S. Nº 005-90-PCM, previa solicitud es-crita, se hicieron entrega de las piezas procesales a los procesados. Asimiso y de conformidad con el Art. 169º del D.S. Nº 005-90-PCM, previa solicitud escrita, se otorgo pró-rroga para la presentación de los descargos respectivos alos dos procesados siendo la fecha de presentación el 26de enero del 2005; Que, mediante el Informe Nº 003-2005-CEPAD/MDB la Comisión Permanente informa que los procesados ALCI- DES MARTIN MELENDEZ CASTILLO y LUIS ENRIQUECUSTODIO LIMACHI, al presentar su descargo, deducenla prescripción de las supuestas faltas administrativas con-tenidas en la Resolución de Alcaldía Nº 012-2005-MDP/Ade fecha 11 de enero del 2005, mediante la cual se les aperturó proceso administrativo disciplinario, invocando como sustento legal que la Alcaldesa de la MunicipalidadDistrital de Pachacámac conoció de la comisión de la faltadisciplinaria el 9 de enero del 2004, en su calidad de auto-ridad competente, razón por la cual la acción ha prescritode acuerdo con lo establecido por el Artículo 173º del D.S. Nº 005-90-PCM teniendo en cuenta que desde el 9 de enero del 2004 hasta el 11 de enero del 2005 han transcu-rrido más de un año, operando por lo tanto la figura de laprescripción. Al respecto, la Comisión Especial, luego deanalizar los fundamentos invocados por los procesadosconcluye en lo siguiente: 1. La destrucción del puente Guayabo, ocurrió el día 9 de enero del 2004, razón por la cual la Alcaldesa de laMunicipalidad de Pachacámac acudió ese mismo día a ladelegación policial de la jurisdicción como denunciante delos hechos. Asimismo prestó declaraciones al periodismo televisivo tales como los canales 4 y 8, logicamente los hechos ocurridos constituían noticia y como autoridad ediltenía que dar los alcances de las medidas que tenía queadoptar a fin de que la población no sea perjudicada. 2. Dentro de este contexto, los funcionarios de la Muni- cipalidad procedieron de acuerdo a sus atribuciones, en tal sentido el Director de Asuntos Jurídicos, mediante Informe Nº 035-2004-MDP/GAJ de fecha 13 de enero del 2004,vale decir después de 4 días de ocurridos los hechos,pone en conocimiento de la Sra. Alcaldesa lo siguiente: a) Que, frente a los hechos ocurridos el 9 de enero del 2004 (destrucción del puente Guayabo), informa que en laDirección de Desarrollo Urbano obran 02 expedientes refe-ridos al REFORZAMIENTO RIBEREÑO, incoados por laempresa ACTIVIDADES Y SERVICIOS DE INGENIERIAS.A. (ACTINSA) que ocasionó el colapso del citado puen- te. b) Que, estando en curso las investigaciones de ca- rácter penal, así como establecer las responsabilidades denaturaleza civil, SE HACE NECESARIO DESLINDAR LASMISMAS EN EL ÁMBITO ADMINISTRATIVO EN EL SENTI-