Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2005 (23/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2005
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, establece que las entidades de la administracion publica difundiran a traves de internet los datos generales de la entidad, informacion presupuestal y sobre adquisiciones de bienes y servicios, actividades oficiales, asi como otra informacion adicional que la entidad considere pertinente, debiendo identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales de internet; Que, de conformidad con la precitada ley, se designo mediante Resolucion Jefatural Nº 001-004-00000632 de 30 de noviembre de 2004 como funcionario responsable del MORDAZA Web, www.sat.gob.pe, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Davila; En uso de las facultades conferidas por el articulo 6º inciso g) del Estatuto del Servicio de Administracion Tributaria, aprobado mediante Edicto Nº 227; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como funcionario responsable del MORDAZA Web, www.sat.gob.pe. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, como funcionario responsable del MORDAZA Web, www.sat.gob.pe, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARROYO. Registrese, comuniquese y cumplase.

Que, ante la necesidad de varias parejas de convivientes del distrito, de formalizar su estado civil, teniendo en cuenta la acogida de este MORDAZA de celebraciones entre los vecinos, la Gerencia de Asuntos Juridicos opina que es PROCEDENTE; la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas de acuerdo al inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- AUTORIZAR, la realizacion del Matrimonio Masivo Comunitario por el "Dia Internacional de la Mujer"; en merito a los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- ESTABLECER, como pago por derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 50.00 (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) por cada pareja; debiendo ademas adjuntar los siguientes requisitos: a) D.N.I. de los contrayentes, original y copia. b) Partidas de Nacimiento de los contrayentes, original actualizada. c) Certificado de salud. d) Certificado de Domicilio. e) Dos testigos (no familiares). Articulo 3º.- ESTABLECER el siguiente cronograma: MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO (SALAMANCA)

MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 03975

MUNICIPALIDAD DE ATE
Autorizan realizacion de matrimonio masivo comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001
Ate, 11 de febrero de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 013-2005-OREC-SG/MDA, del Area de Registro Civil y el Informe Nº 359-05-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como Institucion natural y fundamental de la sociedad, de conformidad con lo expuesto en el articulo 4º de la Constitucion Politica; Que, el Codigo Civil actual en su articulo 233º establece que la regularizacion juridica de la familia tienen por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento en MORDAZA con los principios y normas estipuladas en nuestra Constitucion Politica; Que, de conformidad al inciso 16), articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; es atribucion del MORDAZA celebrar Matrimonios Civiles de los vecinos de acuerdo a las Normas del Codigo Civil; Que, mediante Informe Nº 013-05-OREC-SG/MDA, el Jefe del Area de Registros Civiles senala que estando cercano el "Dia Internacional de la Mujer", recomienda celebrar matrimonio civil comunitario, el MORDAZA 6 de marzo del 2005, en el MORDAZA FAP de la Urb. MORDAZA aprovechando la celebracion del Aniversario de la Urb. MORDAZA, indicando los requisitos que deben de cumplir los contrayentes, proponiendo el costo del acto, asi como la programacion para la celebracion; Que, mediante Informe Nº 359-05-GAJ/MDA, la Gerencia de Asuntos Juridicos senala que el articulo 248º del Codigo Civil establece los requisitos que acompanaran todas aquellas personas que requieran contraer matrimonio civil, los cuales declararan su solicitud oral o por escrito ante el MORDAZA Provincial o Distrital;

- Del 11 de febrero al 25 de febrero del 2005, inscripcion de las parejas en los Registros Civiles de la Municipalidad de Ate, Seccion Matrimonios. - Celebracion del Matrimonio Civil, MORDAZA 6 de marzo del 2005, a horas 10.00 a.m. en el MORDAZA FAP de la Urb. Salamanca. Articulo 4º.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolucion, a Gerencia General Municipal; al Area de Registro Civil y Secretaria de Imagen Institucional; la coordinacion, divulgacion general y otras acciones que MORDAZA necesarias. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 04070

Aprueban Manual de Organizacion y Funciones de la municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 040
Ate, 10 de diciembre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Memorandum Nº 532-04-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal y el Informe Nº 3184-04-GAJMDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece en su articulo 26º, que la Administracion Municipal adopta una estructura gerencial sustentandose en principios de programacion, direccion, ejecucion, supervision, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economia, transparencia, simplicidad, eficiencia, participacion y seguridad ciudadana y por los contenidos de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en cumplimiento de la mencionada MORDAZA municipal, la Municipalidad de Ate, mediante Ordenanza Nº 038/MDA, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de noviembre del 2003, aprobo las Modificaciones del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Ate;

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