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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G37/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de febrero de 2005 habilitaciones con fines de vivienda Tipo 2 al proyectar una Habilitación Urbana, en aplicación a lo cual los porcentajesde aportes reglamentarios que corresponden al Área de10,000.00m2 son los siguientes: APORTE Según Ordenanza Nº 292 REGLAMENTARIO % Área m2 Proyecto Observaciones Recreación Pública 7% 700.00m2 1,001.81 m2(*) ------- Parques Zonales 2% 200.00m2 ------- Se solicita la redención en dinero Ministerio de Educación 2% 200.00m2 ------- Se solicita la redención en dinero Otros Fines 2% 200.00m2 ------- Se solicita la redención en dinero TOT AL 13% 1300.00m2 Veredas.- Serán de concreto de calidad fc=175 Kg/ cm2 de 0.10m. de espesor y construidas sobre un terra- plén de material seleccionado de buena calidad y debi- damente nivelado y compactado. El acabado será con mezcla de cemento y arena fina, preparado en proporción 1:2 y de un centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. El desnivel de la acera con relación a la calzada ter- minada será de 0.20m. Sardineles.- En el extremo libre de la vereda en con- tacto con la berma se construirá un sardinel de concretode dimensiones 0.15m x 0.45m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecu-ten reparaciones no se comprometa al sardinel; la cali-dad de concreto será de fc=175 Kg/cm2. Bermas de Estacionamiento.- Las bermas de esta- cionamiento laterales quedarán en tierra chacra, com-pactada y nivelada, con árboles cada 12.00ml en pozasde concreto. Rampas en Bermas para Personas con Discapa- cidad.- En los lugares señalados en el Plano de Lotiza- ción y Vías, se construirán rampas en las bermas queconectarán los niveles superiores de las aceras de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técni- ca NTE-U-190 “Adecuación Urbanística para las perso-nas con Discapacidad”. Aprobada por Resolución Mi-nisterial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07.02.2001. Artículo Tercero.- DISPONER, que quede como car- ga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, la obligación del propietario de cancelar los défi-cits de aportes, que serán redimidos en dinero antes dela Recepción de las Obras y, en consecuencia, quedacomo garantía el Lote Único materia de la presenteResolución. En cumplimiento a lo dispuesto en el Re- glamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, artícu-lo 29º, el déficit de aporte para Otros Fines de 200.00m²deberá ser cancelados en la Municipalidad de Santiagode Surco, y los déficits de aportes para el Ministerio deEducación 200.00m² y Parques Zonales 200.00m2, deberán ser cancelados ante el Ministerio de Educa- ción y SERPAR-LIMA respectivamente. Artículo Cuarto.- DISPONER que el BANCO AGRA- RIO DEL PERU EN LIQUIDACIÓN, efectúe la publica-ción de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano,en el plazo de cinco días útiles contados a partir del día siguiente de notificado; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en copia certificada a la Dirección Munici-pal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropoli-tana de Lima, para su ratificación de acuerdo a lo esta- blecido en el artículo 3º de la Ley Nº 26878. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Li- cencias y Habilitaciones Urbanas el cumplimiento de losartículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO BORDA SAN ROMÁN Gerente de Inversión Privada 03983MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G37/G36/G2D/G4D/G56/G45/G53/G2C /G72/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G39/G34/G2D/G4D/G56/G45/G53 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 104-MVES Villa El Salvador, 12 de enero del 2005 Visto: El Oficio Nº 004-090-00000624, recepcionado con fecha 29.12.2004, signado como Documento Adminis-trativo Nº 10379-2004, suscrito por el Gerente de AsuntosLegales del Servicio de Administración Tributaria de la Mu-nicipalidad Metropolitana de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 076-MVES del 31.12.2003, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 191 dela Municipalidad Metropolitana de Lima del 15.7.2004, seestableció la Tasa por Estacionamiento Vehicular en las Zonas de Parqueo, reservadas especialmente en las Pla- yas de la jurisdicción de Villa El Salvador, las mismas quemediante Ordenanza Municipal Nº 094-MVES del15.10.2004, se aprobó aplicar para el Ejercicio 2005; Que, mediante Ordenanza Nº 739 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 26.12.2004, se aprue- ba el Marco de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Tem- poral en la provincia de Lima y, en particular el referido alde las Playas del Litoral, razón por la cual es necesarioadecuar las Ordenanzas distritales antes señaladas al or-denamiento dispuesto por la Ordenanza citada; Que, el Servicio de Administración Tributaria SAT, median- te el documento señalado en la parte introductoria, remite el requerimiento Nº 174-078-00000073, mediante el cual for-mula observación al Artículo 4º de la Ordenanza Municipal Nº076-MVES, en el extremo que la misma establece una Tasaúnica de estacionamiento de vehículos por día, debiendocontemplarse el cobro "por media hora o fracción, u hora y más de 4 horas para si dar la posibilidad a los usuarios de pagar en caso de estacionarse en esos tiempos"; Que, mediante Documento Nº 373-AMDNº 01-MVES- 2004 del 30.12.2004, el Subgerente de la Agencia Munici-pal de Desarrollo Nº 1 de esta Municipalidad, hace llegar lapropuesta de modificación del artículo observado, la cual cuenta con la opinión legal favorable del Gerente de la Oficina de Asesoría Legal, expresado mediante el InformeNº 001-2005-OAJ/MVES, mediante el cual opina por laprocedencia de la propuesta de modificación del Artículo4º de la Ordenanza citada; Que, de conformidad con el Artículo 192º de la Consti- tución Política del Perú, las Municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así comopara crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbi-trios y derechos municipales; Estando a lo solicitado e informado, de conformidad con el inciso 8 del Artículo 9º así como dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9º, así como del Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánimede la Sesión de Concejo, se expide la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Modificar el Artículo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 076-MVES del 31.12.2003, ratificada por Or-denanza Municipal Nº 094-MVES del 15.10.2004, por eltexto que a continuación se detalla: "Artículo 4º.- Monto La Tasa a pagar por Estacionamiento Vehicular en las zonas señaladas en la presente Ordenanza son las si-guientes: 1. Para Automóviles y Camionetas a) El monto a pagarse por concepto de derecho de estacio- namiento vehicular por cada 1/2 hora o fracción es de 0.015%de la UIT siendo su equivalente S/.0.50 nuevos soles. b) Se establece la tasa única de estacionamiento vehicular cuando se haga uso por un tiempo mayor a cua-