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PÆg. 287831 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de febrero de 2005 1.7 Zona declarada de emergencia Zona en la que se hubiera decretado el régimen de excepción del estado de emergencia, de conformidadcon lo establecido: a) En el artículo 231º inciso a) de la Constitución de 1979, hasta 31 de diciembre de 1993, b) En el artículo 137º inciso 1) de la Constitución de 1993, si la declaración se produjo con posterioridad a laindicada fecha. 1.8 Persona reaparecida a. Persona reaparecida viva : Persona que reapareció viva luego de la detención por las fuerzas del orden o del secuestro por los inte- grantes de los Comités de Autodefensa o por los grupos subversivos. No se requiere que se conozca el parade-ro actual de la persona. b . Persona reaparecida sin vida b.1 Persona cuyo cadáver fue plenamente identifica- do por un familiar, o alguien que sin ser miembro de sufamilia haya compartido el hogar con la víctima al tiem-po de la desaparición, siempre que frente a dichoreconocimiento no existiera oposición. En estos ca-sos no se requiere que el hallazgo y/o reconocimiento haya sido verificado por las autoridades correspon- dientes. b.2 Persona cuyos restos fueron exhumados y poste- riormente identificados en el marco de una actuaciónfiscal o judicial. 1.9 Familiar Persona que mantiene un vínculo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afini-dad con la persona desaparecida. También se incluye al/la cónyuge o conviviente de la víctima. 1.10 Casos nuevos de personas desaparecidas Casos de personas desaparecidas que no se en- cuentran registradas en la “Lista consolidada de la base de datos de la Comisión de la Verdad y Reconciliación” , contenida en la publicación “Los peruanos que faltan: Lista preliminar de personas desaparecidas por la vio- lencia (1980-2000)” , y cuya desaparición hubiera ocu- rrido dentro de los supuestos establecidos en el artículo3º de la Ley Nº 28413. 1.11 Tercero con legítimo interés para solicitar la Constancia de Ausencia por Desaparición Forzada Persona que tenga un interés jurídica o éticamente relevante en la declaración de ausencia de la personadesaparecida. 1.12 Publicación “Los peruanos que faltan: Lista preliminar de personas desaparecidas por la violen- cia (1980-2000)” Documento elaborado por la Comisión de Entrega de la Comisión de la Verdad y Reconciliación y que contienedos listados: a. Lista consolidada de la base de datos de la Comi- sión de la Verdad y Reconciliación que contiene 8,558 nombres de personas presuntamente desaparecidas du- rante el período de violencia. Esta lista fue elaborada apartir de los testimonios recopilados por la Comisión dela Verdad y Reconciliación, durante su mandato, y de lainformación proporcionada por la Coordinadora Nacio-nal de Derechos Humanos, la Defensoría del Pueblo y el Comité Internacional de la Cruz Roja. b. Lista de la Campaña “Para que no te olvides”, que contiene 2,144 nombres de personas presuntamentedesaparecidas, obtenidos a través de los reportesrecogidos en campañas de información local, denunciastelefónicas y comunicaciones electrónicas a nivel nacio- nal. Para efectos de la presente directiva se considerará caso registrado únicamente al que se encuentre incluido en la Lista consolidada de la base de datos de la Comi-sión de la Verdad y Reconciliación.1.13 Registro Especial de Ausencia por Desapa- rición Forzada El Registro Especial de Ausencia por Desaparición Forzada está constituido -en forma provisional- por laLista consolidada de la base de datos de la Comisión dela Verdad y Reconciliación y por los nuevos casos de desaparición forzada que sean verificados bajo los al- cances de la Ley Nº 28413. En dicho registro, conformea lo establecido en el artículo 5º de la citada ley, seinscribirán en forma definitiva los casos de desapariciónforzada que sean individualizados y verificados por laDefensoría del Pueblo. CAPÍTULO II RESPONSABILIDADES ASIGNADAS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN Artículo 2º.- Actividades a cargo de la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Dis-capacidad La Adjuntía para los Derechos Humanos y las Perso- nas con Discapacidad será responsable de las siguien-tes actividades: - Coordinación y supervisión general del procedi- miento de verificación a cargo de las oficinas y módulosdefensoriales. - Remisión de la publicación “Los peruanos que faltan: Lista preliminar de personas desaparecidas por la violencia (1980-2000)” , a las oficinas y módulos defensoriales, en el caso de que aún no la hayan reci-bido. - Remisión de la Base de Datos del Registro Especial de Ausencia por Desaparición Forzada. - Centralización de las carpetas con la información recabada durante la verificación de cada caso, para su archivo en el Centro de Documentación para la MemoriaColectiva y los Derechos Humanos. - Visado de los informes de verificación elaborados por las oficinas o módulos defensoriales, previa califica-ción. - Resolución de los recursos de reconsideración pre- sentados ante la improcedencia de una solicitud. - Actualización permanente del Registro Especial de Ausencia por Desaparición Forzada. - Ejecución de talleres de capacitación dirigidos a las oficinas y módulos defensoriales sobre el procedimiento de verificación de personas desaparecidas, la actua- lización de datos y el registro de nuevos casos. Todas las actividades encargadas a la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Discapaci-dad estarán a cargo del Equipo de Secuelas de la Violen- cia Política. Artículo 3º.- Actividades encargadas a las ofici- nas y módulos defensoriales Las oficinas y módulos defensoriales serán respon- sables de las siguientes actividades: - Recepción de las solicitudes de Constancia de Au- sencia por Desaparición Forzada. - Verificación de la situación de desaparecido/a, en sus tres etapas. - Actualización de la Base de Datos del Registro Es- pecial de Ausencia por Desaparición Forzada, con la información recabada en cada etapa de la verificación. - Elaboración de carpetas con la información obteni- da como resultado de las diligencias de verificación encada caso. - Elaboración de informes con el resultado de las diligencias efectuadas para la verificación de la desapa- rición y la recomendación respectiva. - Remisión de los informes de verificación a la Adjun- tía para los Derechos Humanos y las Personas con Dis-capacidad, para su visado. - Emisión y otorgamiento de la Constancia de Ausen- cia por Desaparición Forzada, en los casos en que el informe de verificación haya sido visado por la Adjuntíapara los Derechos Humanos y las Personas con Discapa-cidad.