Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2005 (24/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES
VISTOS y CONSIDERANDO:

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CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Ratifican al Diario "El Callao" como encargado de las publicaciones judiciales en el distrito Judicial del Callao durante el ano 2005
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 038-2005-P-CSJCL/PJ Callao, 28 de enero del 2005 EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Supremo Nº 020-2000PCM, de fecha 27 de MORDAZA del 2000, se establecio que la publicacion de las notificaciones por edictos, de conformidad con lo establecido en el articulo 167º del Codigo Procesal Civil, se realice en el Diario Oficial El Peruano y adicionalmente en el Diario Judicial del Distrito Judicial en que se MORDAZA decidido publicar los avisos judiciales de la localidad que corresponde. Que en merito a la Resolucion Administrativa Nº 11499-P-CSJCL/PJ, de fecha 1 de octubre de 1999, se designo como Diario Judicial de la Corte Superior de Justicia del Callao al Diario "El Callao", manteniendose dicha designacion hasta el ano 2004, por lo que corresponde ratificarlo. Que en uso de las facultades conferidas a los Presidentes de Corte, de conformidad con los incisos 3) y 9) del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR al Diario "El Callao", como Diario Judicial encargado de las publicaciones judiciales del Distrito Judicial del Callao, durante el presente ano judicial 2005. Articulo Segundo.- PONGASE la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, del Diario "El Callao", de la Comision Distrital de Control de la Magistratura, de la Oficina de Administracion Distrital, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional y de los senores Magistrados de las MORDAZA y Juzgados del Distrito Judicial, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia del Callao 04188

Que el articulo 292º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial establece que "Los Magistrados sancionan a los abogados que formulen pedidos maliciosos o manifiestamente ilegales, falseen a sabiendas la verdad de los hechos, o no cumplan los deberes indicados en los incisos 1), 2), 3), 5), 7), 9), 11) y 12) del articulo 288º. Las sanciones pueden ser de amonestacion y multa no menor de (1) ni mayor de (20) Unidades de Referencia Procesal, asi como suspension en el ejercicio de la profesional hasta por 6 meses. Las resoluciones que impongan sancion de multa superior a dos (92) Unidades de Referencia Procesal o de suspension, son apelables en efecto suspensivo, formandose el cuaderno respectivo. Las demas sanciones son apelables sin efecto suspensivo. Las sanciones son comunicadas a la Presidencia de la Corte Superior y al Colegio de Abogados del Distrito Judicial respectivo". Que estando a lo expuesto en la MORDAZA legal citada en el Considerando que antecede, resulta necesario adoptar las medidas pertinentes a efectos de tener presente las sanciones impuestas a los senores Abogados que intervienen en los procesos judiciales que se tramitan en este Distrito Judicial, a traves de un Libro de Registro que permita tener un acceso rapido y agil de las mismas, para los fines que de acuerdo a ley hubiere lugar. En consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones otorgadas a los Presidentes de Corte, por el Articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero.- HABILITAR EL LIBRO DE REGISTRO DE SANCIONES IMPUESTAS A LOS SENORES ABOGADOS, POR LOS ORGANOS JURISDICCIONALES DEL DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO, el mismo que obrara en la Secretaria Administrativa de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao. Articulo Segundo.- DISPONER que los senores Magistrados del Distrito Judicial del Callao, comuniquen a esta Presidencia de Corte las sanciones impuestas a los senores Abogados, las mismas que deberan encontrarse consentidas. Articulo Tercero.- HACER de conocimiento del Funcionario Responsable de brindar la informacion a que se refiere la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica", el contenido de la presente Resolucion Administrativa. Articulo Cuarto.- PONGASE la presente Resolucion, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la senora Fiscal Superior Decana del Callao, de los senores Decanos de los Colegios de Abogados de MORDAZA y del Callao, de la Comision Distrital de Control de la Magistratura, de los senores Magistrados del Distrito Judicial, del Jefe de la Oficina de Administracion Distrital, y de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia del Callao 04189

Habilitan el Libro de Registro de Sanciones impuestas a abogados por los organos jurisdiccionales del Distrito Judicial del Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 042-2005-P-CSJCL/PJ Callao, 1 de febrero del 2005 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO

Reprograman visitas de la Comision de Servicio de Informacion al Interno de la Corte Superior de Justicia del Callao a los Establecimientos Penales de MORDAZA y Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 045-2005-P-CSJCL/PJ Callao, 2 de febrero del 2005

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