Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2005 (24/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2005

se sujeta a lo dispuesto por los articulos 6º literal c) y 59º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, recomendando la ampliacion del alcance de la auditoria solicitada; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y los articulos 6º literal c) y 59º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 1402003-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura la ampliacion del alcance de los servicios de auditoria externa de la sociedad de auditoria MORDAZA MORDAZA y Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil, para realizar el examen a los estados financieros del Contrato de Prestamo Nº 1340/OC-PE, por los ejercicios 2004 y 2005. Articulo Segundo.- El Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura debera suscribir con la Sociedad de Auditoria MORDAZA MORDAZA y Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil el contrato para el examen de los estados financieros del Contrato de Prestamo Nº 1340/OC-PE de los ejercicios 2004 y 2005. Articulo Tercero.- El Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura y la sociedad de auditoria MORDAZA MORDAZA y Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil se sujetan a lo establecido en el Contrato de Prestamo Nº 1340/OCPE, a los lineamientos del Banco Interamericano de Desarrollo y demas disposiciones contenidas en el Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 140-2003CG, en lo que resulte aplicable. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoria la supervision de lo autorizado por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 04104

Autorizan contratar servicio de soporte tecnico y actualizacion de version del gestor de base de datos Oracle
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 099-2005-CG MORDAZA, 21 de febrero de 2005 Vistos, el Informe Tecnico Nº 010-2005-CG/GG-LO de la Gerencia de Logistica, asi como la Hoja Informativa Nº 013-2005-CG-ATL, de la Gerencia de Asesoria Tecnico Legal; CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento del Gestor de Base de Datos Oracle, requiere contar con los servicios de soporte tecnico y actualizacion del mismo, para lo que resulta necesario contratar la renovacion del citado servicio, MORDAZA que se encuentra comprendido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Contraloria General de la Republica, para el ejercicio presupuestal 2005, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 038-2005-CG de fecha 28 de enero de 2005; Que, el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, concordado con el articulo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,

establecen que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando, entre otros, los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, pudiendo la Entidad realizar directamente las referidas adquisiciones y contrataciones mediante acciones inmediatas; senalandose para tal efecto que se considera que existe proveedor unico cuando, por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, el articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Resolucion o Acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion propuesta; Que, la Gerencia de Logistica ha emitido el Informe Tecnico Nº 010-2005-CG/GG-LO, en el que, ademas de senalar los criterios de costo y oportunidad que fundamentan la contratacion del servicio requerido, se indica que la renovacion del Servicio Oracle de Actualizacion y Soporte, solo puede ser contratado de manera directa con Sistemas Oracle del Peru S.A, quien ademas de ser la creadora del sistema y titular de las licencias, es la unica empresa en el MORDAZA autorizada para tal fin por Oracle Corporation; contandose para ello con la disponibilidad presupuestal necesaria, con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, conforme al Memorando Nº 060-2005-CG/FI de la Gerencia de Finanzas; Que, en consecuencia, la Gerencia de Logistica concluye que es tecnicamente procedente la contratacion de la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A., por servicios que no admiten sustitutos y existe proveedor unico, para la prestacion del Servicio de Soporte Tecnico y Actualizacion de Version del Gestor de Base de Datos Oracle, de conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, asimismo, mediante la Hoja Informativa Nº 0132005-CG/ATL, la Gerencia de Asesoria Tecnico Legal ha cumplido con emitir el Informe Legal de acuerdo a lo establecido en el tercer considerando de la presente Resolucion; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordado con el articulo 148º de su Reglamento; establecen que las adquisiciones y contrataciones exoneradas se realizan mediante acciones inmediatas, desarrolladas por la dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto; Que, en consecuencia, al producirse una situacion enmarcada en los terminos del inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente exonerar del MORDAZA de seleccion que corresponda, la contratacion del Servicio de Soporte Tecnico y Actualizacion de Version del Gestor de Base de Datos Oracle, por tratarse de servicios que no admiten sustitutos y existe proveedor unico, autorizando su contratacion mediante acciones inmediatas, por el periodo comprendido hasta el 20 de febrero del 2006, y por un valor referencial de S/. 29 897,19 (Veintinueve mil ochocientos noventa y siete y 19/100 Nuevos Soles) incluido IGV, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado, y conforme a lo indicado en el articulo 148º de su Reglamento; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; y de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion de la contratacion del Servicio de Soporte Tecnico y Actualizacion de

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