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PÆg. 287898 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de febrero de 200527796 2. Relación de sus socios, consejo directivo, directores, de Turismo D.S.Nº 009-2002-MINCETUR Art. 22º. gerentes, principales profesionales y experiencia profesional de los mismos, según corresponda.3. Fotocopia simple de su estatuto y constancia de inscripción expedida por Registros Públicos de ser el caso. 4. Capacidad tecnológica, medios técnicos e infraestructura que serán empleados para el desarrollo de su actividad; así como, los talleres, laboratorios y oficinas con que cuenta la entidad.5. Información que acredite tres (03) años de experiencia de la entidad solicitante o de los profesionales responsa- bles de realizar los exámenes técnicos de evaluación de máquinas electrónicas o electromecánicas y de dispositivos técnicos que controlen procesos que generen aleatoridad, indicando los países y jurisdicciones donde han desarrollado sus operaciones anteriormente, de ser el caso. 6. Relación del personal técnico que estará encargado de efectuar el examen técnico y evaluación a que hace referencia el numeral anterior. 7. Declaración Jurada de no tener ninguna vinculación técnica, comercial, financiera o de cualquier otra índole con los fabricantes de las máquinas tragamonedas o titulares de una autorización expresa, que pudiere afectar su independencia; con excepción de la relación comercial generada como consecuencia del servicio prestado por la entidad a expedir los Certificados de Cumplimiento.8. Copia simple del recibo de pago por derecho de trámite. 13 Autorización para la importación de - Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de Turismo, indi- 15,00% UIT 15 días Oficina de D irector Reconsideración bienes para la explotación de juegos cando la información requerida en el Art. 113º de la Ley Trámite Nacional Director de casino y máquinas tragamonedas Nº 27444, adjuntando: Documentario de Turismo Nacional 1. Relación detallada de los bienes que serán materia de y Archivo de Turismo Base Legal: importación para la explotación de juegos de casino, Apelación Ley Nº 27153 modificada por Ley Nº máquinas tragamonedas o memorias de sólo lectura, con Viceministro 27796 indicación del fabricante, nombre comercial, modelo, de Turismo D.S. Nº 009-2002-MINCETUR número de pieza, características, cantidad y fecha de fabricación según corresponda; 2. Fotocopia simple del RUC.3. Información sobre el uso y destino que tendrán los bienes materia de importación. 4. Documento en donde conste de forma detallada e individualizada, la fecha de adquisición y costo de los bienes materia de importación; 5. Copia simple del recibo de pago por derecho de trámite. 14 Autorización para la importación de - Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de Turismo, indi- 15,00% UIT 15 días Oficina de D irector Reconsideración máquinas tragamonedas y programas cando la información requerida en el Art.113º de la Ley Trámite Nacional Director de juego para efectos de su homo- Nº 27444, código de Registro de Importador y adjuntando: Documentario de Turismo Nacional logación. 1. Relación de máquinas tragamonedas y/o memorias de y Archivo de Turismo Base Legal: sólo lectura objeto de importación e internamiento para Apelación Ley Nº 27153 modificada por Ley Nº fines exclusivos de autorización y registro Viceministro 27796 (Homologación), en la que se deberá consignar la de Turismo D.S. Nº 009-2002-MINCETUR cantidad, nombre del fabricante, fecha de fabricación, nombre comercial, código de modelo y número de serie, según corresponda. EVALUACIÓN PREVIA Dependencia Autoridad Autoridad que Nº DENOMINACIÓN DEL DERECHO Con Aplic. Con Aplic. donde se que Resuelve PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O S DE Aprobación Silen. Adm. Silen. Adm. Inicia el Aprueba el Recurso PAGO Automática Positivo Negativo Trámite el Trámite Administrativo