Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2005 (25/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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luacion del caracter social para el cual debieron destinarse, incurriendo en el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, y, por tanto, en el supuesto de comision de la falta de caracter disciplinario prevista en el inciso a) del articulo 28º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, al respecto, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, al MORDAZA de lo previsto en el articulo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por unanimidad se ha pronunciado por abrir MORDAZA administrativo disciplinario al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirector de la Unidad de Administracion Documentaria de la DGGI, como encargado de la supervision y control de la recepcion y custodia de los premios no reclamados puestos a disposicion de la Direccion General de Gobierno Interior, manifestando que le asiste responsabilidad administrativa al no haber observado los documentos de adjudicacion, en particular la Hoja de Recomendacion Nº 017-2003-IN/COM/ADJ, de manera que hubiera cautelado el caracter social y fines sociales que establece la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 006-2000-IN, de fecha 31 de MORDAZA del 2000, Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales, incurriendo en el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, y, por tanto, en el supuesto de comision de la falta de caracter disciplinario prevista en el inciso a) del articulo 28º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, asimismo, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, al MORDAZA de lo previsto en el articulo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por unanimidad se ha pronunciado por abrir MORDAZA administrativo disciplinario al ex Subdirector de Autorizaciones Especiales, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuya gestion a cargo consistia en supervisar la labor de control de la documentacion sustentatoria de la entrega de los premios no reclamados puestos a disposicion de la Direccion General de Gobierno Interior, asi como de la formulacion de documentos de adjudicacion, asistiendole responsabilidad administrativa al no haber observado los documentos de adjudicacion, en particular la Hoja de Recomendacion Nº 017-2003-IN/COM/ADJ, de manera que hubiera cautelado el caracter social y fines sociales que establece la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 006-2000-IN, de fecha 31 de MORDAZA del 2000, Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales, incurriendo en el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, y, por tanto, en el supuesto de comision de la falta de caracter disciplinario prevista en el inciso a) del articulo 28º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, asimismo, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, al MORDAZA de lo previsto en el articulo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por unanimidad se ha pronunciado por abrir MORDAZA administrativo disciplinario a la ex Subdirectora de Autorizaciones Especiales, senora MORDAZA MORDAZA Muniz Tupayachi, encargada de supervisar la labor de control de la documentacion sustentatoria de la entrega de los premios no reclamados puestos a disposicion de la Direccion General de Gobierno Interior, asi como de la formulacion de documentos de adjudicacion; a la cual le asistiria responsabilidad administrativa al no haber observado los documentos de adjudicacion, en particular la Hoja de Recomendacion Nº 017-2003-IN/COM/ADJ, de manera que hubiera cautelado el caracter social y fines sociales que establece la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 006-2000-IN, de fecha 31 de MORDAZA del 2000, Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales, incurriendo en el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los incisos a) y b)

del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, y, por tanto, en el supuesto de comision de la falta de caracter disciplinario prevista en el inciso a) del articulo 28º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, asimismo, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, al MORDAZA de lo previsto en el articulo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por unanimidad se ha pronunciado por abrir MORDAZA administrativo disciplinario a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de la Oficina de Administracion de la DGGI-MININTER, con las funciones a cargo de dirigir, coordinar y ejecutar actividades de los sistemas de abastecimiento de la Direccion General de Gobierno Interior, a la cual le asistiria responsabilidad administrativa, al no haber observado los documentos de adjudicacion, en particular la Hoja de Recomendacion Nº 017-2003-IN/ COM/ADJ, la misma que no contaba con la Resolucion Directoral de adjudicacion respectiva, hecho necesario de verificar, de manera que se hubiera cautelado el caracter social y fines sociales que establece la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 006-2000-IN, de fecha 31 de MORDAZA del 2000, Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales, incurriendo en el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, y, por tanto, en el supuesto de comision de la falta de caracter disciplinario prevista en el inciso a) del articulo 28º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, al respecto, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, al MORDAZA de lo previsto en el articulo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por unanimidad se ha pronunciado por abrir MORDAZA administrativo disciplinario a la Sra. Milagritos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de Autoridades Politicas de la DGGI-MININTER, considerando que la adjudicacion de premios incluyo a la totalidad del personal de la Direccion General de Gobierno Interior, incluyendo a los que recomendaron y, como en su caso, visaron las Resoluciones Ministeriales de adjudicacion, por cuanto dicha labor es inherente al cargo desempenado, le asistiria responsabilidad administrativa, al no haber observado las Resoluciones de adjudicacion, de manera que hubiera cautelado el caracter social y fines sociales que establece la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 006-2000-IN, de fecha 31 de MORDAZA del 2000, Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales, incurriendo en el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, y, por tanto, en el supuesto de comision de la falta de caracter disciplinario prevista en el inciso a) del articulo 28º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, en consecuencia, alcanzaria responsabilidad administrativa a la Sra. MORDAZA MORDAZA Baquerizo MORDAZA, ex Directora de la DGGI-MININTER, a la Sra. Milagritos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de Autoridades Politicas de la DGGI-MININTER, a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de la Oficina de Administracion de la DGGI-MININTER, a la senora MORDAZA MORDAZA Muniz Tupayachi, ex Subdirectora de Autorizaciones Especiales, al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Buesa, ex Director de Asesoria Legal, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subdirector de Autorizaciones Especiales, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirector de la Unidad de Administracion Documentaria de la DGGI, a la senorita MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA ex Directora de la Oficina de Telecomunicaciones e Informatica de la DGGI, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Ejecutivo, y al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina de Planificacion, al haber cometido, falta de caracter disciplinario segun lo previsto en el inciso a) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, al incumplir lo dispuesto en los incisos a) y b) del articulo 21º del precitado Decreto Legislativo; Que, respecto al contenido de la Observacion Nº 02 del Informe Nº 029-2004-CG/GDPC, se advierte que, de

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