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PÆg. 287913 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de febrero de 2005 Absuelven a ex servidor y servidores de cargos imputados en procesoadministrativo disciplinario RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0318-2005-IN/0901 Lima, 21 de febrero del 2005 VISTO:El Acta Nº 001-2005-IN-1300 de 13 enero de 2005 de la Comisión Permanente de Procesos AdministrativosDisciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos No Po- liciales) designada por Resolución Ministerial Nº 1517- 2004-IN de 6 de agosto de 2004 modificada por Resolu-ción Ministerial Nº 2424-2004-IN-1300 de 19 de noviem- bre de 2004 relacionada con la conclusión del Proceso Administrativo Disciplinario instaurado al ex servidor JoséEnrique Muñante Aquije y a los servidores Julia Elena Paz Rojas, Esperanza Guillén Pablo, Hilda Clara Espinal Espinal, Hilda Violeta Garnique Arteaga, Raúl GerardoMerge de la Cruz, Martha Mary Proleón Ponce, Margari- ta del Pilar Bravo Inga; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 2343-2004- IN-0901 de 10 de noviembre de 2004 se instauró Proceso Administrativo Disciplinario a las mencionadas personas porque... "habrían incurrido en falta de carácter disciplina-rio por haber tenido injerencia indirecta en la contratación por servicios no personales en diversas Oficinas o Direc- ciones Generales del Ministerio del Interior de parienteshasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o por razón de matrimonio tipificada en el inciso b) del artículo 3º del Reglamento de la Ley que estableceprohibición de ejercer la facultad de nombramiento y con- tratación de personal en el Sector Público en casos de parentesco aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM"; Que, la precitada Resolución Ministerial fue debida- mente notificada a las mencionadas personas, lasmismas que se apersonaron al Proceso Administra- tivo Disciplinario instaurado, solicitaron copias certi- ficadas de diversos folios del expediente, algunossolicitaron prórroga del plazo legal para la presenta- ción de su descargo escrito y pruebas convenientes en su defensa y algunos solicitaron hacer uso de suderecho a realizar el Informe Oral ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplina- rios del Ministerio del Interior (Órganos No Policia-les) diligencias que se llevaron a cabo el 5 de enero de 2005 según los documentos oportunamente noti- ficados; Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley que Establece prohibición de ejercer la facultad de nombra- miento y contratación de personal en el sector públi-co, en casos de parentesco aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM de 27 de julio del 2000 modificado por Decreto Supremo Nº 017-2002-PCMde 7 de marzo de 2002 establece: "Se configura el acto de nepotismo, descrito en el artículo 1º de la Ley cuando los funcionarios de dirección y/o personal deconfianza de la Entidad ejerzan su facultad de nom- bramiento y contratación de personal respecto de parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad,segundo de afinidad y por razón de matrimonio; o cuan- do los funcionarios descritos precedentemente ejer- zan injerencia directa o indirecta en el nombramientoy contratación de personal. Se presumirá, salvo prue- ba en contrario, que existe injerencia directa cuando el funcionario de dirección o de confianza que guardael parentesco indicado tiene un cargo superior a aquél que tiene la facultad de nombrar o contratar al perso- nal, al interior de su Entidad. Entiéndase por injerenciaindirecta aquella que no estando comprendida en el supuesto contenido en el párrafo anterior, es ejercida por un funcionario de dirección y/o de confianza quesin formar parte de la Entidad en la que se realizó la contratación o el nombramiento tiene, por razón de sus funciones, alguna injerencia en quienes toman oadoptan la decisión de contratar o nombrar en la Enti- dad correspondiente"...; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órga- nos No Policiales) ha determinado que el ex servidor ylos servidores públicos procesados no han ejercido facultad de nombramiento y/o contratación ni de per- sonal en general ni de parientes hasta el cuarto gradode consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio por cuanto sus cargos tanto clasifica- dos como estructurales no les han asignado tales fun-ciones; y, asimismo, tampoco han tenido injerencia indirecta porque las funciones de sus respectivos cargos clasificados o estructurales tampoco les hanconferido injerencia sobre los funcionarios que toman o adoptan la decisión de contratar o nombrar en la Entidad correspondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órga- nos No Policiales) fundamentándose en el dispositivolegal invocado y después de examinar todos los ac- tuados, cumplir todas las etapas y procedimientos es- tablecidos dentro de un proceso regular y que el exservidor y los servidores procesados ejerciendo su derecho a la legítima defensa han desvirtuado el car- go materia del presente Proceso AdministrativoDisciplinario, por unanimidad, ha recomendado se absuelva a las mencionadas personas de los cargos imputados en el presente Proceso Administrativo Dis-ciplinario debiendo expedirse la correspondiente Re- solución Ministerial; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de conformidad con la Ley de Bases de la Carrera Ad- ministrativa y de Remuneraciones del Sector Públi-co, Decreto Legislativo Nº 276 y en el artículo 170º del Reglamento de la Carrera Administrativa aproba- do por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el TextoÚnico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Su- premo Nº 003-2004-IN y el artículo 4º del DecretoSupremo Nº 079-2004-PCM de 11 de noviembre de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Absolver al ex servidor José Enrique Muñante Aquije, identificado con DNI Nº 07416535 y a los servidores Julia Elena Paz Rojas, identificada con DNI Nº 08856515, Esperanza Guillén Pablo, identifica-da con DNI Nº 25442912, Hilda Clara Espinal Espinal, identificada con DNI Nº 06236246, Hilda Violeta Garni- que Urteaga, identificada con DNI Nº 08822265, RaúlGerardo Merge de la Cruz, identificado con DNI Nº 08302081, Martha Mary Proleón Ponce, identificada con DNI Nº 08290230, Margarita del Pilar Bravo Inga,identificada con DNI Nº 07913758 de los cargos imputados en la Resolución Ministerial Nº 2343-2004- IN-0901 de 10 de noviembre de 2004 por las razonesexpuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Personal inserte copia de la presente Resolución en el legajo per- sonal del ex servidor y los servidores públicos proce- sados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 04221 Prorrogan plazo de vigencia del anti- guo formato de CarnØ de Extranjeríade expedición manual RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 320-2005-IN-1601 Lima, 21 de febrero del 2005