Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2005 (25/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2005

Renuevan autorizacion a empresa Golden Investment S.A. para explotar juegos de casino en establecimiento ubicado en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 84-2005-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 15 de febrero de 2005 Visto, el Expediente Nº 001531-2004-MINCETUR, de fecha 1.12.2004, presentado por la empresa Golden Investment S.A. en el que solicita la renovacion de la autorizacion concedida para la explotacion de juegos de casino en la sala de juegos del Restaurante Cinco Tenedores Turistico denominado: "Restaurante Chifa Lung Fung", ubicado en la Av. Republica de Panama Nº 3165, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas en el MORDAZA, estableciendose en el articulo 24º del citado cuerpo legal que corresponde a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion, fiscalizacion, supervision, evaluacion y sancion vinculadas a las explotaciones MORDAZA referidas; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, para la renovacion de la autorizacion concedida a MORDAZA de juegos instaladas en los establecimientos senalados en el articulo 6º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se realizara siguiendo el procedimiento establecido para el procedimiento de Autorizacion Expresa; Que, el articulo 14º de la ley MORDAZA mencionada asi como el articulo 7º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establecen los requisitos que los solicitantes deben cumplir para acceder a la mencionada autorizacion; Que, la solicitante ha cumplido con presentar la documentacion y/o informacion requerida para acceder a la renovacion de la autorizacion concedida para explotar maquinas tragamonedas en la sala de juegos de casino del Restaurante Cinco Tenedores Turistico denominado: "Restaurante Chifa Lung Fung"; Que, en observancia de lo establecido en el articulo 6º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, la solicitante presenta MORDAZA del Certificado de fecha 28.9.2004, expedido por la Direccion Nacional de Desarrollo Turistico del MINCETUR en el que se acredita que el establecimiento donde se pretende explotar juegos de casino ha sido calificado como restaurante turistico cinco (5) tenedores, asimismo, presenta MORDAZA de la Licencia Municipal de Funcionamiento Nº 002145, de fecha 12.10.2001, por el giro principal de restaurante otorgada por la Municipalidad de San Isidro; Que, con relacion a la observancia de la distancia minima establecida en el articulo 5.2 de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, de los resultados del Informe Tecnico Nº 355-2004-MINCETUR/VMT/DNTDJCMT/SDFCS-YGP, de fecha 3.12.2004, y en aplicacion de lo establecido en la Directiva Nº 002-2003-MINCETUR/VMT/DNT, se determino que la sala de juegos se encuentra a menos de ciento cincuenta (150) metros del C.E.I. "Pequenos Talentos", no obstante, dicho centro de educacion inicial entro en funcionamiento en el local ubicado en MORDAZA Los Ruisenores Oeste Nº 184, de la Urb. El Palomar, distrito de San MORDAZA, con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la autorizacion expresa cuya renovacion se solicita, conforme se advierte de la Resolucion Directoral USE 03 Nº 5315, de fecha 13.9.2002, expedida por la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 - Area de Gestion Institucional del Ministerio de Educacion; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, tratandose de una sala de juegos instalada en un giro previsto en el articulo 6º de la Ley, los solicitantes de una autori-

zacion de renovacion unicamente deben presentar la informacion o documentacion establecida en la Ley y en el Reglamento siempre que MORDAZA perdido vigencia a la fecha de MORDAZA de la solicitud; Que, durante la tramitacion de la solicitud de autorizacion expresa cuya renovacion se solicita, se dejo MORDAZA mediante Informe Tecnico Nº 001-2000-MITINCI/ VMT/DNT/DEJCMT/AT-h.r, de fecha 9.3.2000 (Expediente Nº 014702-2000-MITINCI), que la sala de juego del solicitante cumplia con las normas vigentes incluyendo la relacionada con la observancia de la distancia minima; Que, en consecuencia, al haberse acreditado que el C.E.I. "Pequenos Talentos" entro en funcionamiento con posterioridad a la sala de juegos y tratandose de un procedimiento de renovacion respecto de una sala de juegos instalada en un giro autorizado, corresponde que el impedimento MORDAZA referido no afecte el legitimo interes de la empresa solicitante; Que, asimismo, la empresa cumple con adjuntar a su solicitud MORDAZA del Informe de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil SR-Nº 12365 asi como del Certificado Nº 0560-INDECI-SDRDC, de fecha 26.7.2004, en el que de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM, se deja MORDAZA que la sala de juegos del solicitante cumple con las condiciones de seguridad exigibles a este MORDAZA de establecimientos; Que, de la evaluacion de la solvencia economica e idoneidad moral del solicitante y de los socios, directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decision, se advierte segun consta en el Informe Financiero Nº 016-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-CADTN-HFKC que la solicitante y las personas MORDAZA indicadas cumplen con los criterios de evaluacion establecidos en la Directiva Nº 0042003-MINCETUR/VMT/DNT, debiendose precisar de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, que dicha evaluacion es permanente en tanto el titular de la autorizacion mantenga vigente la autorizacion concedida; Que, la solicitante en observancia de lo establecido en los articulos 19º y siguientes de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, ha cumplido con otorgar garantia por las obligaciones y sanciones derivadas de su aplicacion y en resguardo de los derechos de los usuarios y el Estado, la misma que se encuentra constituida por el Seguro de Caucion Nº J0038-00-2004, de fecha 22.03.2004, expedido por la Compania de Seguros de Credito y Garantias - SECREX; De conformidad con las Leyes Nºs. 27153, 27796 y 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" y el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Financiero Nº 016-2004MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-CADTN-HFKC, Tecnico Nº 042-2005-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT/SDFCSJPG y Legal Nº 106-2005-MINCETUR/VMT/DNT/ DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion expresa concedida a la empresa Golden Investment S.A., para la explotacion de juegos de casino en la sala de juegos del Restaurante Cinco Tenedores Turistico denominado: "Restaurante Chifa Lung Fung", ubicado en la Av. Republica de Panama Nº 3165, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por un plazo de tres (3) anos, en observancia de lo normado en el articulo 17º de la Ley Nº 27153, modificado por la Ley Nº 27796. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa la explotacion de treinta y tres (33) mesas de juegos de casino, segun el siguiente detalle:
Nº de Mesas Modalidad Autorizacion y Registro Resolucion Directoral

07 11 02 01 05

Ruleta (tipo francesa) Black MORDAZA Craps Punto y Banca Punto y Banca (Midi)

JC0002 JC0001 JC0007 JC0006 JC0006

R.D. Nº 200-1999-MITINCI/VMT/DNT R.D Nº 199-1999-MITINCI/VMT/DNT R.D. Nº 205-1999-MITINCI/VMT/DNT R.D. Nº 204-1999-MITINCI/VMT/DNT R.D. Nº 204-1999-MITINCI/VMT/DNT

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