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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (25/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 38

PÆg. 287900 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de febrero de 2005 EVALUACIÓN PREVIA Dependencia Autoridad Autoridad que Nº DENOMINACIÓN DEL DERECHO Con Aplic. Con Aplic. donde se que Resuelve PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O S DE Aprobación Silen. Adm. Silen. Adm. Inicia el Aprueba el Recurso PAGO Automática Positivo Negativo Trámite el Trámite Administrativo comisados. Apelación 2. Fotocopia simple del pago por la multa impuesta u otras san- Viceministro ciones pecuniarias y los gastos ocasionados por la ejecución de Turismo del comiso. 3. Copia simple del recibo de pago por derecho de trámite. (1) La autorización expresa para la explotación de juegos de casino y Máquinas Tragamonedas se tramitan en forma independiente, generando derechos de pago individuales. (2)Condiciones previas a la solicitud de autorización expresa para la explotación de juegos de casino - Puede instalarse salas para la explotación de juegos de casino en:1. Hoteles de 4 (cuatro) o 5 (cinco) estrellas en las provincias de Lima y Callao; y 3 (tres), 4 (cuatro) o 5 (cinco) estrellas para las demás provincias 2. Restaurantes de 5 (cinco) tenedores turísticos. 3. Resorts equivalentes a la categoría 5 (cinco) estrellas. (3) Condiciones previas a la solicitud de autorización expresa para la explotación de juegos de máquinas tragamonedas Puede instalarse salas para la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en: 1. Hoteles de 4 (cuatro) o 5 (cinco) estrellas en las provincias de Lima y Callao; y 3 (tres), 4 (cuatro) o 5 (cinco) estrellas para las demás provincias 2. Restaurantes de 5 (cinco) tenedores turísticos. 3. Resorts equivalentes a la categoría 5 (cinco) estrellas. (4)Publicación de la solicitud de autorización expresa para la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedasLa publicación de la solicitud en el Diario Oficial El Peruano, deberá efectuarse dentro de los cinco (5) días de recibida la notificación de su admisión, debiendo el solicitante presentar a la Dirección Nacional de Turismo un ejemplar de cada una de el las dentro de los tres (3) días siguientes a su publicación. Vencidos los plazos antes señalados, sin que la Dirección Nacional de Turismo reciba los ejemplares de las publicaciones, ésta declarará el abandono de la solicitud. (5) El titular de una autorización podrá solicitar su renovación con cuatro meses de anticipación a su fecha de vencimiento. (6) La autorización de incremento o retiro de máquinas tragamonedas o mesas de juegos de casino, quedará condicionada a la pres entación del Informe Técnico Final favorable, en el cual se verificarán las condiciones de seguridad, así como el número de per sonas que pueden permanecer al mismo tiempo en la sala de juegos. UNIDAD ORGÁNICA: VICEMINISTERIO DE TURISMO - OFICINA TÉCNICA DE CENTROS DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DE ARTESANÍA Y TURISMO 01 Calificación para operar como Centro - Solicitud dirigida al Director de la Oficina Técnica 17,00 % UIT 30 Días Oficina de Viceministro Titular del de Innovación Tecnológica - CITE de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía Trámite de Turismo MINCETUR y Turismo, indicando la información requerida en el Documentario Base Legal: Art. 113º de la Ley Nº 27444, en la que se señale y Archivo Ley Nº 27267 (26.05.2000) o adjunte: Ley Nº 27790 (25.07.2002) - Fotocopia simple del RUCLey Nº 27890 (19.12.2002) - Función principal: brindar servicios tecnológicos D.S. Nº 027-2000-ITINCI (13.09.2000) a los artesanos individualmente considerados u D.S. Nº 002-2002-MINCETUR (23.08.2002) organizados en gremios y empresas de serviciosD.S. Nº 005-2002-MINCETUR (29.08.2002) turísticos. - Compromiso de operar en Red con otros CITEs. - Capacidad técnica acreditada- Contar con personal capacitado con especializa- ción en la cadena productiva artesanal o de ser- vicio turístico.- Tener autonomía técnica, financiera, económica y administrativa. - Contar con equipamiento para los principales ensa- yos y servicios que ofrece. - Tener sistemas que aseguren la confidencialidad en los resultados de los servicios tecnológicos brindados.- Contar con metodologías de seguimientos de sus resultados y con criterios de sostenibilidad, eficiencia y eficacia.- Tener la capacidad para otorgar certificaciones y sellos de calidad a los productos. - Diagnóstico actualizado del subsector turístico o