TEXTO PAGINA: 3
PÆg. 295667 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de julio de 2005 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY N” 28563 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA: Ha dado la Ley siguiente: LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO TÍTULO PRELIMINAR PRINCIPIOS REGULATORIOS Artículo I.- Eficiencia y PrudenciaEl endeudamiento público interno y externo se basa en una estrategia de largo plazo, que tiene como objetivofundamental cubrir parte de los requerimientos de finan- ciamiento del sector público a los más bajos costos po- sibles, sujetos a un grado de riesgo prudente y en con-cordancia con la capacidad de pago del país. Artículo II.- Responsabilidad FiscalEl endeudamiento público debe contribuir con la esta- bilidad macroeconómica y la sostenibilidad de la política fiscal, mediante el establecimiento de reglas y límites a laconcertación de operaciones de endeudamiento del sec- tor público y una prudente administración de la deuda. El Gobierno Nacional no reconocerá deudas contraídaspor los Gobiernos Regionales y Locales, salvo las debi- damente avaladas. Artículo III.- Transparencia y Credibilidad El proceso de endeudamiento público debe llevarse a cabo mediante mecanismos transparentes y predeci-bles que estén previstos en la Ley. Artículo IV.- Capacidad de Pago El endeudamiento público permite obtener financia- miento externo e interno, de acuerdo con la capacidad de pago del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regiona-les, Gobiernos Locales o de la entidad obligada. Artículo V.- Centralización Normativa y Descen- tralización Operativa El endeudamiento público se sujeta a la regla de la centralización normativa y descentralización operativaen el Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Go- biernos Locales. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY Artículo 1º.- Objeto de la Ley 1.1 La presente Ley establece las normas gene- rales que rigen los procesos fundamentales del Sistema Nacional de Endeudamiento, con el objeto de que la concertación de operacio-nes de endeudamiento y de administración de deuda pública se sujeten a los principios de eficiencia, prudencia, responsabilidad fiscal,transparencia y credibilidad, capacidad de pago y centralización normativa y descentra- lización operativa. 1.2 En adición, norma las garantías que otorgue o contrate el Gobierno Nacional para atender re- querimientos derivados de los procesos de pro-moción de la inversión privada y concesiones.1.3 Asimismo, regula los aspectos relativos a la re- presentación, aportes, suscripción de acciones, contribuciones y demás pagos a los organis- mos financieros internacionales a los cualespertenece el Perú. 1.4 Igualmente, norma lo relativo a las asunciones de deuda por el Gobierno Nacional. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación de la Ley 2.1 La presente Ley es aplicable a las entidades y organismos señalados en el artículo 2º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Fi-nanciera del Sector Público, que incluye a las entidades y organismos representativos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así comoal Ministerio Público, los conformantes del Siste- ma Nacional de Elecciones, el Consejo Nacional de la Magistratura, la Defensoría del Pueblo, Tri-bunal Constitucional, la Contraloría General de la República, las universidades públicas, las corres- pondientes entidades descentralizadas, así comotambién los Gobiernos Regionales a través de sus organismos representativos, los Gobiernos Locales, sus empresas y organismos públicosdescentralizados e igualmente las personas jurí- dicas de derecho público con patrimonio propio que ejercen funciones reguladoras, superviso-ras y las administradoras de fondos y de tributos, toda otra persona jurídica o relación jurídica o fideicomiso, donde el Estado posea la mayoríade su patrimonio o capital social o que administre fondos o bienes públicos. 2.2 No se encuentra dentro de los alcances de esta norma el Banco Central de Reserva del Perú, de conformidad con el artículo 84º de la Constitu- ción Política del Perú. Artículo 3º.- Definiciones 3.1 Operación de endeudamiento público.- Es el financiamiento sujeto a reembolso acordado a plazos mayores de un año, destinado a realizarproyectos de inversión pública, la prestación de servicios, para el apoyo a la balanza de pagos, y el cumplimiento de la función previsional delEstado, bajo las siguientes modalidades: a) Préstamos; b) Emisión y colocación de bonos, títulos y obliga- ciones constitutivos de empréstitos; c) Adquisiciones de bienes y servicios a plazos;d) Avales, garantías y fianzas; e) Asignaciones de líneas de crédito; f) Leasing financiero;g) Titulizaciones de activos o flujos de recursos. Son operaciones de endeudamiento externo aquellas acordadas con personas naturales ojurídicas no domiciliadas en el país y operacio- nes de endeudamiento interno, las que se acuer- dan con personas naturales o jurídicas domici-liadas en el país. 3.2 Operación de administración de deuda.- Aquella que tiene por finalidad renegociar las condiciones de la deuda pública. Se encuentran comprendidas en esta definición, entre otras,las siguientes operaciones ejecutadas individual o conjuntamente: a) Refinanciación; b) Reestructuración; c) Prepagos;d) Conversión; e) Intercambio o canje de deuda; f) Recompra de deuda;g) Cobertura de riesgos; y, h) Otras con efectos similares. CAPÍTULO II ASPECTOS GENERALES Artículo 4º.- Definición del SistemaEl Sistema Nacional de Endeudamiento es el con- junto de órganos e instituciones, normas y procesos