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PÆg. 295680 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de julio de 2005 ANEXO 2 (DISPOSICIONES PARA LA APLICACIÓN PROGRESIVA DEL ARTÍCULO 7º DE LA LEY DESITUACIÓN MILITAR DE LOS OFICIALES DE LASFUERZAS ARMADAS EN LA MARINA DE GUE-RRA DEL PERÚ) AL REGLAMENTO DE LA LEYDE SITUACION MILITAR DE LOS OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS PARA OFICIALES PROCEDENTES DE LA ESCUE- LA NAVAL DEL PERÚ 1. Para efecto de la interpretación y aplicación de las disposiciones siguientes, entiéndase como PROMO- CION 2003, a los Oficiales que fueron Alfereces de Fra-gata a partir del 1 de enero del 2003. 2. Cuando se mencione que una promoción " ascen- derá" determinado año, deberá entenderse que por lo menos uno de los integrantes de dicha promoción (entre los Oficiales de Comando, Especialistas o de Servicios de la promoción) que reúna los requisitos y aptitudes,ascenderá al grado inmediato superior. 3. Ascenso a los siguientes Grados: a. Ascenso a Teniente Segundo: – Promoción 2003 ascenderá el año 2006. – Promoción 2004 ascenderá el año 2008.– Promoción 2005 ascenderá el año 2009. b. Ascenso a Teniente Primero: – Promoción 2000 ascenderá el año 2006. – Promoción 2001 ascenderá el año 2008.– Promoción 2002 ascenderá el año 2009.– Promoción 2003 ascenderá el año 2010.– Promoción 2004 ascenderá el año 2012. – Promoción 2005 ascenderá el año 2013. c. Ascenso a Capitán de Corbeta:– Promoción 1996 ascenderá el año 2007. – Promoción 1997 ascenderá el año 2008. – Promoción 1998 ascenderá el año 2009. – Promoción 1999 ascenderá el año 2010.– Promoción 2000 ascenderá el año 2011.– Promoción 2001 ascenderá el año 2013.– Promoción 2002 ascenderá el año 2014.– Promoción 2003 ascenderá el año 2015. – Promoción 2004 ascenderá el año 2016. – Promoción 2005 ascenderá el año 2017. d. Ascenso a Capitán de Fragata:– Promoción 1992 ascenderá el año 2007. – Promoción 1993 ascenderá el año 2008. – Promoción 1994 ascenderá el año 2009.– Promoción 1995 ascenderá el año 2010.– Promoción 1996 ascenderá el año 2012.– Promoción 1997 ascenderá el año 2013.– Promoción 1998 ascenderá el año 2014. – Promoción 1999 ascenderá el año 2015. – Promoción 2000 ascenderá el año 2017. e. Ascenso a Capitán de Navío:– Promoción 1986 ascenderá el año 2006. – Promoción 1987 ascenderá el año 2007. – Promoción 1988 ascenderá el año 2008.– Promoción 1989 ascenderá el año 2009.– Promoción 1990 ascenderá el año 2010.– Promoción 1991 ascenderá el año 2011.– Promoción 1992 ascenderá el año 2013. – Promoción 1993 ascenderá el año 2014. – Promoción 1994 ascenderá el año 2015.– Promoción 1995 ascenderá el año 2016.– Promoción 1996 ascenderá el año 2018. f. Ascenso a Contralmirante: – Promoción 1980 ascenderá el año 2006. – Promoción 1981 ascenderá el año 2007.– Promoción 1982 ascenderá el año 2008.– Promoción 1983 ascenderá el año 2009. – Promoción 1984 ascenderá el año 2010.– Promoción 1985 ascenderá el año 2011.– Promoción 1986 ascenderá el año 2012.– Promoción 1987 ascenderá el año 2013.– Promoción 1988 ascenderá el año 2014. – Promoción 1989 ascenderá el año 2015. – Promoción 1990 ascenderá el año 2016.– Promoción 1991 ascenderá el año 2018. 4. Una vez cumplido el período de aplicación progre- siva en cada uno de los grados señalados en el párrafo anterior, se dará cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 7 de la presente Ley, debiendo ascender por lo menos unOficial de la Promoción que corresponda, de acuerdo alo siguiente: a. Ascenso a Teniente Segundo: – Promoción 2006 ascenderá el año 2010. – Promoción 2007 ascenderá el año 2011. – Y así sucesivamente. b. Ascenso a Teniente Primero: – Promoción 2006 ascenderá el año 2014. – Promoción 2007 ascenderá el año 2015.– Y así sucesivamente. c. Ascenso a Capitán de Corbeta: – Promoción 2006 ascenderá el año 2018. – Promoción 2007 ascenderá el año 2019. – Y así sucesivamente. d. Ascenso a Capitán de Fragata: – Promoción 2001 ascenderá el año 2018. – Promoción 2002 ascenderá el año 2019.– Y así sucesivamente. e. Ascenso a Capitán de Navío: – Promoción 1997 ascenderá el año 2019. – Promoción 1998 ascenderá el año 2020. – Y así sucesivamente. f. Ascenso a Contralmirante: – Promoción 1992 ascenderá el año 2019. – Promoción 1993 ascenderá el año 2020.– Y así sucesivamente. Las disposiciones precedentes se complementan con la información contenida en el cuadro adjunto. PARA OFICIALES DE PROCEDENCIA UNIVERSI- TARIA 1. Para los Oficiales que se asimilaron con el grado de Teniente Segundo o Teniente Primero, hasta el año 2016, el ascenso al grado de Capitán de Navío, será conun mínimo de DIECIOCHO años (18) contados a partirde la fecha de la obtención de la efectividad. 2. Para los Oficiales que se asimilen con el grado de Teniente Segundo o Teniente Primero, para postular al grado de Capitán de Navío a partir del año 2017, debe- rán contar con un mínimo de VEINTE años (20) conta-dos a partir de la fecha de la obtención de la efectividad. 3. Para los Oficiales que se asimilen con el grado de Teniente Segundo o Teniente Primero, para postular algrado de Contralmirante a partir del año 2017, deberán contar con un mínimo de VEINTICINCO años (25) con- tados a partir de la fecha de la obtención de la efectivi-dad. 4. A partir de la publicación del presente Reglamento sólo se asimilaran Oficiales con el Grado de TenienteSegundo o Teniente Primero, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Personal Superior de la Marina de Guerra del Perú.