Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2005 (01/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2005

Aprueban actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 016-2005-DE/MGP EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala la obligatoriedad para todas las entidades de la Administracion Publica de elaborar y aprobar sus correspondientes Textos Unicos de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, el numeral 38.2 del Articulo 38º de la referida Ley, establece que cada DOS (2) anos las entidades estan obligadas a publicar el integro de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), bajo responsabilidad de su Titular; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-DE/MGP de fecha 23 de octubre de 2002, se aprobo la actualizacion integral del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, TUPAM-15001, el mismo que posteriormente fue modificado parcialmente con Decreto Supremo Nº 020-2003 DE/MGP de fecha 29 de diciembre de 2003; Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 28267, Ley que modifica la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con su Texto Unico Ordenado y Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, ambos de fecha 26 de noviembre de 2004, se debe incluir nuevos Procedimientos Administrativos en el referido TUPAM-15001; Que, con relacion a la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, que crea la Autoridad Portuaria Nacional, es necesario modificar sustancialmente aquellos Procedimientos Administrativos de la Parte "C" del TUPAM-15001 a cargo de la Autoridad Maritima, que se contrapongan con la referida Ley; Que, el TUPAM-15001, consigna la actualizacion permanente de los servicios que la MORDAZA de MORDAZA del Peru brinda a los Administrados, de acuerdo a los requerimientos que se generen, los mismos que se encuentran comprendidos dentro de los alcances senalados en la Ley Nº 27444; Que, en tal sentido, es necesario aprobar un MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; De conformidad con lo dispuesto por el inciso (8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar la Actualizacion Integral del "Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru" (TUPAM-15001), Edicion 2005, que consta de las siguientes partes: "A" - Direccion General del Personal de la MORDAZA, TREINTA (30) Procedimientos; "B" Direccion de Hidrografia y Navegacion, CATORCE (14) Procedimientos; "C" - Direccion General de Capitanias y Guardacostas, CIENTO CINCUENTA Y CINCO (155) Procedimientos; "D" - Direccion General del Material de la MORDAZA, VEINTE (20) Procedimientos; "E" - Comandancia General de Operaciones del MORDAZA UN (1) Procedimiento; "F" - Direccion de Intereses Maritimos e Informacion, SEIS (6) Procedimientos; "G" - Direccion General de Instruccion de la MORDAZA, VEINTICINCO (25) Procedimientos; los cuales en su conjunto suman DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO (251) Procedimientos Administrativos y se encuentran incluidos en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27444. Articulo 2º.- Autorizar a las Dependencias de la MORDAZA de MORDAZA del Peru senaladas en el articulo precedente, la reproduccion de las partes correspondientes del presente Texto, cuya publicacion y difusion lo haran de acuerdo a los requerimientos de los Administrados del area de su responsabilidad.

Articulo 3º.- Disponer que los Procedimientos Administrativos relativos al Sistema Portuario asignados a la Autoridad Maritima por Ley expresa, cuyas funciones recientemente han sido transferidas a la Autoridad Portuaria Nacional, se mantengan vigentes en la Parte "C" del TUPAM-15001 o se modifiquen de ser el caso, a la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Portuaria. Articulo 4º.- Designar al Estado Mayor General de la MORDAZA, como el Organismo de Origen de la citada publicacion. Articulo 5º.- Deroguese los Decretos Supremos Nº 011-DE/MGP de fecha 23 de octubre de 2002 y Nº 020-2003 DE/MGP de fecha 29 de diciembre de 2003. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de junio del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 11753

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Operacion de Renegociacion de Deuda Publica con el Club de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 080-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 15.1 de la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, establece que las operaciones de renegociacion de la deuda publica, que incluyen las operaciones de refinanciacion, reestructuracion, conversion de deuda, intercambio o canje, prepagos no contemplados en el contrato o convenio de la respectiva operacion, recompra de deuda y otras operaciones que impliquen la modificacion del perfil del servicio de la deuda publica, seran aprobadas mediante decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, asimismo, establece que las operaciones de renegociacion de la deuda publica no estan sujetas a los limites de endeudamiento que fija la ley mencionada; Que, en el MORDAZA de dicha autorizacion, la Republica del Peru ha considerado conveniente estructurar una operacion de renegociacion, con la finalidad de lograr el reperfilamiento de la deuda comercial que fuera reprogramada en el MORDAZA de las Minutas del Club de MORDAZA de los anos 1993 y 1996, a traves del prepago, a la par, de las amortizaciones de dichas deudas con vencimientos en el periodo agosto 2005 - diciembre 2009, y cuyo financiamiento se realizara con emisiones de bonos soberanos en el MORDAZA local e internacional, que incluirian las aprobadas por el Decreto Supremo Nº 014-2005EF, y con otros recursos de ser el caso; Que, para tal efecto, se suscribira un acuerdo MORDAZA multilateral y acuerdos bilaterales con los miembros del Club de MORDAZA, que permitiran la implementacion del prepago, asi como establecera sus terminos y condiciones; Que, sobre el particular, han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de renegociacion de la deuda publica, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica;

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