Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2005 (01/07/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 295677

Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; a partir de la fecha y hasta la finalizacion de los procesos electorales, para designar a los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del MORDAZA, las elecciones municipales complementarias y la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, a llevarse a cabo en el ano 2005; a efectos de realizar las adquisiciones de bienes y servicios necesarios para los procesos electorales mencionados en el presente articulo, a traves del MORDAZA de seleccion de adjudicacion de menor cuantia; Que, por Resoluciones Nºs. 137, 138, 139, 140 y 141-2005-JNE, se convoco a Referendum a ciudadanos de dieciseis (16) departamentos para pronunciarse si se prueba la integracion de cinco Regiones; Que, para tal efecto, el MORDAZA Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil, requieren realizar un conjunto de procesos de seleccion a fin de adquirir bienes y contratar servicios para la organizacion y desarrollo del Referendum, contando con muy escaso tiempo para su realizacion, considerando que se viene desarrollando tres procesos electorales, y que simultaneamente se realizara una Consulta Popular de Revocatoria de Mandato de Autoridades Municipales en cinco distritos de cinco departamentos del pais; Que, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las funciones previstas en el articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru, es necesario exonerar al MORDAZA Nacional de Elecciones, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil de las disposiciones a que se refieren los literales b) y c) del articulo 11º de la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2005 y de las normas pertinentes del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM que aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, a fin que se posibilite la adquisicion de bienes y contratacion de servicios necesarios para la realizacion de las actividades MORDAZA senaladas, a traves del MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia; Que, por tratarse de una medida en materia economica y financiera que permita al MORDAZA Nacional de Elecciones, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la adquisicion oportuna de los bienes y servicios necesarios para la realizacion del Referendum, existen razones de interes nacional que justifican su expedicion en forma inmediata evitando de esta manera el riesgo inminente de que no se cumpla con dicho MORDAZA ya convocado; Que, habiendo ya un Decreto de Urgencia que exonera a las tres entidades del Sistema Electoral de las normas pertinentes, a fin de realizar via adjudicaciones de menor cuantia las contrataciones y adquisiciones para el resto de procesos electorales convocados para el 2005, es pertinente ampliar los alcances del Decreto de Urgencia Nº 009-2005 al Referendum convocado por las Resoluciones Nºs. 137, 138, 139, 140 y 141-2005JNE; De conformidad con lo establecido en el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta el Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Incluir dentro de los alcances del Decreto de Urgencia Nº 009-2005 al MORDAZA electoral de Referendum de demarcacion de cinco Regiones en dieciseis departamentos del MORDAZA, a fin de exonerar al MORDAZA Nacional de Elecciones, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, de la aplicacion de los literales b) y c) del articulo 11º de la Ley Nº 28427 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005- y de las normas pertinentes del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; a partir de la fecha y hasta la finalizacion del Referendum; a efectos de rea-

lizar las adquisiciones de bienes y servicios necesarios para dicho MORDAZA electoral, a traves del MORDAZA de seleccion de adjudicacion de menor cuantia. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 11824

PCM
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 045-2005-PCM Mediante Oficio Nº 276-2005-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 045-2005-PCM, publicado en la edicion del 18 de junio de 2005. En el MORDAZA considerando: DICE: "Que dicha situacion se ve agravada por el deslizamiento ocurrido en la ladera norte del cerro Llamani, ...;" DEBE DECIR: "Que, dicha situacion se ve agravada por el deslizamiento ocurrido en la ladera norte del cerro Llamanipata, ...;" En el articulo 1º: DICE: "Articulo 1º.- Declaracion del Estado de Emergencia ante peligro inminente en los distritos de MORDAZA y Cuyo Cuyo de la provincia de MORDAZA del departamento de Puno. Declarese el Estado de Emergencia por desastres naturales, ante peligro inminente por posible deslizamiento del Cerro Llamani, en los distritos de MORDAZA y Cuyo Cuyo de la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, para la ejecucion de obras y actividades de prevencion ante peligro inminente en el Sector Agricultura, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo." DEBE DECIR: "Articulo 1º.- Declaracion del Estado de Emergencia ante peligro inminente en los distritos de MORDAZA y Cuyo Cuyo de la provincia de MORDAZA del departamento de Puno. Declarese el Estado de Emergencia ante peligro inminente de desastre natural, por posible deslizamiento del Cerro Llamanipata, en los distritos de MORDAZA y Cuyo Cuyo de la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, para la ejecucion de obras y actividades de prevencion ante peligro inminente, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo." 11820

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.