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PÆg. 295727 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de julio de 2005 CD, por los fundamentos expuestos en la resolución que declara la referida improcedencia; Que, habiéndose realizado las etapas pertinentes al procedimiento regulatorio, debe procederse a la publica-ción de la resolución correspondiente que fija las tarifas y compensaciones de las líneas de transmisión secun- daria L-251 y L-252, respecto de TERMOSELVA, en lostérminos ordenados por el mandato judicial, lo que moti- va el presente acto administrativo; Que, con relación a las tarifas y compensaciones se han expedido el Informe Técnico OSINERG-GART-DGT Nº 026-2005 de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifa- ria (GART) del OSINERG, el Memorandum Nº GL-301-2005 emitido por la Gerencia Legal del OSINERG y el Infor- me OSINERG-GART-AL-2005-097 de la Asesoría Legal de la GART, los mismos que complementan la motivaciónque sustenta la decisión del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administra- tivos a que se refiere el Artículo 3º, numeral 4 de la Ley delProcedimiento Administrativo General 1; Que, la presente resolución se expide en cumpli- miento de la sentencia ejecutoriada expedida por la Cuar-ta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima en la acción de amparo promovida por TERMOSELVA con- tra el OSINERG, conforme a lo previsto por el artículo 4ºde la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Fíjese las compensaciones que deben ser pagadas por la empresa de generación Termoselva S.R.L. por las líneas de transmisión L-251 y L-252, y susceldas de conexión, correspondiente al periodo com- prendido entre el 18 de agosto de 2001 al 31 de julio de 2002, conforme se señalan en el cuadro siguiente: Código Descripción Compensación Instalación Elemento Mensual (Nuevos Soles/Mes) L-251 L.T. 220kV Aguaytía-Tingo María y sus 8 500 celdas de conexión L-252 L.T. 220kV Tingo María-Vizcarra y sus 24 630 celdas de conexión Artículo 2º.- Apruébese la Fórmula de Actualización correspondiente a las compensaciones por Sistema Se- cundario de Transmisión a que se refiere el Artículo 1º dela presente resolución, según lo siguiente: C M 1=C M0 * FACM (1) FACM = a * FTC + b * FPM (2) Donde: C M0= Compensaciones mensuales publicadas en el Artículo 1º de la presente resolución y expresadas en Nuevos Soles / mes. C M1= Compensaciones mensuales actualizadas y expresadas en Nuevos Soles / mes. FACM= Factor de Actualización de las compensa- ciones mensuales. FTC = Factor por variación del Tipo de Cambio. FPM = Factor por variación de los Precios al Por Mayor. TC = Tipo de Cambio. Valor de referencia para el Dólar de los Estados Unidos de América,determinado por la Superintendencia de Ban- ca y Seguros del Perú, correspondiente a la “COTIZACIÓN DE OFERTA Y DEMANDA -TIPO DE CAMBIO PROMEDIO PONDERA- DO” o el que lo reemplace. Se tomará en cuenta el valor venta al último día hábil delmes anterior, publicado en el Diario Oficial El Peruano. TC 0= Tipo de Cambio inicial igual a S/. 3,487 por US Dólar. IPM = Índice de Precios al Por Mayor, publicado por el Instituto Nacional de Estadística e In-formática. Se tomará el valor del último mes, publicado en el Diario Oficial El Peruano. IPM 0= Índice de Precios al Por Mayor inicial igual a 154,635021. a = 0,5493 b = 0,4507.Artículo 3º .- Incorpórese el Informe Técnico OSI- NERG-GART/DGT Nº 026-2005 - Anexo 1 y el Memo- randum GL-301-2005 - Anexo 2; como parte integrante de la presente resolución; Artículo 4º .- La presente resolución deberá ser pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano. Igualmente debe- rá ser consignada, junto con los Anexos 1 y 2, en lapágina WEB del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 1Artículo 3º.- Requisitos de validez de los actos administrativos Son requisitos de validez de los actos administrativos: … 4. Motivación.- El acto administrativo debe estar debidamente motivado en pro- porción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico. … 11744 SUNAT Prorrogan suspensión de disposiciones del Procedimiento de ZOFRATACNA INTA-PG.23 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 310-2005/SUNAT/A Callao, 30 de junio de 2005 CONSIDERANDO:Que por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000114-2004-SUNAT/A del 17.03.2004 se aprueba el procedimiento de ZOFRATAC- NA INTA-PG.23; Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 134-2004-SUNAT/A del 07.04.2004, se suspendió la aplicación del numeral 1 delrubro A8) de la sección VII del procedimiento de la ZOFRATACNA INTA-PG.23, disposición que fuera pro- rrogada por el artículo segundo de la Resolución de Su-perintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 008- 2005-SUNAT/A del 14.01.2005; Que asimismo, por la Resolución de Superintenden- cia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000435-2004- SUNAT/A, se suspendió la obligación del pesaje de mer- cancías por usuario por parte de la Administración de laZOFRATACNA, disposición que fuera prorrogada por el artículo tercero de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 008-2005-SUNAT/A del14.01.2005, manteniéndose el pesaje por vehículo trans- portador; Que resulta necesario ampliar el plazo de las suspen- siones establecidas por la Resolución de Superintenden- cia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 008-2005-SUNAT/ A mientras se culmina con el proceso de evaluación desu impacto en las actividades de la ZOFRATACNA y Zona Comercial de Tacna, y mientras dicha administra- ción culmine con la implementación de los sistemasnecesarios para el pesaje de mercancías por usuario; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuestoen el inciso g) del artículo 23º del Reglamento de Organi- zación y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar hasta el 31.12.2005 la suspen- sión establecida en el artículo segundo de la Resoluciónde Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 008-2005-SUNAT/A. Artículo 2º.- Ampliar hasta el 31.10.2005 la suspen- sión establecida por el artículo tercero de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 008-2005-SUNAT/A.