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PÆg. 295722 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de julio de 2005 a) Para deficiencias cuya subsanación sea de res- ponsabilidad de las concesionarias. Ejecutar la subsanación de la deficiencia. Para las deficiencias de riesgo alto, cuando la concesionariaadopta temporalmente las previsiones pertinentes parala protección de las personas en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento de Se- guridad e Higiene Ocupacional del Sub Sector Electri-cidad, la deficiencia quedará en la condición de riesgomoderado. b) Para deficiencias o incumplimientos que son o fue- ron originados por terceros (empresas de otros secto- res, persona natural o jurídica de derecho público o pri- vado). - Comunicará por escrito al (los) tercero(s), infor- mando la deficiencia identificada, los riesgos que repre-senta el incumplimiento, las previsiones que deben adop- tar y la subsanación que corresponde. - Para las deficiencias de riesgo alto, adoptará inme- diatamente después de su identificación, las previsionespertinentes para la protección de las personas contralos contactos con partes normalmente con tensión, encumplimiento a lo establecido en el Artículo 17º del Re- glamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Sub Sector Electricidad. Con la previsión adoptada la defi-ciencia quedará temporalmente en la condición de ries-go moderado. - Enviará a OSINERG la base de datos de todas las deficiencias o incumplimientos identificados dentro de su concesión. La base de datos incluirá lo siguiente: Nombre y dirección del representante legal de la pro-piedad que originó el incumplimiento, número del sumi-nistro eléctrico de la propiedad, copia de la carta queenvió a los terceros informando la deficiencia, fecha depuesta en servicio de la instalación eléctrica adyacente y el motivo que originó la deficiencia, de acuerdo al Anexo 2. (…) 6.5 Las denuncias sobre deficiencias puntuales en las instalaciones formuladas por los usuarios, las autori- dades del lugar, otra entidad del estado o el OSINERG, serán subsanadas siguiendo lo establecido en los pun-tos 6.3 a) y 6.3 b) del presente procedimiento e incorpo-rados a la base de datos de las deficiencias. 7 PLAZOS PARA REMITIR LAS BASES DE DATOS DE LAS DEFICIENCIAS Base de datos de la concesionaria7.1 Las bases de datos de las deficiencias identifica- das se actualizarán semestralmente, de acuerdo a lo establecido en el punto 5, e incluirán todas las deficien- cias existentes al semestre correspondiente. 7.2 Las bases de datos de Deficiencias subsanadas se actualizarán semestralmente. (…)7.4 Las concesionarias, luego de 30 (treinta) días calendario de concluido el semestre, alcanzarán a OSI- NERG un reporte semestral de acuerdo a los Cuadros01 y 02 a nivel de concesionaria, sistema eléctrico yalimentador de media tensión. Con la información delsegundo semestre se presentará también la informa-ción anual. Cuadro Nº 01 RESUMEN DE INFORMACION SEMESTRAL O ANUAL Concesionaria:Sistema eléctrico: Alimentador MT : Concepto Número Estructuras (EMT) Deficientes Subestaciones (SED) Deficientes. Cantidad de Deficiencias en los tramos.Cuadro Nº 02 INDICADORES DE GESTIÓN SEMESTRAL O ANUAL Indicador Cálculo Ámbito Por Concesionaria Deficiencias EMT Nº de EMT con Deficiencia Por Sistema Eléctrico Nº total de EMT Por Alimentador MT Deficiencias SED Nº de SED con Deficiencia Por Concesionaria Nº total de SED Por Sistema Eléctrico Por Alimentador MT Deficiencias Nº de Deficiencias en TMT Por Concesionaria en Tramos MT Longitud de red aérea MT Por Sistema Eléctrico Por Alimentador MT (…) Transferencia de información a OSINERG 7.6 Las bases de datos en archivo magnético de las instalaciones de las redes de Media Tensión y Subesta- ciones de Distribución, de acuerdo a lo establecido en elpunto 5, anualmente serán enviadas a OSINERG dentro de los veinte (20) días calendario posteriores al inicio del siguiente año. Las bases de datos en archivo magnéticode las deficiencias, de acuerdo a lo establecido en los puntos 7.1 y 7.2, serán enviados al OSINERG semes- tralmente, dentro de los veinte (20) días calendario pos-teriores al inicio del siguiente semestre; lo cual, permitirá a OSINERG programar la supervisión y fiscalización. (…) 8 FISCALIZACIÓN DE LA IDENTIFICACIÓN Y SUB- SANACIÓN DE LAS DEFICIENCIAS Procedimiento (…) 8.3 El tamaño de la muestra seleccionada para la supervisión y fiscalización semestral será determinada por la Gerencia de Fiscalización Eléctrica de OSINERG. Este será posteriormente comunicada a las concesio-narias en el plazo que la Gerencia de Fiscalización Eléc- trica establezca. El código de identificación de los ali- mentadores de media tensión o SED, les será informadoantes del inicio de la fiscalización. Dicha muestra será seleccionada en forma aleatoria de los archivos reporta- dos por las concesionarias. (…) 10 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIALos códigos y descripción de las tablas contenidos en los Anexos 01, 02 y 03 de la presente norma, podránser ampliados o reemplazados por la Gerencia de Fis- calización Eléctrica de OSINERG, previo al inicio del semestre en evaluación. (…)” Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERG EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Mediante la Resolución de Consejo Directivo OSINERG Nº 011-2004-OS/CD, se aprobó el “Procedi-miento de Fiscalización y Subsanación de Deficiencias en Instalaciones de Media Tensión y Subestaciones de Distribución Eléctrica por Seguridad Pública”, el cual es-tablece el procedimiento a seguir por las empresas con- cesionarias de distribución para identificar y subsanar las deficiencias en sus instalaciones de media tensiónrelacionadas con la seguridad pública. No obstante, en el proceso de supervisión del año 2004, OSINERG ha recibido sugerencias de los representantes de las em-presas fiscalizadas para ampliar los períodos de entre- ga de la base de datos de las instalaciones eléctricas y de las deficiencias; así como también, ampliar la fre-cuencia de la supervisión y fiscalización.