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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G36/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 14 de julio de 2005 Artículo 3º.- La Dirección de Economía del Vicemi- nisterio de Asuntos Administrativos y Económicos del Pliego 026: Ministerio de Defensa, instruye a las Unida- des Ejecutoras, bajo su ámbito para que elaboren lascorrespondientes "Notas para Modificación Presupues- taria" que se requieran como consecuencia de lo dis- puesto en la presente norma. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, dentro de los Cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artícu-lo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, a la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú y Unidad Ejecutora 009: Oficinade Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa, al Viceministerio de Asuntos Ad- ministrativos y Económicos del Ministerio de Defensa,Dirección de Economía del Viceministerio de Asuntos Administrativos y Económicos del Ministerio de Defen- sa, Órgano de Control Interno e Inspectoría General delMinisterio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 12552 /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G53/G55/G42/G20/G43/G41/G46/G41/G45/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G2D /G64/G65/G73/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G61/G73/G20/G65/G73/G74/GE1/G6E/G20/G61/G64/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G61/G6C/G43/G41/G46/G41/G45/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 626-2005-DE/SG Lima, 7 de julio de 2005 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 1769-2003 DE/SG de fecha 3 de diciembrede 2003, se aprobó la Directiva Nº 006-VAAE/A que esta- blece las normas y procedimientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo de Asistencia yEstímulo del Personal Civil del Pliego 026: Ministerio de Defensa y de los SUB CAFAE de las Unidades Ejecutoras del Pliego y su composición, disponiéndose que el nombra-miento del Subcomité (SUB CAFAE-MINDEF), es aproba- do por Resolución Ministerial; Que, los SUB CAFAE de las Unidades Ejecutoras del Pliego Nº 026: Ministerio de Defensa constituidos con- forme a la normativa vigente y que forman parte del CAFAE del Ministerio de Defensa, gozan de autonomíaen la administración de los recursos económicos propor- cionados por su respectiva Unidad Ejecutora; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del numeral 7 "Disposiciones Específicas" de la Directiva antes citada, los Comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo que a la fecha funcionan en lasUnidades Ejecutoras y que se encuentran inscritos en los Registros Públicos de Lima, bajo su respectivo Títu- lo, mediante acuerdo interno, se transformarán en SubComité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Defensa, relativo a su Unidad Ejecutora (SUB CAFAE-MINDEF); Que, el artículo 7º del Decreto de Urgencia Nº 088-2001 de fecha 22 de julio del 2001, establece que el acto constitu- tivo y el estatuto de los CAFAE deberá registrarse en el Libroespecial que al efecto se implementará en los Registros Públicos, asimismo mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 015-2002-SUNARP/SN de fecha 13 de enero del 2002, de conformidad con la función y atribución de la SUNARP de normar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públi-cos que conforman el Sistema, se aprueba la Directiva Nº 001-2002-SUNARP/SN que establece los criterios para la inscripción de los CAFAE de los trabajadores de los Orga-nismos Públicos, la cual refiere que los SUB CAFAE com- parten la misma naturaleza que los CAFAE; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 679-2004- DE/SG del 8 de junio del 2004, se constituyó por un período de dos años el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Defen-sa (CAFAE-MINDEF) a nivel Pliego, considerándose entre sus integrantes a los representantes electos por los trabajadores en cada SUB CAFAE del Pliego Defensa; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precísese que los SUB CAFAE de las Unidades Ejecutoras del Pliego 026: Ministerio de Defensa, están adscritos al CAFAE del Ministerio de Defensa. Artículo 2º.- Autorícese a los SUB CAFAE de las Unidades Ejecutoras del Pliego 026: Ministerio de De- fensa, a realizar los trámites que corresponda para suinscripción en los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 12553 ECONOMÍA Y FINANZAS /G49/G6E/G63/G6C/G75/G79/G65/G6E/G20/G64/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G6C/G69/G74/G65/G72/G61/G6C/G20/G41/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G70/GE9/G6E/G2D /G64/G69/G63/G65/G20/G49/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G55/G4F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G56/G20/G65/G20/G49/G53/G43/G65/G6C/G20/G47/G75/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G76/G65/G73/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G73/G20/G63/G6C/G61/G73/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G50 /G2E/G41/G2E/G20/G33/G31/G30/G31/G2E/G30/G30/G2E/G30/G30/G2E/G30/G30 DECRETO SUPREMO Nº 086-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el Artículo 6º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Se-lectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, establece la fa- cultad de modificar las listas de bienes y servicios de losApéndices I y II, según corresponda, mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Minis- tros, refrendado por el Ministro de Economía y Finan-zas, y con opinión técnica de la SUNAT; Que, es conveniente modificar el literal A del Apéndice I de la citada norma, a fin de incluir como insumo agrarioexonerado del Impuesto General a las Ventas a la venta e importación del guano de aves marinas (Guano de las Is- las); De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 6º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por elDecreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Inclúyase en el literal A) del Apéndice I del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto Gene- ral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, apro- bado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normasmodificatorias, los siguientes bienes: PARTIDA PRODUCTO ARANCELARIA 3101.00.00.00 Sólo: guano de aves marinas (Guano de las Islas). Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de julio del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 12581