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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2005 (15/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G37/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de julio de 2005 del Mundo, a llevarse a cabo en la ciudad de Washington DC. - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, del 20 al 27 deagosto de 2005; Que, los gastos de hospedaje, transporte y alimenta- ción serán solventados por el Gobierno de los EstadosUnidos de América, no generando gastos al Tesoro Pú- blico, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciem- bre de 2004, los viajes que únicamente irroguen gasto alTesoro Público por concepto de Tarifa Única de Uso de Aeropuerto podrán ser autorizados por Resolución Mi- nisterial del Sector correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcio- narios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio deDefensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004, DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi- sión del Servicio del Contralmirante Jorge LuisANDRADE Báscones, CIP 03734298, para que participe en la Conferencia Mundial de los Comandantes de Infan- tería de Marina del Mundo, a llevarse a cabo en la ciudadde Washington DC. - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 19 al 27 de agosto de 2005. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a las disposiciones vigentes: Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 1 persona Artículo 3º.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sinexceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- Los gastos de hospedaje, transporte y alimentación serán solventados por el Gobierno de losEstados Unidos de América, no generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El mencionado Oficial deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del De- creto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de ene-ro de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 12608 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 637-2005-DE/MGP Lima, 8 de julio de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante carta de fecha 4 de julio de 2005, el Gerente de Proyectos de DITEL Corporation S.A., re-presentante de la Empresa Harris RF Communications Division, ha cursado una invitación para que DOS (2) Oficiales Superiores de la Dirección de Telemática de laMarina, efectúen una visita a las instalaciones de dicha empresa y participen en la exposición de las caracterís- ticas técnicas de los equipos que fabrica, así como en lademostración de compatibilidad de los equipos de últimageneración que se encuentran actualmente funcionan- do en el país, a realizarse en la ciudad de Rochester,Nueva York - ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, del 19 al 23 de julio de 2005; para lo cual se ha designado al Capitán de Navío Héctor Alberto ESTRADA Llanos yCapitán de Fragata Raúl Enrique CAMPOS Díaz; Que, los gastos de hospedaje, transporte y alimenta- ción serán solventados por DITEL Corporation S.A., nogenerando gastos al Tesoro Público, salvo en lo refe- rente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de di- ciembre de 2004, los viajes que únicamente irroguen gasto al Tesoro Público por concepto de Tarifa Única deUso de Aeropuerto podrán ser autorizados por Reso- lución Ministerial del Sector correspondiente; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcio- narios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2005, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi- sión del Servicio del Capitán de Navío Héctor Alberto ESTRADA Llanos, CIP 02778567 y Capitán de FragataRaúl Enrique CAMPOS Díaz, CIP 01888468, a fin que efectúen una visita a las instalaciones de dicha empresa y participen en la exposición de las características téc-nicas de los equipos que fabrica, así como en la demos- tración de compatibilidad de los equipos de última gene- ración que se encuentran actualmente funcionando enel país, a realizarse en la ciudad de Rochester, Nueva York - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 18 al 23 de julio de 2005. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo con las disposiciones vigentes: TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO US$ 28.24 x 2 personas Artículo 3º.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y términode la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- Los gastos de hospedaje, transporte y alimentación serán solventados por DITEL Corporation S.A., no generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El mencionado Personal Superior dará cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fe-cha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Su- premo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 12610 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G73/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G79 /G73/G75/G62/G61/G6C/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G61 /G50/G61/G6E/G61/G6D/GE1/G20/G79/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 628-2005-DE/MGP Lima, 8 de julio de 2005