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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G37/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de julio de 2005 Artículo 4º.- Los gastos de hospedaje, transporte y alimentación serán solventados por el Gobierno de losEstados Unidos de América, no generando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El referido Personal Superior y Subal- terno deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Dis- posición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SGde fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 12609 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G2D /G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G61/G63/G74/G69/G63/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G49/G49/G49/G4A/G75/G65/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G48/G65/G78/G61/G6C/G61/G74/G65/G72/G61/G6C/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 638-2005-DE/MGP Lima, 8 de julio de 2005 Visto el Oficio P.200-1218 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 1 de julio de 2005; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo informado en el documento del visto, se ha determinado que es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior enComisión del Servicio del Personal Superior que se deta- lla en la parte resolutiva de la presente Resolución, a fin que participe en el III Juego de Guerra Hexalateral, allevarse a cabo en la Escuela de Guerra Naval de la Marina de Brasil, ciudad de Río de Janeiro de dicho país, del 17 al 23 de julio de 2005; Que, los gastos de hospedaje, transporte y alimenta- ción serán solventados por el Comando Sur de los Estados Unidos de América, no generando gastos alTesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciem- bre de 2004, los viajes que únicamente irroguen gasto al Tesoro Público por concepto de Tarifa Única de Uso deAeropuerto podrán ser autorizados por Resolución Mi- nisterial del Sector correspondiente; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcio- narios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2005, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi- sión del Servicio del Capitán de Navío Mario Luis CABALLERO Ferioli, CIP 02779584, Capitán de FragataJorge Martín ZEGARRA Rivas, CIP 00819591, Capitán de Corbeta Rudi Piero QUIÑONEZ Benedetti, CIP 00957021 y Teniente Primero CJ. Luis Ricardo LITUMAMuñoz, CIP 00909956, a fin que participen en el III Juego de Guerra Hexalateral, a llevarse a cabo en la Escuela de Guerra Naval de la Marina de Brasil, ciudad de Río deJaneiro de dicho país, a partir del 17 al 23 de julio de 2005.Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda deacuerdo con las disposiciones vigentes: TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO US$ 28.24 x 4 personas Artículo 3º.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- Los gastos de hospedaje, transporte y alimentación serán solventados por el Comando Sur de los Estados Unidos de América, no generando gastos alTesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El mencionado Personal Superior dará cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fe- cha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Su-premo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 12611 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G65/G78/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G2D /G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G72/G63/G61/G2D/G64/G6F/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G70/G61/G72/G74/G65/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G6E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G43/G6C/G75/G62/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G72/GED/G73/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G72/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G38/G30/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G45/G46 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 318-2005-EF/75 Lima, 13 de julio de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2005-EF, se ha aprobado la emisión internacional de bonos sobe- ranos por parte de la República del Perú en el marco dela operación de renegociación con el Club de París; Que, el artículo 6º del referido Decreto Supremo dis- puso que los contratos que se deriven de las emisionesinternacionales que se realicen, serán aprobados por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas, estando autorizado el Director General de la DirecciónNacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir, en representación de la República del Perú, todos los documentos relaciona-dos a la referida operación de renegociación; Que, para la referida emisión se utilizará el contrato denominado "Fiscal Agency Agreement" y sus modifica-torias, cuyo texto fue aprobado mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 031-2003-EF/75, 658-2003-EF/75 y 493-2004-EF/75; Que, para la implementación de la emisión de bonos soberanos que se realice en el mercado internacional en virtud del referido Decreto Supremo se requiere aprobarel texto del contrato denominado "Underwriting Agree- ment" a ser suscrito entre la República del Perú, J.P. Morgan Securities Inc. y UBS Securities LLC; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Su- premo Nº 080-2005-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el texto del contrato denomi- nado "Underwriting Agreement" a ser suscrito entre la República del Perú, J.P. Morgan Securities Inc. y UBS