Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2005 (15/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G37/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de julio de 2005 Securities LLC, el cual constituye un documento necesa- rio para implementar la emisión de bonos soberanos enel mercado internacional a realizarse como parte de la operación de renegociación con el Club de París en vir- tud del Decreto Supremo Nº 080-2005-EF. Regístrese y comuníquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 12618 /G44/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6C/G6F/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G62/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G73/G6F/G62/G65/G72/G61/G6E/G6F/G73/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G61/G6C/G20/G61/G6D/G2D/G70/G61/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G38/G30/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G45/G46 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 319-2005-EF/75 Lima, 13 de julio de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2005-EF se ha autorizado la emisión internacional de bonos sobera-nos por parte de la República del Perú en el marco de la operación de renegociación con el Club de París; Que, el artículo 5º del referido Decreto Supremo dispone, entre otras cosas, que el monto de la coloca- ción será determinado por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Su- premo Nº 080-2005-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Determinar que el monto de la colocación de bonos soberanos a ser realizada al am- paro del Decreto Supremo Nº 080-2005-EF es de US$ 750 000 000,00 (Setecientos cincuenta millones y 00/100 de Dólares de Estados Unidos de América). Regístrese y comuníquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 12619 ENERGÍA Y MINAS /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G20/G65/G6D/G2D /G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G74/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61/G2C/G20/G4C/G61/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64/G20/G79/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2005-EM Lima, 14 de julio de 2005VISTO: El Expediente Nº 14133004, sobre otorga- miento de concesión definitiva para desarrollar la activi-dad de transmisión de energía eléctrica, presentada por Compañía Minera Poderosa S.A., persona jurídica ins- crita en la Partida Nº 01204769 del Registro de PersonasJurídicas de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima; CONSIDERANDO:Que, la solicitud de concesión definitiva para desa- rrollar la actividad de transmisión de energía eléctricacomprende la línea de transmisión de 60 kV SE Santa Mónica (Cajabamba) - SE Morena (Pataz), ubicada en el distrito y provincia de Cajabamba del departamento deCajamarca y los distritos de Cochorco, Sartimbamba,Chugay, Marcaval y Pataz, provincias de Sánchez Carrión y Pataz del departamento de La Libertad, cuyascoordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 208-2004- MEM/AAE, de fecha 28 de noviembre de 2004, se apro-bó el Estudio de Impacto Ambiental de la línea de transmi- sión de 60 kV SE Santa Mónica (Cajabamba) - SE More- na (Pataz), Que, la petición se halla amparada en las disposicio- nes contenidas en el artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y los artículospertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los re- quisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cum- plido con los requisitos establecidos en la Ley de Conce-siones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Infor- me Nº 056-2005-DGE-CEL, complementado con el In- forme Nº 106-2005-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a Compañía Minera Pode- rosa S.A., concesión definitiva para desarrollar la ac-tividad de transmisión de energía eléctrica con la lí- nea de transmisión de 60 kV SE Santa Mónica (Caja- bamba) - SE Morena (Pataz), ubicada en el distrito yprovincia de Cajabamba del departamento de Caja- marca y los distritos de Cochorco, Sartimbamba, Chugay, Marcaval y Pataz, provincias de SánchezCarrión y Pataz del departamento de La Libertad, en los términos y condiciones de la presente Resolu- ción y los que se detallan en el Contrato de Conce-sión que se aprueba en el artículo 3º de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los bienes indispensables para operar la concesión son los siguientes: Salida/Llegada de la Tensión Nº de Longitud Ancho de Faja línea de transmisión (kV) ternas (km) de Servidumbre que corresponde (m) SE Santa Mónica (Cajabamba) - 60 01 49,24 16 SE Morena (Pataz) Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 241-2005 a suscribirse con la empresa Compañía Mine-ra Poderosa S.A., el que consta de 18 cláusulas y 4 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electri- cidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato deConcesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Su- prema deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión Nº 241-2005, referi- do en el artículo 3º de esta Resolución, en cumplimientodel artículo 56º del Reglamento de la Ley de Concesio- nes Eléctricas. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi- cada al concesionario dentro de los cinco (5) días ca-lendario siguientes a su expedición y deberá ser publi- cada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamentode la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 12658