Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2005 (25/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de MORDAZA de 2005

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de liquido asfalto
ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2005-MDPN
Pueblo MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2005 VISTO: En sesion de fecha 30 de junio del 2005, el Informe Nº 0011-2005-MDPN-ABAST, del Area de Abastecimientos solicitando declarar la exoneracion por la modalidad de bienes y servicios que no admiten sustitutos el suministro de Liquido Asfalto PEN y el Informe Nº 012-2005-MDPNALE, del Asesor Legal; CONSIDERANDO: Que, se necesita abastecer de insumos a la Planta productora de asfalto debido a las serias implicancias que ocasionaria su paralizacion en la ejecucion de obras y proyectos en beneficio del distrito de Pueblo Nuevo; Que, a la fecha se ha aprobado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, requisito indispensable para llevar adelante el MORDAZA de Seleccion correspondiente, de no ser aprobado el Plan Anual, el MORDAZA de Seleccion seria nulo; Que, el articulo 19º y 21º, del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, sobre Exoneracion a procesos de Seleccion, senala en el inciso e) que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen por ser bienes o servicios no admiten sustitutos o exista proveedor unico en conformidad con la presente ley; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 144º de la acotada ley, en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y

siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, el articulo 20º, de la acotada MORDAZA, senala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizan mediante el MORDAZA de Adquisicion de Menor Cuantia, debiendo aprobarse la exoneracion por Acuerdo de Concejo, el cual debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles de su emision; igualmente debe remitirse MORDAZA del Acuerdo de Concejo y de los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por el Articulo 41º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, y con las dispensas del tramite de Aprobacion del Acta, por mayoria acuerda; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar la exoneracion por la modalidad de bienes y servicios que no admiten sustitutos a la adquisicion del liquido asfalto PEN de la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA, segun el siguiente detalle:
ITEMS Item I: PRODUCTO Liquido Asfalto PEN CANTIDAD 58354 GL TOTAL MONTO S/. 260404.30 S/. 260404.30

Articulo Segundo.- Encargar al Area de Abastecimiento, la adquisicion mediante el MORDAZA de Menor Cuantia, de conformidad a lo establecido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Disponer se notifique a la Contraloria General de la Republica, CONSUCODE, el presente Acuerdo de Concejo, dentro de los diez dias siguientes a su fecha de aprobacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13080

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete y deberan venir elaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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