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PÆg. 297871 NORMAS LEGALES Lima, domingo 31 de julio de 2005 haberse encontrado en ella vestigios arqueológicos que ameriten su condición de intangible. Corresponde al área ocupada por las manzanas 62, 62A y 64 del A.H. Armando Villanueva del Campo, distrito de LosOlivos, provincia y departamento de Lima. Abarca una extensión superficial de 13,491.84 m2 encerrada den- tro de una poligonal de 772.49 ml cuyos datos técni-cos están contenidos en el Plano PPAR-005-CC- ZAOAAHH-2005. Artículo 6º.- CATEGORIZAR como Zona Desafec- table al área evaluada de la Zona Arqueológica El Na- ranjal - Sector B al no haberse encontrado en ella vestigios arqueológicos que ameriten su condición deintangible. Corresponde al área ocupada parcialmen- te por las manzanas 203 y 204 del A.H. San Martín de Porres, distrito de Los Olivos, provincia y departa-mento de Lima. Abarca una extensión superficial de 4,615.00 m2 encerrada dentro de una poligonal de 272.00 ml, cuyos datos técnicos están contenidos enel Plano PPAR-005-CCZAOAAHH-2005. Artículo 7º.- APROBAR el Plano Nº PREM-006- CCZAOAHH-2005 que define el perímetro de las áreasremanentes de la Zona Arqueológica El Naranjal. Artículo 8º.- DISPONER la inscripción del plano re- manente Nº PREM-006-CCZAOAAHH-2005 de la zonaarqueológica El Naranjal, en los Registros Públicos de Lima y Callao y en el Margesí de Bienes y Acciones Registrales de la Superintendencia de Bienes Naciona-les, de manera que quede saneada su situación legal, estableciendo sus características de inalienabilidad, in- tangibilidad e imprescriptibilidad. Artículo 9º.- COMUNICAR a la Municipalidad Dis- trital de San Martín de Porres, COFOPRI, autoridades políticas y civiles acerca de las categorías estableci-das en la zona y las acciones que deberán realizar acorde con éstas. Artículo 10º.- COMUNICAR a COFOPRI y a la Municipalidad Distrital de Los Olivos que deberán sus- pender el proceso de formalización en las zonas ca- tegorizadas en Emergencia mientras no se realicenlos trabajos de rescate, se evalúen sus resultados y se establezca la categorización definitiva a éstas. Artículo 11º.- COMUNICAR los alcances de la pre- sente resolución a las empresas SEDAPAL, EDELNOR, Telefónica del Perú y al Programa A Tra- bajar Urbano, con la finalidad de que se abstenganrealizar cualquier tipo de obra que atenten contra la integridad de las zonas arqueológicas intangibles. Artículo 12º.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 13421 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de Arequipa JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 125-2005/SBN-GO-JAR La Molina, 26 de julio de 2005 Visto el Expediente Nº 097-2005/SBN-JAR, correspondiente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 102 679,37 m²,ubicado en el sector "Piedras Blancas", a la altura del kilómetro 669,85 de la Carretera Panamericana Sur, dis- trito de Atico, provincia de Caravelí, departamento deArequipa; y,CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento econó-mico de los bienes del Estado en armonía con el inte- rés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para suregistro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacio-nales, se identificó un terreno de 102 679,37 m² ubi- cado en el sector "Piedras Blancas", a la altura del kilómetro 669,85 de la Carretera Panamericana Sur,en el distrito de Atico, provincia de Caravelí, departa- mento de Arequipa, que se encuentra libre de ins- cripción; Que, realizada la inspección técnica con fecha 31 de mayo de 2005, se constató que se trata de un terreno eriazo de topografía ligeramente plana, que ensu mayor parte está sin uso alguno, encontrando que la empresa TIM Perú S.A.C. ha construido una Esta- ción Base Celular que ocupa sólo el 3% del área totaldel predio; Que, la Zona Registral XII - Sede Arequipa, me- diante Certificado de Búsqueda Catastral Nº 053992-2005 de fecha 21 de junio de 2005, expedido de con- formidad con el Informe Técnico Nº 0867-2005/Z.R. Nº XII-OC de fecha 20 de junio de 2005, señala que elinmueble de 102 679,37 m² submateria, no aparece registrado y/o actualizado en sus Archivos, indicando además que la Búsqueda se ha realizado a nombre dela Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supre- mo Nº 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de laSuperintendencia de Bienes Nacionales" señala que los terrenos eriazos o ribereños son bienes de propie- dad estatal, por lo que corresponde tramitar la prime-ra inscripción de dominio del terreno antes descrito, de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Ur- gencia Nº 071-2001-EF, Artículo 33º del Decreto Su-premo Nº 154-2001-EF, que aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bie- nes de Propiedad Estatal" y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modificada por laDirectiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización y Fun-ciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recupera- ciones a identificar los terrenos eriazos y/o en aban-dono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738,Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Es- tatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento Ge-neral de Procedimientos Administrativos de los Bie- nes de Propiedad Estatal", modificado por Decreto Su- premo Nº 107-2003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0187-2005/SBN-GO-JAR, de fecha 30 de junio de 2005; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 102 679,37 m², ubicado en el sector "Piedras Blancas", a la altu-ra del kilómetro 669,85 de la Carretera Panamerica- na Sur, en el distrito de Atico, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, según el plano y memo-ria descriptiva que sustentan la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XII - Sede Arequi- pa de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la primera inscripción de dominio a favor del