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PÆg. 293651 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de junio de 2005 modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, artículos 20º y 21º de su Reglamento, Decreto Supremo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energía y Minas, para que en nombre y representación del Esta- do, formule la correspondiente denuncia penal y demás acciones legales pertinentes contra los señores Juan Adolfo Mamani Quispe, Ismael Salaman Flores, Ricardo Cutipa Fernández, Natalia Vargas Wallpa y Washington Ortega Ortega, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase al referido Procurador Públi- co, los antecedentes de la presente resolución, con trascripción de la misma para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 10105 INTERIOR Modifican el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Ministeriopara el Aæo Fiscal 2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1215-2005-IN-0501 Lima, 26 de mayo del 2005 VISTO:El Oficio Nº 1644-2005-IN-0501 de la Oficina Gene- ral de Administración, que adjunta el Informe Nº 015- 2005-IN/0506 de la Oficina de Abastecimiento y Servi- cios Auxiliares; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0144-2005- IN-0501 del 29 de enero de 2005, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior para el Año Fiscal 2005, el mismo que ha sido modificado por la Resolución Ministerial Nº 0405-2005- IN/PNP de fecha 28 de febrero de 2005 (en versión pri- mera) y por la Resolución Ministerial Nº 0950-2005-IN- 0501 de fecha 20 de abril del 2005 (en segunda versión); Que, el artículo 23º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que dicho Plan Anual debe contener, todas las adquisi- ciones y contrataciones, con independencia del régimen que las regule; Que, el artículo 24º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que serán incluidas en el Plan Anual las Adquisiciones de Menor Cuantía cuyas adquisiciones y contratacio- nes puedan ser programadas; Que, el artículo 27º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que el Plan Anual podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestaria o en caso de reprogra- mación de metas institucionales, cuando se tenga que incluir o excluir procesos o se modifique la cantidad pre- vista de bienes, servicios u obras en más del 25% del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selec- ción, siendo aprobadas y difundidas de acuerdo a los Art. 25º y Art. 26º de dicho Reglamento; Que, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxi- liares mediante el documento del visto, solicita la modifi- cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, sustentando el pedido en la necesidad de inclusión, ex-clusión y actualización de valores referenciales relati- vos al Sistema de Evaluación Internacional de Procesos administrados por la UNOPS mediante Acuerdo MININTER - UNOPS PER/02/r33, a solicitud del Despa- cho Viceministerial de la Unidad Ejecutora 001 - Oficina General de Administración dependiente del Pliego 007 Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 23º, 24º, 25º, 26º y 27º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y, Contando con la visación de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica del Ministerio del Interior y de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 512-B-92-IN/DM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Ministerio del Interior del Año Fiscal 2005 conforme al Anexo Nº 01, el cual consta de catorce (14) folios y forma parte integrante de la presen- te Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina General de Ad- ministración del Ministerio del Interior informe dentro del plazo de ley, la presente Resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pe- queña y Microempresa - PROMPYME. Artículo 3º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones del Ministerio del Interior del Año Fiscal 2005 y sus modificatorias se encuentran a disposición del público en general en el portal de la institución: www.mininter.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 10142 PRODUCE Otorgan autorización a Tecnológica de Alimentos S.A. para instalar planta de congelado de productos hidrobiológicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 119-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 3 de mayo de 2005 Visto los escritos con registro Nº CE-02042001 de fecha 24 de febrero, 5 y 11 de abril del 2005, presenta- dos por la empresa TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO:Que el inciso b) del numeral 4 del artículo 43º, artícu- lo 44º y artículo 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley Ge- neral de Pesca, establecen que para la instalación de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorización, la que constituye un derecho específico que el Ministerio de Pesquería, actualmente Ministerio de la Producción, otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que el artículo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que las personas naturales o jurídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobio- lógicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requerirán de autorización para la instalación; Que el numeral 52.1 del artículo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Su- premo Nº 012-2001-PE, señala que la autorización de instalación se otorga con vigencia no mayor de un (1) año, la cual podrá renovarse por una sola vez y por igual