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PÆg. 293667 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de junio de 2005 Software (General), la cual ha sido otorgada mediante Resolución Jefatural Nº 539-2005-JEF/RENIEC de fe- cha 29 de abril del 2005; Que, a través de la Carta de fecha 19 de mayo del 2005, Oracle Latin America, declara que es dueña direc- ta o indirectamente de los derechos de autor y propie- dad intelectual de los productos Oracle, o le han sido otorgados los derechos de distribución de productos Oracle, los cuales incluyen derechos de autor y propie- dad intelectual que pertenecen a otra entidad. Asimismo declara que Sistemas Oracle del Perú S.A., subsidiaria de Oracle Corporation en el territorio del Perú, es la úni- ca empresa autorizada por esta última para distribuir todos los productos y todos los servicios Oracle, a sa- ber licencias, servicios de consultoría, educación certi- ficada y servicios de soporte técnico, incluyendo reno- vación de soporte en todas las plataformas en el territo- rio del Perú; Que, mediante Acta Nº 008-2005-RENIEC de fecha 30 de mayo del 2005, el Comité Técnico Económico del RENIEC, recomienda a la Jefatura Nacional la aproba- ción del expediente de exoneración para la Actualiza- ción de Licencia de Software - Item 1; Que, de conformidad con lo establecido en el nume- ral e) del Artículo 19º del T.U.O. de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado y el Artículo 144º de su Reglamento establecen la exoneración del proceso de selección correspondiente, cuando no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos y siempre que exis- ta un solo proveedor en el mercado; Que, conforme a lo dispuesto en el primer párrafo, literal a) del artículo 20º del TUO de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado vigente, dicha exone- ración se aprueba mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriéndose obligatoriamente, a tal efecto, un informe técnico - legal previo, según lo establecido en el segundo párrafo del mismo artículo; Que, la normativa de Contrataciones y Adquisicio- nes fundamenta la exoneración de un proceso de selec- ción por la causal de servicio que no admite sustituto, en el hecho de que resultaría innecesario convocar a un proceso de selección cuando previamente se tiene co- nocimiento, como resultado del estudio de mercado efec- tuado, que sólo existe una persona jurídica que podría brindar el servicio requerido, razón que permitiría con- tratar a través de acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una sola cotización que cumpla con los requisitos señalados en las Bases, conforme lo dispuesto en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado; Que, en el presente caso la Gerencia de Administra- ción y la Subgerencia de Logística señalan que la em- presa Sistemas Oracle del Perú S.A. es el único provee- dor autorizado por Oracle Corporation para distribuir los productos y todos los servicios Oracle en el territorio del Perú; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones de la Institu- ción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración de la Licitación Pública, por la causal de “bien que no admite sustituto” por la existencia de proveedor único, para la Actualiza- ción de Licencia de Software - Item 1, autorizando la contratación directa respectiva por un monto total de S/. 400.931,30, por la fuente de financiamiento de recur- sos Directamente Recaudados, de acuerdo al siguiente detalle: Licencia Cantidad Tipo de Licencia Oracle Application Server Enterprise Edition 02 Procesadores Oracle Application Server Standard Edition 04 Procesadores Oracle Application Server Enterprise Edition 10 Usuarios Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administra- ción, a través de la Subgerencia de Logística, la contra- tación de la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A., ensu calidad de proveedor único, a fin de que suministre el bien materia de exoneración. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles de su emisión, así como la remisión a la Contraloría General de la República y al Consejo Supe- rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de copia de la misma y de los documentos que la susten- tan, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de aprobación; así como su publicación tanto en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Esta- do - SEACE, como en la página web de la entidad, en coordinación con la Gerencia de Administración y la Ge- rencia de Informática y Estadística, respectivamente. Regístrese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO THORNBERRY VILLARÁN Jefe Nacional (e) 10157 MINISTERIO PÚBLICO Designan a la Fiscal de la Nación y a Fiscal Adjunto Supremo Titular para que actœen como punto de contacto ante la Red Iberoamericana de Coope-ración Internacional en materia penaly civil RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1287-2005-MP-FN Lima, 30 de mayo de 2005 VISTO:El Reglamento por el que se crea la Red Iberoame- ricana de Cooperación Judicial en materia penal y civil (Iber-RED); CONSIDERANDO:Que, la Red Iberoamericana de Cooperación Judicial en materia penal y civil (Iber-RED), está integrada por los Ministerios de Justicia, los Ministerios Públicos y Fis- calías Generales, así como por los organismos judicia- les de los países de la Comunidad Iberoamericana de Naciones, con el propósito de optimizar la cooperación judicial en materia penal y civil entre los Estados partici- pantes y de mantener actualizado un sistema de infor- mación sobre los diferentes sistemas legales; Que, a fin de dar cumplimiento con la Disposición 4. Composición. Literal 2 del Reglamento de la Red, es necesario designar a los representantes del Ministerio Público que cumplirán funciones de punto de contacto con la referida Red Iberoamericana; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la doctora Nelly Calderón Navarro, Fiscal de la Nación y al doctor Justo Germán Ccama Condori, Fiscal Adjunto Supremo Titu- lar, para que actúen como punto de contacto ante la Red Iberoamericana de Cooperación Internacional en mate- ria penal y civil (Iber-RED). Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la pre- sente Resolución a la Secretaría General de Iber-RED y a los señores Fiscales mencionados, para los fines per- tinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 10134