Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2005 (01/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 1 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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Otorgan permiso de pesca provisional o temporal a persona natural para operar embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 120-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2005 Visto la Resolucion Numero Uno de fecha 4 de febrero del 2005 emitida por el Juzgado Mixto de Huarmey en el Expediente Numero 2004-133, en los seguidos por MORDAZA Teque MORDAZA con el Ministerio de la Produccion y otro en MORDAZA contencioso administrativo; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Viceministerial Nº 015-2004PRODUCE/DVM-PE de fecha 10 de febrero de 2004, se declaro inadmisible por extemporaneo el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA Teque MORDAZA contra el acto administrativo ficto denegatorio de su recurso de reconsideracion, en aplicacion del silencio administrativo negativo, interpuesto a su vez contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº 754-2003-PRE/ PE-LL-Depp del 16 de MORDAZA de 2003 mediante el cual se devolvio su solicitud de permiso de pesca presentada el 21 de enero de 2003, dandose por no presentada al no haber subsanado los requisitos faltantes, de conformidad con lo establecido en el articulo 125º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; Que mediante Oficio Numero: 53-2005-JMPH-CSJSPJ-LAR de fecha 11 de febrero del 2005 se alcanza la Resolucion Numero Uno del 4 de febrero 2005 emitida por el Juzgado Mixto de Huarmey en el Expediente Nº 2004-133, en los seguidos por MORDAZA Teque MORDAZA con el Ministerio de la Produccion y otro en MORDAZA contencioso administrativo, en el que se resuelve conceder medida cautelar innovativa al senor MORDAZA Teque MORDAZA disponiendo que la embarcacion pesquera denominada "DON JUAN" de matricula PL-21114-PM de 110.00 m³ de capacidad de bodega, en forma provisional o temporal realice actividades de extraccion de anchoveta y sardina para el consumo humano directo o indirecto, oficiandose a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, para que expida el acto administrativo de permiso de pesca provisional con la finalidad de que el senor MORDAZA Teque MORDAZA ejercite su actividad pesquera sin dificultad hasta el resultado del MORDAZA principal; Que el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establece que los recursos sardina ( Sardinops sagax sagax), jurel ( Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados para el consumo humano directo; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 133-2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y la opinion legal favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En estricto cumplimiento de la medida cautelar innovativa ordenada por el Juzgado Mixto de Huarmey, se dispone otorgar permiso de pesca provisional o temporal al senor MORDAZA TEQUE MORDAZA para operar la embarcacion pesquera "DON JUAN" de matricula PL-21114-PM de 110.00 m³ de capacidad de bodega para extraer los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto empleando para ello redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.) de tamano minimo de abertura de malla, segun corresponda. Articulo 2º.- Incorporar la presente resolucion en el literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 2852003-PRODUCE. Articulo 3º.- El acceso al recurso sardina, esta supeditado a que el senor MORDAZA TEQUE MORDAZA, implemente la totalidad de las bodegas de la embarcacion con sistema de refrigeracion RSW o CSW operativo, cuyo adecuado funcionamiento es de caracter

obligatorio, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 003-2004-PRODUCE. Articulo 4º.- La embarcacion "DON JUAN" de matricula PL-21114-PM no podra efectuar faenas de pesca en tanto no cuente con el Sistema de Seguimiento Satelital instalado operativo. Articulo 5º.- El derecho administrativo concedido por la presente Resolucion quedara sin efecto en el caso que el Poder Judicial, como consecuencia de la revocacion de la medida cautelar lo ordene, o concluya el MORDAZA contencioso administrativo con sentencia firme y desfavorable al titular del derecho indicado. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y al Juzgado Mixto de Huarmey, debiendo consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RICHTER MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 10087

Otorgan autorizacion de incremento de flota a personas naturales para la construccion de embarcacion pesquera de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 121-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2005 Visto el escrito con registro Nº CE-01692003 de fecha 2 de marzo de 2005, presentado por los senores MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORALES. CONSIDERANDO: Que el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo dispone que las autorizaciones de incremento de flota para embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, solo se otorgaran siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente; Que en el MORDAZA de la Ley Nº 26920 y normas complementarias, la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA, a traves de la Resolucion Directoral Nº 058-98CTAR-PIURA-DIREPE-DR de fecha 25 de setiembre de 1998, otorgo a los senores MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "ROSA Y LEONEL" de matricula PT-14030-CM de 50.81 m 3 de capacidad de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo equipada con red de cerco de 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos jurel, caballa, MORDAZA y machete con destino al consumo humano directo en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante la Resolucion Directoral Nº 125-2000CTAR PIURA/DIREPE-DR de fecha 6 de diciembre de 2000, la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA amplio el permiso de pesca a plazo determinado otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 058-98-CTAR-

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