Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2005 (01/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 1 de junio de 2005

Vista la solicitud de la empresa CAMPOSOL S.A., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion General: Servicio Privado; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 1842002-MTC/15.16 del 6 de agosto del 2002 se otorgo a la empresa SERVICIOS AEREOS OCCIDENTALES S.A. (Hoy CAMPOSOL S.A.) Permiso de Operacion de Aviacion General: Servicio Privado, por un plazo de cuatro (4) anos, contados a partir del 1 de setiembre del 2002, siendo modificado a traves de la Resolucion Directoral Nº 003-2005-MTC/12 del 5 de enero del 2005; Que, en el presente tramite de Modificacion de Permiso de Operacion la empresa CAMPOSOL S.A. solicita incrementar MORDAZA de operacion, a las ya autorizadas por su respectivo Permiso de Operacion; Que, segun los terminos de la Memoranda Nº 03022005-MTC/12.AL y Nº 326-2005-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Direccion General de Aeronautica Civil; Memorando Nº 1102-2005-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar en la parte pertinente, el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 184-2002MTC/15.16 del 6 de agosto del 2002, que otorgo a la empresa SERVICIOS AEREOS OCCIDENTALES S.A. (Hoy CAMPOSOL S.A.) Permiso de Operacion de Aviacion General: Servicio Privado, incorporando zonas de operacion a las ya autorizadas en su respectivo Permiso de Operacion, de acuerdo al siguiente detalle: ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: MORDAZA - Huascaran / Anta Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 184-2002-MTC/15.16 del 6 de agosto del 2002, modificada por la Resolucion Directoral Nº 003-2005-MTC/12 del 5 de enero del 2005, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GALLOSO Director General de Aeronautica Civil (e) 09501

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Prorrogan plazo de funcionamiento de la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 106-2005-CE-PJ MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2005 VISTO: El Oficio Nº 25-05-P-SSPT-CS, cursado por el Presidente de la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, CONSIDERANDO: Que, este Organo de Gobierno mediante Resolucion Administrativa Nº 052-2005-CE-PJ, su fecha 24 de febrero del 2005, prorrogo por un periodo de tres (3) meses, a partir del 1 de marzo del 2005, el funcionamiento de la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; Que, el Presidente de la MORDAZA Sala Penal Transitoria del Supremo Tribunal, ha solicitado que se disponga la prorroga del funcionamiento de la citada Sala por el termino de ley, a fin de continuar con la descarga procesal; Que, del informe estadistico remitido aparece que aun quedan causas pendientes de resolver, resultando necesario disponer la prorroga del funcionamiento del referido organo jurisdiccional, por el termino de un (1) mes, a partir del 1 de junio del 2005; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo establecido en el articulo 82º, incisos 18 y 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion extraordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse conformando Sala, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por el termino de un (1) mes, a partir del 1 de junio del 2005, el funcionamiento de la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las MORDAZA Penales de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Fiscal de la Nacion, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Procuraduria Publica del Poder Judicial, e Inspectoria General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 10133

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