Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2005 (12/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de marzo de 2005

2004-CG y en las Resoluciones de Contraloria Nºs. 4332003-CG y 097-2004-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion de la senorita MORDAZA Luz Arbanil MORDAZA, como Jefa del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince, contenida en la Resolucion de Contraloria Nº 103-2004-CG, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince. Articulo Tercero.- El profesional a que se refiere el articulo precedente, mantendra su plaza de origen teniendo derecho a percibir el diferencial remunerativo respecto del nivel y categoria del cargo al que ha sido designado, de acuerdo a lo previsto en la Resolucion de Contraloria Nº 097-2004-CG, durante el ejercicio efectivo de dicho cargo. Articulo Cuarto.- El egreso que irrogue lo dispuesto en el articulo precedente, sera con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, Grupo Generico y Especifico de Gasto, 1. Personal y Obligaciones Sociales, 4. Otros Gastos Corrientes. Articulo Quinto.- La Gerencia de Recursos Humanos dispondra las acciones de personal que correspondan en el MORDAZA de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 05352

Que, en esa virtud, resulta necesario dictar disposiciones tendientes a la elaboracion del Padron Electoral para el desarrollo de la Consulta Popular en los distritos incluidos por disposicion del MORDAZA Nacional de Elecciones, asi como precisar las acciones respecto a los procedimientos de cambio de nombre y domicilio de los ciudadanos que residan en los distritos referidos; y, Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y Ley Nº 26859, Organica de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer el cierre del Padron Electoral, con efectividad al 5 de marzo de 2005, en los distritos de Kelluyo y Asillo, incluidos en la Consulta Popular de Revocatoria convocada para el 3 de MORDAZA de 2005, de conformidad con las Resoluciones Nºs. 040 y 041-2005JNE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 8 y 9 de marzo de 2005, respectivamente. Articulo Segundo.- Con posterioridad a la fecha de cierre del Padron Electoral, no se podran modificar los nombres y domicilios de los ciudadanos que, a dicha fecha, residan en los distritos mencionados. Articulo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Operaciones, Procesos e Informatica y Estadistica el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 05332

SBS
Autorizan viaje de funcionarios para participar en pasantia a realizarse en Brasil
RESOLUCION SBS Nº 430-2005
MORDAZA, 11 de marzo de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del Programa de Fortalecimiento de la Supervision e implementacion del MORDAZA Acuerdo de Capital - Basilea II que viene realizando la Superintendencia de Banca y Seguros, uno de los principales retos constituye la adopcion de un sistema de supervision especializado para la administracion de riesgos, esquema dentro del cual resulta fundamental el fortalecimiento de la supervision extra- situ; Que, en este contexto, se viene llevando a cabo el proyecto para la implementacion de la nueva Central de Riesgos, razon por la cual se ha considerado conveniente llevar a cabo una pasantia en el Banco Central do Brasil, con la finalidad de tomar conocimiento sobre la experiencia de la citada entidad en el diseno, desarrollo e implementacion de la Central de Riesgos (SCR) que opera en Brasil; Que, el Banco Central do Brasil, mediante comunicacion de fecha 3 de marzo de 2005, ha confirmado la realizacion de la citada pasantia para tres funcionarios de la Superintendencia de Banca y Seguros, la misma que se llevara a cabo del 14 al 18 de marzo de 2005 en las ciudades de Brasilia y Sao MORDAZA, Republica Federativa de Brasil; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-06, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2005, estableciendose en el Numeral 6.1. que no se encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directiva, las actividades de capacitacion aprobadas para el ejercicio 2005; Que, por ser de interes para la Institucion, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Intendente del Departamento de Evaluacion de Riesgos de Operacion de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, la senora MORDAZA MORDAZA Solar y el senor Romel MORDAZA MORDAZA, Analistas del Departamento de Desarrollo de Sistemas de la Gerencia

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Disponen el cierre de Padron Electoral en los distritos de Kelluyo y Asillo, incluidos en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 347-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 10 de marzo de 2005 Vistas las Resoluciones Nºs. 040 y 041-2005-JNE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 8 y 9 de marzo de 2005. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, mediante Resoluciones Nºs. 040 y 041-2005-JNE, el MORDAZA Nacional de Elecciones incluyo en la convocatoria al MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, a los distritos de Kelluyo y Asillo, respectivamente; Que, para ese efecto, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil debe elaborar sobre la base del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, el Padron Electoral a emplearse en los comicios referidos, de acuerdo a lo establecido por el inciso d) del Articulo 7º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y Articulo 196º de la Ley Nº 26859, Organica de Elecciones; Que, conforme lo dispuesto por el Art. 1º de la Ley Nº 27764, el Padron Electoral se cierra ciento veinte (120) dias MORDAZA de la realizacion de cualquier MORDAZA electoral, fecha a partir de la cual no es posible efectuar variaciones de domicilio, nombre ni otro MORDAZA que altere la informacion contenida en el referido padron;

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