Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2005 (12/03/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 12 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 288875

quenos y microempresarios; siendo dicha MORDAZA modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizo destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos via el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del MORDAZA, asi mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agrego al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposicion que senalo que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrian transferir en calidad de donacion a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitacion o de promocion social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifica la organizacion y funcion de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversion privada; Que, a traves de los oficios de Vistos, el Sr. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Ilo, departamento de MORDAZA, solicito al Ministerio lde Vivienda, Construccion y Saneamiento a donacion de modulo de maquinaria para confecciones e industria del cuero; adecuandose dicho pedido en coordinaciones conjuntas con el citado gobierno local y los funcionarios del Ministerio a maquinarias de mecanica de produccion, confecciones e industria del cuero; Que, mediante Memorandum Nº 249-2004/VIVIENDAVMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipamiento Basico Municipal corrio traslado del Informe Tecnico Nº 031-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR en el cual se precisa que la entidad solicitante cumplio con sustentar la existencia de infraestructura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada como donacion; Que, el Comite de Gestion Patrimonial contando con la opinion tecnica favorable del Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposicion de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para ser transferidos, aprobada via la Resolucion de Secretaria General N° 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donacion de las maquinas detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donacion de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion a favor de la Municipalidad Provincial de Ilo, departamento de MORDAZA, con la finalidad de implementar los Centros Educativos: "Carlos A. Velasquez", "Daniel MORDAZA Ocampo" y "Mercedes MORDAZA de Carboneras"; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de las maquinarias de mecanica de produccion, confecciones e industria del cuero descritas en el el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion, valorizadas en S/. 49 754.51 (Cuarenta y Nueve Mil Setecientos Cincuenta y Cuatro con 51/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Provin-

cial de Ilo, departamento de MORDAZA, con la finalidad de implementar los Centros Educativos: "Carlos A. Velasquez", "Daniel MORDAZA Ocampo" y "Mercedes MORDAZA de Carboneras". Articulo 2º.- El Programa de Equipamiento Basico Municipal sera responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 05382

Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2005
RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL Nº 022-2005-VIVIENDA/SG
MORDAZA, 10 de marzo del 2005 VISTOS el Memorandum Nº 642-2004-VIVIENDA/VMVU, el Memorandum Nº 064-2005-VIVIENDA/VMVU, el Memorandum Nº 071-2005-VIVIENDA-VMVU-DNV, los Memorandums Nºs 021, 060 y 107-2005-VIVIENDA-VMVU-DNU, el Memorandum Nº 050-2005/VIVIENDA-VMCS-DNC, el Memorandum Nº 099-2005/VIVIENDA-VMCS-DNS, el Memorandum Nº 0492005/VIVIENDA-VMCS-OMA, el Memorandum Nº 097-2005/ VIVIENDA-VMCS-UGP PRONASAR y los Memorandums Nºs 037 y 039-2005-VIVIENDA-VMCS-PREBAM; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Secretaria General Nº 0082005-VIVIENDA-SG, de fecha 27 de enero del 2005 se aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones para el periodo Enero - Diciembre del Ano Fiscal 2005 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, correspondiente a las Unidades Ejecutoras 001, 002, 003 y 004, el mismo que en anexo, forma parte integrante de dicha Resolucion; Que, el Articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que el Plan Anual podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de las metas institucionales; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 323-2004-VIVIENDA, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Ano Fiscal 2005 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento por MORDAZA de Financiamiento de acuerdo al detalle en el indicado; Que la Oficina General de Administracion, mediante Memorandum Nº 230-2005-VIVIENDA-OGA, solicita la inclusion y exclusion en el Plan Anual de los procesos de seleccion que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion, en funcion a los objetivos y metas trazadas y al MORDAZA presupuestal asignado, los mismos que cuentan con opinion favorable de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto sobre la disponibilidad presupuestal; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27792: Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Texto Unico Ordenado y su Reglamento aprobados por Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, respectivamente; Estando a lo MORDAZA expuesto y con la visacion de la Oficina General de Administracion, de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 001-2005-VIVIENDA;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.