Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2005 (12/03/2005)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de marzo de 2005

Articulo Unico.- Designar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director General de Promocion y Desarrollo Tecnologico, a partir del 9 de marzo de 2005. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 05234

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Autorizan contratar arrendamiento de inmuebles donde operan Coordinaciones Departamentales de la ONP en los distritos de MORDAZA, Pucallpa y MORDAZA, departamentos de La MORDAZA, Ucayali y MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 019-2005-JEFATURA/ONP
MORDAZA, 1 de marzo de 2005 VISTO: El Informe Nº 003-2005-GO.CD/ONP de fecha 11 de febrero de 2005, emitido por la Division de Coordinaciones Departamentales de la Gerencia de Operaciones de la Oficina de Normalizacion Previsional, mediante el cual se sustenta y se solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para contratar el arrendamiento de los inmuebles donde operan las Coordinaciones Departamentales de la Entidad en los distritos de MORDAZA (departamento de La Libertad), Pucallpa (departamento de Ucayali) y MORDAZA (departamento de Piura); CONSIDERANDO: Que, el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que las adquisiciones y contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos y existe proveedor unico, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º de la Ley en mencion, todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico - legal previo; Que, asimismo, la disposicion acotada en el considerando precedente, senala que dicha Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del articulo 19º de la Ley, remitiendose MORDAZA de la misma y del informe tecnico - legal que la sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dispone que en caso no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Dicha MORDAZA precisa que se entendera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, mediante el Informe Nº 003-2005-GO.CD/ONP de fecha 11 de febrero de 2005, la Division de Coordinaciones Departamentales de la Gerencia de Operaciones justifica la necesidad de contratar el arrendamiento de los inmuebles donde operan las Coordinaciones Departamentales de la Entidad en los Distritos de MORDAZA (departamento de La Libertad), Pucallpa (departamento de Ucayali) y MORDAZA (departamento de Piura), senalando que los contratos

de arrendamiento de dichos inmuebles suscritos entre sus propietarios y la ONP se encuentran por concluir a la fecha; Que, en dicho informe, la referida Division de Coordinacion de Departamentales comunica que tales inmuebles cumplen con las exigencias de la Institucion, ya que son los unicos en el centro perimetrico de la MORDAZA de MORDAZA, Pucallpa y MORDAZA, que por sus caracteristicas en la estructura, diseno y acondicionamiento, permitiria la adecuada atencion del pensionista y publico en general; Que, asimismo se precisa en el referido documento que, luego de haberse efectuado los procesos de seleccion correspondientes (que generaron la celebracion de los contratos de arrendamiento de los locales ubicados en MORDAZA, Pucallpa y Piura), se realizaron los respectivos procesos de seleccion a fin de contratar los servicios de asesoria especializada en la elaboracion del diseno de la plataforma de atencion de dichos inmuebles arrendados y que luego de haberse presentado los disenos, se realizaron otros procesos de seleccion para contratar a los proveedores que se encarguen de realizar el servicio de acondicionamiento de los inmuebles. Indica que una vez culminado los referidos acondicionamientos segun las caracteristicas tipo-ONP lo que significo realizar , gastos en las divisiones y/o uniones de ambientes, pintado de acuerdo a los MORDAZA estandares, construccion de servicios higienicos para discapacitados, etc., las coordinaciones departamentales de la ONP en MORDAZA, Pucallpa y MORDAZA iniciaron su funcionamiento hasta la fecha; Que, no existiendo en las zonas requeridas otros locales que satisfagan las necesidades de la Entidad, y por las razones tecnicas expuestas, para el arrendamiento de tales locales procede exonerarse del MORDAZA de seleccion que corresponda por la causal descrita en el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en tanto que se trata de servicios que no admiten sustitutos y existen proveedores unicos para cada uno de los locales; Que, por lo expuesto, en el presente caso, al producirse una situacion enmarcada en los terminos establecidos en el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por tratarse de servicios que no admiten sustitutos y existen proveedores unicos, resulta procedente autorizar la contratacion directa del servicio de arrendamiento, exonerandolo de los correspondientes procesos de seleccion, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º de la MORDAZA acotada y segun el procedimiento que determinan los articulos 146º, 147º y 148º de su Reglamento; Que, mediante el Informe Legal Nº 050-2005-GL.AL24/ONP de fecha 22 de febrero de 2005, la Gerencia Legal considera que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para contratar el arrendamiento de los inmuebles donde operan las Coordinaciones Departamentales de la Oficina de Normalizacion Previsional en los distritos de MORDAZA (departamento de La Libertad), Pucallpa (departamento de Ucayali) y MORDAZA (departamento de Piura), en virtud de que esta se encuentra enmarcada dentro del presupuesto establecido en el inciso e) del articulo 19º del acotado Texto Unico Ordenado; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante la Resolucion Nº 118-2001CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 018-2004-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, al haberse configurado la causal a que se refiere el inciso e) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, para contratar el arrendamiento de los inmuebles donde operan las Coordinaciones Departamentales de la Oficina de Normalizacion Previsional en los distritos de MORDAZA (departamento de La Libertad), Pucallpa (departamento de Ucayali) y MORDAZA (departamento de Piura), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administracion a contratar el arrendamiento de los inmuebles donde operan las Coordinaciones Departamentales de la Oficina de Normalizacion Previsional en los distritos de MORDAZA (departamento de La Libertad), Pucallpa (departamento

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