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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G39/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de marzo de 2005 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G2D /G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G72/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G20/G64/G69/G73/G2D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000172 Callao, 7 de marzo de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 2º inciso 5), estipula el derecho fundamental de acceso a la información, al establecer que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la informa-ción que requiera y recibirla de cualquier entidad públi- ca, en el plazo legal y con el costo que suponga este pedido; Que, con la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho constitucional antes citado, se ha promulgado la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, lamisma que concuerda con la Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General - Ley Nº 27444, las cuales promueven la Transparencia de los actos de todas las entidades de laAdministración Pública, entre ellos de los Gobiernos Loca- les; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27806, establece que la Entidad designará al funcionario responsable de entregarla información solicitada, y en su artículo 8º, que la mencio- nada designación debe darse bajo responsabilidad del máximo responsable de la Entidad; Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al Dr. DANTE MANUEL MESA PINTO, Gerente de Apoyo al Con- cejo Municipal y Alcaldía, como el responsable de entregar la información solicitada por cualquier ciudadano, en virtudde lo dispuesto en la Ley Nº 27806, "Ley de Transparencia y Acceso a la Información". Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General de Administración la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 05226 MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 007-2005-MDCLR Carmen de la Legua - Reynoso, 8 de febrero del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DELA LEGUA - REYNOSO POR CUANTO:En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha el Acuerdo de Concejo Nº 015-2005-MDCLR de fecha8/2/2005, que excluye del TUPA la Presentación de CopiaLegalizada de la Sentencia de Divorcio o Anulación Matri- monial; CONSIDERANDO:Que, con fecha 15 de enero del 2005, mediante Informe Nº 011-2005-RR.CC.MDCLR concordante conel Informe Nº 009-2005-RR.CC.MDCLR, de fecha 17 deenero del 2005, el Subgerente de Registros Civiles su-giere a Secretaría General obviar el requisito 2, es decirla presentación de la copia legalizada de la sentenciade divorcio o anulación matrimonial en el trámite deApertura de Pliego de Matrimonio para ContrayentesDivorciados; Que, mediante Informe Nº 49-2005-GAL-MDCLR, el Gerente de Asesoría Legal opina que debe ser elevado ala Comisión que elaborará el nuevo TUPA en concordanciaa lo dispuesto en el Art. 38º de la Ley Nº 27444 de Proce-dimiento Administrativo General; Que, por lo expuesto se hace necesario promulgar el dispositivo legal correspondiente y en uso de las faculta-des conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades y con el voto por UNANIMIDAD de losseñores Regidores se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- Excluir del TUPA, UNIDAD ORGÁNICA: DIRECCIÓN DE SERVICIOS SOCIALES - DIVISIÓN DEREGISTROS CIVILES el Procedimiento Nº 12 Apertura dePliego de Matrimonio Civil - Contrayentes Divorciados, elRequisito 2: Presentación de Copia Legalizada de la Sen-tencia de Divorcio o Anulación Matrimonial. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde 05292 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G2D /G72/G69/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2005-MDCLR Carmen de La Legua - Reynoso, 2 de marzo del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO VISTO: El Informe Nº 033-2005-GAT/MDCLR, de la Gerencia de Administración Tributaria, referente a la Ampliación dela Amnistía Tributaria; CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de marzo del 2005, mediante Informe Nº 033-2005-GAT/MDCLR, la Gerencia de AdministraciónTributaria, informa que el 28/2/2005 concluyó la Ampliaciónde la Amnistía Tributaria; Que, el Artículo 9º de la Ordenanza Municipal Nº 029-2004- MDCLR, otorga facultades al Despacho de Alcaldía a Decretarla Ampliación mediante Decreto de Alcaldía, por lo que el Ge-rente de Administración Tributaria solicita se emita el respectivoDecreto ampliando la Amnistía Tributaria, hasta el 31/3/2005; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das a la Alcaldía por la Ley Nº 27972 - Orgánica de Muni-cipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar la Vigencia de la Amnistía Tributaria hasta el 31/3/2005, vencido este plazo, la Admi-nistración procederá a cobrar el íntegro de la deuda tribu-taria y no tributaria reajustada a la fecha de pago, ademásde las sanciones que se deriven por el incumplimiento de laobligación formal del contribuyente, en el caso de obliga-ciones tributarias. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Adminis- tración Tributaria, Subgerencia de Informática y Subgeren-