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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G39/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de marzo de 2005 Área (m2) Área Bruta 11,044.00 Área Útil 10,542.94 Área de Vía Pública 501.06 Lote Nº Área Lote Nº Área Lote Nº Área Lote Nº Área (m2) (m2) (m2) (m2) 1 478.86 6 100.86 11 957.54 16 151.25 2 501.39 7 496.76 12 981.05 17 184.45 3 328.00 8 139.08 13 103.94 18 956.45 4 595.32 9 818.60 14 320.60 19 960.92 5 376.48 10 952.23 15 152.41 20 987.53 El déficit de los aportes reglamentario correspon- dientes, han sido redimidos en dinero, habiendo reali-zado los pagos respectivos al Ministerio de Educación,SERPAR de Lima y a esta Corporación correspondien-temente, Artículo Tercero.- AUTORIZAR la libre Adjudicación de los lotes que se recepcionan de los lotes de la presenteHabilitación Urbana en Vía de Regularización de Tipo Pro-gresivo, de conformidad con el Plano Nº 001-2005-JARM/GSAM/MSJL, Artículo Cuarto.- DISPONER que los propietarios del terreno de 11,044.00 m2, en la titulación individual quecelebren, deberán insertar en a la minuta correspondientelas cláusulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes,en razón que la Habilitación Urbana es irregular y no tieneuna solución técnica urbanística asimismo se establece,que se deja diferida en un plazo de tres años la ejecuciónde las obras de pistas, aceras y rampas peatonales deresponsabilidad de los compradores de los lotes de acuer-do a las especificaciones técnicas que se establecen en laMemoria Descriptiva, la cual forma parte de la presenteResolución. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo delos administrados en un plazo no mayor de quince (15)días calendario, contados a partir de la fecha de notifica-ción de la presente, sufragando los gastos a que hubierelugar. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao para la inscrip-ción correspondientes, a cargo de los interesados. Artículo Sétimo.- REMITIR copia certificada a la Direc- ción Municipal de Desarrollo Urbano de la MunicipalidadMetropolitana de Lima, de acuerdo al artículo 20º delD.S. Nº 011-98-MTC-TUO, del Reglamento de la Ley Gene-ral de Habilitaciones Urbanas. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desa- rrollo Urbano incorporar la presente Habilitación Urbana enel Plan Urbano del distrito de San Juan de Luriganchosiendo éste su competencia según lo establece el ROIFvigente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS MELÉNDEZ REYES Gerente 05022 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F/G20/G64/G65 /G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G64/G65/G20/G6E/G61/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000028-MDSJM San Juan de Miraflores, 11 de febrero del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORESVistos y Oídos: el Dictamen Nº 009-CDH-MDSJM-2004 remitido con Oficio Nº 485-SR-MDSJM-2004 de fecha27.12.2004 de la Comisión de Desarrollo Humano; InformeNº 2097-04-MDSJM/GM-OAJ de fecha 30.11.2004 de laOficina de Asesoría Jurídica de esta Comuna. POR CUANTO:El Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha y con la dispensa del trámite de lalectura y aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Polí- tica del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la LeyNº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobier-nos Locales, gozan de autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 2º de la Constitución Política del Perú, consagra en su inciso 1) que toda persona tiene derecho ala vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica,física y a su libre desarrollo y bienestar; asimismo el artículo19º del Código Civil establece que toda persona tiene elderecho y deber de llevar un nombre, éste incluye los ape-llidos; el nombre es la designación que oficialmente sehace ante el respectivo Registro Civil para la identificaciónde la persona; Que, el artículo 84º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades, señala que las Municipalidades ejercen fun-ciones en materia de programas sociales, de defensa ypromoción de derechos; y considerando que nuestra po-blación atraviesa situaciones de extrema pobreza en lacual están inmersas la gran mayoría de familias por laescasez de trabajo, el crecimiento demográfico generandocomo consecuencia la limitación de los recursos económi-cos, y que en el caso de las inscripciones extraordinariasde nacimiento se considera un pago, que en muchoscasos debido a la crisis económica impide la inscripciónextraordinaria de nacimiento, por la precaria situacióneconómica de muchas familias, acrecentando de estemodo el número de niños, adolescentes y también adul-tos que no pueden regularizar su inscripción de nacimien-to en el Registro Civil correspondiente, y por consiguientegenerando la limitación en el ejercicio de sus derechoscomo son al nombre, a su identidad, a una ciudadaníaconllevando ello a la limitación de la capacidad del ejerci-cio de sus derechos civiles. Que, de conformidad con el artículo 9º, numeral 9) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, se esta-blece que son atribuciones del Concejo Municipal, crear,modificar, suprimir o exonerar de sus contribuciones, tasas,arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; con el votoUnánime del pleno del Concejo se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- EXONERAR del pago por concepto de derecho de Inscripción Extraordinaria (fuera de plazo) denacimientos de menores de edad y mayores de 18 años,sin perjuicio de la obligación de los solicitantes de presen-tar los requisitos establecidos por Ley. Artículo 2º.- El beneficio de la exoneración que refiere la presente Ordenanza Municipal tendrá una vigencia de60 días, contados a partir del día siguiente de su publica-ción en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administración, Subgerencia de Registro Civil y demás Órganos que lescompeta el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PAULO HERNAN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 05294 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G67/G75/G6E/G64/G6F/G20/G64/G6F/G6D/G69/G6E/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C /G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G74/G75/G62/G72/G65/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G65/G6C/G20/G22/G44/GED/G61/G20/G64/G65/G6C /G56/G65/G63/G69/G6E/G6F/G20/G53/G61/G6E/G6A/G75/G61/G6E/G69/G6E/G6F/G22 ACUERDO DE CONCEJO Nº 000032-2005/MDSJM San Juan de Miraflores, 21 de febrero del 2005