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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G39/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 13 de marzo de 2005 Resolución Suprema Nº 035-93-EM, el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y, el literal g) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aproba- do por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; Con la opinión favorable del Director Ejecutivo de Proyectos y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Encargar a la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas - UNOPS, la convoca- toria y organización del proceso de Licitación Pública Internacional para seleccionar al contratista que se en- cargue de la Ejecución de la Línea de Transmisión en 138 kV Carhuaquero - Jaén, Subestaciones y Sistema de Telecomunicaciones a financiarse con recursos del Japan Bank for International Cooperation - JBIC, mate- ria del Acuerdo de Préstamo Nº PE-P20 de fecha 12 de noviembre de 1997 y con recursos de la contrapartida nacional. Artículo 2º.- Aprobar las Bases de la Licitación Pú- blica Internacional OSP/PER/151/183-JBIC, a que se refiere el artículo precedente y que forman parte inte- grante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- La Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, queda encargada de suscribir el respectivo Contrato, así como velar por su cumplimiento. Artículo 4º.- El egreso que origine la presente Resolu- ción Ministerial en el Ejercicio Presupuestal 2005, será con cargo a las Fuentes de Financiamiento señaladas en los Informes de Disponibilidad Presupuestal para Lici- taciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nºs. 00001-2005-MEM-OGP/PRES y Nº 00002-2005- MEM/OGP/PRES del 10 de febrero de 2005; y, el finan- ciamiento que fuera requerido para la culminación del proyecto, será considerado en las previsiones presu- puestales de los ejercicios posteriores, para lo cual se incluirá en el contrato respectivo, una cláusula que con-dicione su ejecución a la autorización del presupuesto aprobado para dichos ejercicios. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 05392 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 098-2005-MEM/DM Lima, 8 de marzo de 2005 CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 145-97-EF, fue apro- bada la operación de Endeudamiento Externo a cele- brarse entre la República del Perú y The Overseas Economic Cooperation Fund - OECF, ahora Japan Bank for International Cooperation - JBIC, por la suma de ¥ 10 140 000 000,00 (Diez Mil Ciento Cuarenta Millones y 00/100 Yenes Japoneses), destinada a fi- nanciar el Programa de Ampliación de la Frontera Eléctrica - PAFE I; Que, el Gobierno Peruano y The Overseas Econo- mic Cooperation Fund -OECF, hoy Japan Bank for Inter- national Cooperation - JBIC, con fecha 12 de noviembre de 1997, suscribieron el Acuerdo de Préstamo PE-P20, correspondiente a la operación de Endeudamiento Ex- terno referida anteriormente; Que, con fecha 21 de noviembre de 2002, el Gobier- no de Perú y el Japan Bank for International Coopera- tion, suscribieron el Acta de Discusiones de la Misión Técnica sobre la Modificación del Proyecto de Amplia- ción de la Frontera Eléctrica - PAFE I, en la cual se incluyó al proyecto Línea de Transmisión 138 kV Car- huaquero - Jaén, Subestaciones y Sistema de Teleco- REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete y deberán venirelaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIOOFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU