TEXTO PAGINA: 12
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G39/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 13 de marzo de 2005 ciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, pro- porcionando el ordenamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del oficio de Vistos, el señor Israel Baldeón Ccellccascca, Alcalde de la Municipalidad Dis- trital de Ongoy, solicitó al Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento la donación de maquicentros; adecuándose dicho pedido en coordinaciones conjun- tas con el citado gobierno local y los funcionarios del Ministerio a maquinaria de mecánica de producción e industria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 359-2004/VIVIEN- DA-VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipa- miento Básico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº 056-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM- ARR en el cual se precisó que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar módulos de maquinaria solicitada como dona- ción; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipa- miento Básico Municipal - PREBAM y actuando de con- formidad con lo dispuesto en la Directiva para el Proce- dimiento Administrativo respecto de los actos de dispo- sición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General No 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas deta- lladas en el Anexo que forma parte integrante de la pre- sente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de la maquinaria que se detallan en el Anexo 1 que forman parte integrante de la presente Resolución a favor de la Municipalidad Distrital de Ongoy, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac, con la finalidad de implementar el Colegio Secundario de Menores Téc- nico Industrial “Santiago Antunez de Mayolo” de Co- munpampa; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la donación de maquinaria des- crita en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución, valorizada en S/. 10,803.72 (Diez mil ochocientos tres con 72/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Distrital de Ongoy, provincia de Chin- cheros, departamento de Apurímac, con la finalidad de implementar el Colegio Secundario de Menores Técnico Industrial “Santiago Antunez de Mayolo” de Comunpam- pa. Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Municipal será responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Mi- nisterial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los tér- minos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 05400 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2005-VIVIENDA Lima, 11 de marzo de 2005 Vistos; el Oficio Nº 080-04-MDM-A, de la Municipali- dad Distrital de Manás, provincia Cajatambo, departa- mento de Lima; el Informe Técnico Nº 044-2004/VIVIEN- DA-VMCS-PREBAM-LART y el Memorándum Nº 003-2005/VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimo- nial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 41-94 se otorgó al Ministerio de la Presidencia una partida económica para la adquisición de maquinaria de mecánica de producción, con la finalidad de transferir tecnología apropiada para lograr mayores niveles de ingreso; así mismo vía Decreto de Urgencia Nº 111- 96 se adquirió maquinaria para la industria del calza- do, confección y tejido, procedentes de la República Popular China con la finalidad de equipar a pequeños y microempresarios; siendo dicha norma modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educati- vas del país, así mismo mediante Decreto de Urgen- cia Nº 086-97 se agregó al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposición que señaló que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transferir en calidad de dona- ción a los centros educativos estatales y a organiza- ciones sociales con fines educativos, de capacitación o de promoción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y función de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinándose el número de Ministe- rios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vi- vienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Mi- nisterio de la Presidencia, quedando extinguido para to- dos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía las compe- tencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligacio- nes del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apo- yo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje- cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funcio- nes - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condi- ciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, pro- porcionando el ordenamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del oficio de Vistos, el Sr. Edwin M. Loli Arredondo, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ma- nás, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la donación de diversos módulos de pro- ducción, adecuándose dicho pedido en coordinaciones conjuntas con el citado gobierno local y los funcionarios del Ministerio a maquinaria de mecánica de producción, maquinaria para confecciones y maquinaria para indus- tria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 310-2004/VIVIEN- DA-VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipa- miento Básico Municipal corrió traslado del Informe Téc- nico Nº 044-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR en el cual se precisó que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la ma- quinaria solicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipa- miento Básico Municipal - PREBAM y actuando de con- formidad con lo dispuesto en la Directiva para el Proce- dimiento Administrativo respecto de los actos de dispo- sición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General No 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas deta-