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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2005 (13/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G39/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 13 de marzo de 2005 municaciones, dentro de los alcances del Acuerdo de Préstamo PE-P20; Que, asimismo, en la referida Acta de Discusiones, se ha contemplado la necesidad de contar con una em- presa consultora que se encargue de la Supervisión del proyecto Línea de Transmisión 138 kV Carhuaquero - Jaén, Subestaciones y Sistema de Telecomunicaciones; Que, por Resolución Ministerial Nº 034-2005-MEM/ DM del 28 de enero de 2005, se ha aprobado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Dirección Ejecutiva de Proyectos para el ejercicio presupuestal 2005, en el cual se ha incluido en el ítem 12 la Supervi- sión de la Obra: Línea de Transmisión 138 kV Carhua- quero - Jaén, Subestaciones y Sistema de Telecomu- nicaciones; Que, mediante Informes de Disponibilidad Presu- puestal para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nºs. 00003-2005-MEM-OGP/PRES y 00004-2005-MEM-OGP/PRES del 11 de febrero de 2005, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Pla- neamiento, Presupuesto, Estadística e Informática del Ministerio de Energía y Minas, ha emitido opinión favora- ble sobre la existencia de la respectiva disponibilidad presupuestal, con cargo a las Fuentes de Financia- miento: Recursos Ordinarios y Operaciones Oficiales de Crédito Externo; Que, UNOPS mediante Carta PER/99/001/29025-C del 18 de enero de 2005, ha remitido la Solicitud de Expre- sión de Interés Nº OSP/PER/151/182 acompañando los Lineamientos de Preselección y las Bases de la Invita- ción OSP/PER/151/182-JBIC para la Supervisión de la Línea de Transmisión en 138 kV Carhuaquero - Jaén, Subestaciones y Sistema de Telecomunicaciones; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25565, los Decretos Supremos Nº 133-92-EF y Nº 021-93-EM, la Resolución Suprema Nº 035-93-EM, el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y, el literal g) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aproba- do por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; Con la opinión favorable del Director Ejecutivo de Proyectos y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Encargar a la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas - UNOPS, la preselec- ción, convocatoria y organización del proceso de invita- ción para seleccionar al consultor que se encargue de la Supervisión de la Línea de Transmisión en 138 kV Carhuaquero - Jaén, Subestaciones y Sistema de Tele- comunicaciones a financiarse con recursos del Japan Bank for International Cooperation - JBIC, materia del Acuerdo de Préstamo Nº PE-P20 de fecha 12 de noviem- bre de 1997 y con recursos de la contrapartida nacional. Artículo 2º.- Aprobar la Solicitud de Expresión de Interés OSP/PER/151/182 y las Bases de la Invitación OSP/PER/151/182-JBIC, a que se refiere el artículo pre- cedente y que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- La Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, queda encargada de suscribir el respectivo Contrato de Supervisión, así como velar por su cumplimiento. Artículo 4º.- El egreso que origine la presente Resolu- ción Ministerial en el Ejercicio Presupuestal 2005, será con cargo a las Fuentes de Financiamiento señaladas en los Informes de Disponibilidad Presupuestal para Lici- taciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nºs. 00003-2005-MEM-OGP/PRES y Nº 00004-2005- MEM/OGP/PRES del 11 de febrero de 2005; y, el finan- ciamiento que fuera requerido para la culminación del proyecto, será considerado en las previsiones presu- puestales de los ejercicios posteriores, para lo cual se incluirá en el contrato respectivo, una cláusula que con- dicione su ejecución a la autorización del presupuesto aprobado para dichos ejercicios. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 05393JUSTICIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73 /G64/G65/G20 /G43/G6F/G6E/G63/G69/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G63/G6F/G6E/G20 /G73/G65/G64/G65/G20 /G65/G6E/G20 /G65/G6C /G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 020-2005-JUS Lima, 7 de marzo de 2005 Vista, la solicitud de registro Nº 03240, de fecha 2 de febrero de 2005, sobre Autorización de Centro de Conci- liación, presentada por la asociación civil denominada, ASOCIACIÓN PARA LA RESOLUCIÓN CREATIVA DE CONFLICTOS - APRECCO; CONSIDERANDO:Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado autorización para el funcionamiento del Centro de Conci- liación denominado, CENTRO DE CONCILIACIÓN EN- TENTE, con sede en el departamento de Lima; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 169-2005- JUS/STC, la recurrente cumple con los requisitos esta- blecidos en los artículos 24º y 27º, de la Ley de Concilia- ción, Ley Nº 26872, modificada por Leyes Nº 27398, 28163, y los artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016- 2001-JUS y 040-2001-JUS; por lo que es procedente autorizar el funcionamiento del Centro de Conciliación solicitado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019- 2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de las funcio-nes del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y por Ley Nº 28163 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001- JUS y 040-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar, a la asociación civil denominada, ASOCIACIÓN PARA LA RESOLUCIÓN CREATIVA DE CONFLICTOS - APRECCO, el funciona- miento del Centro de Conciliación denominado, CEN- TRO DE CONCILIACIÓN ENTENTE, con sede en el departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.GIANNA MACCHIAVELLO CASABONNE Viceministra de Justicia 05368 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 021-2005-JUS Lima, 7 de marzo de 2005 Vistos, los expedientes con registros Nº 031330- 002392, sobre Autorización de Centro de Conciliación, presentado por la Asociación Civil ASJUR; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado autorización para el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado, MUÑOZ & ASOCIADOS, con sede en el departamento de Lima; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 0181- 2005-JUS/STC, la recurrente cumple con todos los re- quisitos establecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Leyes Nº 27398 y 28163, y los artículos 42º, 44º y 45º del