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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2005 (13/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G39/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 13 de marzo de 2005 pago por concepto de designación y/o supervisión de la sociedad de auditoría, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG; Que, el artículo 7º del Contrato de Subvención esta- blece que la ONPE deberá proporcionar a la Comunidad Europea el nombre de los auditores externos que efec- túe el examen financiero operativo del Contrato de Subvención; Que, la selección de la firma auditora se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo II "Condiciones Generales aplicables a los contratos de subvención ce- lebrados en el marco de las acciones exteriores de la Comunidad Europea" y la Guía práctica de los procedi- mientos contractuales financiados con cargo al presu- puesto general de las Comunidades Europeas, que es- tablecen un procedimiento para la selección de una so- ciedad de auditoría; Que, el artículo 6º inciso c) del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, establece que tratándose de préstamos y/o donaciones efectua- das por organismos internacionales, la solicitud de designación puede extenderse hasta todo el período de financiamiento, siempre que ello sea exigible por el con- venio internacional respectivo y/o en las normas del or- ganismo internacional que corresponda; Que, asimismo, el artículo 49º del Reglamento seña- la que cuando las disposiciones de un convenio y/o las normas del organismo internacional establecen un pro- cedimiento específico para la designación de una socie- dad de auditoría, la Contraloría General autoriza a la entidad el proceso de selección correspondiente; Que, en ese sentido, mediante el documento de vis- to, se concluye y recomienda que por las razones ex- puestas, debe autorizarse a la ONPE la conducción del proceso de selección para la contratación de una socie- dad de auditoría que realice el examen a los estados financieros del Contrato de Subvención, por los perío- dos 2005, 2006 y 2007; En uso de las atribuciones conferidas por los artícu- los 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y de conformidad con lo establecido en el artículo 49º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales la realización del proceso de selec- ción para la contratación de una sociedad de auditoría que realice el examen a los estados financieros del Contrato de Subvención GENRE/2004/079-668/8 "Promoción de la par- ticipación política de las mujeres peruanas en el ejercicio del derecho al sufragio y en el uso de mecanismos de vigilancia ciudadana", por los períodos 2005, 2006 y 2007. Artículo Segundo.- La sociedad de auditoría desig- nada deberá encontrarse inscrita y hábil en el Registro de la Contraloría General de la República. La Oficina Nacional de Procesos Electorales informará a la Contra- loría General de la República sobre la ejecución y resul- tados del proceso de selección. Artículo Tercero.- La sociedad de auditoría desig- nada y la Oficina Nacional de Procesos Electorales se sujetan a lo dispuesto en el Contrato de Subvención GENRE/2004/079-668/8 "Promoción de la participación política de las mujeres peruanas en el ejercicio del dere- cho al sufragio y en el uso de mecanismos de vigilancia ciudadana" y demás disposiciones contenidas en el Reglamento para la Designación de Sociedades de Au- ditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140- 2003-CG, en lo que resulte aplicable. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Socie- dades de Auditoría la supervisión de lo autorizado en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 05404S B S /G41/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G6D/GE1/G78/G69/G6D/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G62/G65/G72/G74/G75/G2D /G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G70/GF3/G73/G69/G74/G6F/G73 /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G74/G72/G69/G6D/G65/G73/G74/G72/G65/G20/G6D/G61/G72/G7A/G6F/G20/G2D /G6D/G61/G79/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G35 CIRCULAR Nº B-2143-2005 Lima, 11 de marzo de 2005 CIRCULAR Nº B-2143-2005 F-0483-2005 CM-0330-2005 CR-0199-2005 ----------------------------------------------- Ref.: Actualización del monto máxi- mo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos corres- pondiente al trimestre marzo 2005 - mayo 2005 ----------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Se- guros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al período marzo 2005 - mayo 2005, del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo 153º de la mencionada Ley General. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el período marzo 2005 - mayo 2005 se indica a continuación: COBERTURA DEL FONDO DE MARZO 2005 - MAYO 2005 SEGURO DE DEPÓSITOS (*) Monto en N uevos Soles 72 290.00 (*) Actualización para el trimestre marzo 2005 - mayo 2005 en base a la Variación IPM diciembre 1998 - febrero 2005: 1.16596590 Atentamente, JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 05372 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G52/G52/G2E/G4A/G4A/G2E/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G39/G37/G35/G20/G79/G20/G39/G37/G37/G2D /G32/G30/G30/G34/G2D/G4F/G50/G44/G2F/G49/G4E/G53/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73 /G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 129-2005-J-OPD/INS Lima, 2 de marzo del 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural Nº 977-2004-J- OPD/INS, del 29 de diciembre de 2004, se aprobó la inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones del Instituto Nacional de Salud, para el Ejercicio Presupuestal del año 2004 de dos (2) procesos de se- lección destinados a la "Adquisición de Kits e Insumos