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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2005 (19/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G37/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 19 de mayo de 2005 General del Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas (COCOES), cursó invitación a la Viceministra de Gestión Institucional, para que participe en la 1º Reunión Nacional sobre la Tecnología en la InfraestructuraEducativa, a realizarse en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México, del 26 al 28 de mayo de 2005; Que, el propósito de la reunión consiste en compartir las experiencias de los participantes en relación a la aplicación de los avances tecnológicos en la construc- ción de espacios educativos, conocer y difundir las pro-puestas arquitectónicas y constructivas que se deriven del uso de nuevas tecnologías y metodologías educati- vas, logrando mantener la infraestructura educativa a lavanguardia, beneficiando a la niñez y juventud; Que, el Despacho Ministerial ha considerado pertinente la participación de la doctora Helenn Chávez Depaz, Vice-ministra de Gestión Institucional, en el mencionado evento; Que, los gastos que genere el citado viaje serán asu- midos por la entidad organizadora, por lo que no irrogarágasto alguno al Tesoro Público; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la LeyNº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora Helenn Chávez Depaz, Viceministra de Gestión Institucional, ala ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México, del 25 al 28 de mayo de 2005, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La citada funcionaria, dentro de los quin- ce (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe detallado describiendo lasacciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 3º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Tesoro Público, ni dará derecho deexoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominación o cla- se a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Artículo 4º.- Encargar el Despacho de la Viceminis- tra de Gestión Institucional al doctor Idel Vexler Talledo, Viceministro de Gestión Pedagógica, a partir del 25 demayo de 2005, y en tanto dure la ausencia de la Titular. Regístrese y comuníquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 09325 ENERGÍA Y MINAS /G49/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E /G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73 /G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G4C/G75/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 176-2005-MEM/DM Lima, 9 de mayo de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31169405, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Per- sonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao,sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupa- ción de bienes públicos, para la instalación de la subes- tación de distribución aérea monoposte para ServicioPúblico de Electricidad Nº 35064; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica en mérito de la Resolución Su- prema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocu-pación de bienes públicos para la instalación de la sub- estación de distribución aérea monoposte para Servicio Público de Electricidad Nº 35064, ubicada en la bermacentral de la avenida Salaverry, cuadra 20, frente a la Universidad del Pacífico, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesio- nes Eléctricas, los concesionarios están facultados a utili-zar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes,vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aproba- do por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondien- tes, ha emitido el Informe Nº 093-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupa- ción de bienes públicos para la instalación de la subesta-ción de distribución aérea monoposte para Servicio Pú- blico de Electricidad Nº 35064, ubicada en la berma cen- tral de la avenida Salaverry, cuadra 20, frente a la Uni-versidad del Pacífico, distrito de Lince, provincia y de- partamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa,conforme al siguiente cuadro: Cod. Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de Exp. servidumbre terreno 31169405 Subestación de Distribuci ón Eléctrica Suelo: 9,00 m2Propiedad U rbano Nº 35064. y aires del Estado Ubicación: distrito de Lince, provincia y departamento de Lima. (vía pública) Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 277 320,982 8 663 628,488 B 277 318,918 8 663 630,666 C 277 316,741 8 663 628,602 D 277 318,805 8 663 626,424 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de laservidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo deconstrucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 09088 JUSTICIA /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G2D /G64/G6F/G72/G20/G41/G64/G20/G48/G6F/G63/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G2D/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G4C/G41/G4E/G20/G50/G45/G52/GDA/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 135-2005-JUS Lima, 18 de mayo de 2005