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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G30/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 22 de mayo de 2005 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, el referido consultor de- berá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultadosobtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos en- tregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 09601 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G45/G73/G2D /G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G2D/G20/G32/G30/G30/G36/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G2D /G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 141-2005-PCM Lima, 6 de mayo de 2005CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 390-2003-PCM se aprobó la reformulación del Plan Estratégico Institucio- nal 2004 - 2006 correspondiente a la Presidencia del Con-sejo de Ministros, como instrumento normativo que define los objetivos y orienta la gestión de la Institución; Que, el Plan Estratégico Institucional 2004 - 2006 de la Presidencia del Consejo de Ministros establece - en-tre otros aspectos - la misión y visión institucional, cu- yos alcances han sido redefinidos; Que, de esta manera se ha considerado como misión de la Presidencia del Consejo de Ministroscoordinar y articular la formulación y aplicación de la Política General de Gobierno, promover la participa- ción y concertación social; diseñar y conducir laspolíticas multisectoriales y evaluar sus resultados, en un marco de ética, transparencia, responsabili- dad y eficiencia; con el propósito de lograr un Perúpróspero, justo, democrático, descentralizado, mo- derno y ambientalmente sano, donde la vida y la per- sona humana sean fines supremos de la sociedad yel Estado; Que, por su parte, se ha considerado como visión institucional de la Presidencia del Consejo de Ministrosel ser una institución de reconocida excelencia, abierta al diálogo, que con legitimidad conduce, orienta, coordi- na y evalúa la formulación y aplicación de las políticas deGobierno y asegura su coherencia con las políticas del Estado, generando y asegurando la gobernabilidad y óptima gestión de los recursos públicos, en la búsquedade una nación próspera, justa, democrática y descen- tralizada; Que, en tal sentido resulta necesario aprobar la re- formulación del Plan Estratégico Institucional 2004 -2006 correspondiente a la Presidencia del Consejo de Minis- tros; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560 y el Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, apro-bado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la reformulación del Plan Estratégico Institucional 2004 - 2006 correspondiente ala Presidencia del Consejo de Ministros, en lo concer- niente a la misión y visión institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivosy Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberántener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete y deberán venirelaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU