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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2005 (22/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G30/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 22 de mayo de 2005 dos a la diversificación de las inversiones de los fondos de pensiones, la eficiencia en los sistemas de pensiones y modalidades de pensión para afiliados, los que permi- tirán evaluar el desarrollo de dichas variables en losdistintos países con sistemas de pensiones basados en capitalización individual; Que, en el Seminario "Desafíos en los Sistemas de Pensiones de América Latina", a desarrollarse el día 26 de mayo organizado por la AIOS, Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Mundial, se desarrollarán te-mas que posibiliten conocer mejor los mercados labora- les y discutir políticas laborales y previsionales que pue- dan mejorar la cobertura y densidad de las cotizaciones,así como explorar alternativas para mejorar la organiza- ción de la industria; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Admi- nistradoras Privadas de Fondos de Pensiones, median- te Directiva SBS-DIR-ADM-085-06, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio2005, estableciéndose en el Numeral 4.1.1. que se auto- rizarán viajes al exterior únicamente para eventos cu- yos objetivos obliguen la representación sobre temasvinculados con negociaciones bilaterales o multilatera- les o misiones oficiales que comprometan la presencia indispensable de funcionarios de esta Superintenden-cia, como es el presente caso; Que, por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar a la señora LorenaMasías Quiroga, Superintendente Adjunta de Adminis- tradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que en representación de esta Superintendencia participe enlos citados eventos; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria, sólo por el tiempo necesario parael cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo alPresupuesto correspondiente al ejercicio 2005; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sis-tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCMy en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2005, Nº SBS-DIR-ADM- 085-06; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Lorena Masías Quiroga, Superintendente Adjunta de Ad- ministradoras Privadas de F ondos de Pensiones, a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana del 24 al 28 de mayo de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar ante el Superintendente deBanca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las ac- ciones realizadas y los resultados obtenidos durante elviaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento del presente dispositivo legal, según se indica,serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, de acuerdo al si-guiente detalle: Pasajes US$ 992,43 Viáticos 800,00 Tarifa CÓRPAC 28,24 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de lafuncionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 09562/G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G76/G69/G73/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 786-2005 San Isidro, 20 de mayo de 2005. EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: VISTO: El Informe Técnico Nº 007-2005-DL emitido por el Departamento de Logística, y; CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Ad- ministradoras Privadas de Fondos de Pensiones, comoentidad rectora y de supervisión de los sistemas fi- nanciero, de Seguros y de Administración de Fondos de Pensiones, tiene la obligación de informar a la so-ciedad sobre los principales índices de desarrollo de dichos sectores, de sus funciones, además de desa- rrollar a través de los medios de comunicación unalabor de instrucción y protección a los usuarios de tales sistemas; Que, en tal sentido, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pen- siones tiene la obligación de realizar las publicaciones que requiere respecto de los temas mencionados en elconsiderando precedente, en los principales medios de comunicación escritos; Que, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, concordante con el literal f) del artículo 19º del TUO de la acotadanorma legal, señala que se encuentran expresamen- te incluidos en la clasificación de servicios persona- lísimos, los servicios de publicidad que prestan alEstado los medios de comunicación televisiva, ra- dial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que losdistinguen, por lo que se deberá exonerar del proce- so de selección que corresponda a las contratacio- nes que se requieran, permitiéndose con ello unamayor fluidez operativa para la utilización de los ser- vicios de comunicación; Que, en tal sentido y estando a los fundamentos expuestos por el Departamento de Logística mediante su Informe Nº 007-2005-DL, se hace necesario con- tratar los servicios de publicación de avisos en pren-sa escrita con las empresas Empresa Editora El Comercio S.A., Corporación Gestión S.A., Grupo La República S.A., Editora Noticias S.A.C., EmpresaPeriodística Nacional S.A.C., Empresa Editora Multimedia S.A.C., Editora SINDESA S.A. y Apoyo Publicaciones S.A., a efectos que presten los servi-cios de publicidad en prensa escrita para la Superin- tendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Que, como se puede apreciar, la exoneración de los procesos de selección para la contratación de los servicios mencionados en el considerando ante-rior, se realiza teniendo en cuenta la causal recogida en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, concordante con lo dispuesto por el artículo 145º del Reglamento de la acotada norma legal, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,que permite exonerar de los procesos de selección que corresponda a la contratación de los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios decomunicación escrita; Que estando a lo opinado, tanto por el Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurí-dica como por el Departamento de Logística resulta pro- cedente exonerar de los procesos de selección que correspondía a la contratación de las empresas Empre-sa Editora El Comercio S.A., Corporación Gestión S.A., Grupo La República S.A., Editora Noticias S.A.C., Em- presa Periodística Nacional S.A.C., Empresa Editora