Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2005 (22/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G30/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 22 de mayo de 2005 trativas infringidas por el Director - Gerente de Asun- tos Sociales Productivos y Empresariales, don Fabri- ciano Cunya Aguilera, quien usurpando funciones, fir- mó directamente, el 15 de diciembre de 2004, unaacta de compromiso con la "Panificadora Sol de Oro", para adquirir panetones que serían entregados en compensación a los trabajadores de la ejecución de laobra "Rehabilitación y Mejoramiento de caminos de Herradura", aprobada por Resolución de Alcaldía Nº 625-2003-MPA, estableciendo como forma de pagoa dicho proveedor la entrega de alimentos de propie- dad de la municipalidad; por lo que el mencionado al- calde habría incurrido en la causal de vacancia queregula las restricciones de contratación, según lo pre- vé el inciso 9 del artículo 22º concordado con el artí- culo 63º de la Ley acotada; Que, el Concejo Provincial de Ayabaca, en sesión extraordinaria del 15 de diciembre de 2004, rechazó por unanimidad, el mencionado pedido de vacancia, por cuan-to el solicitante de la vacancia no sustentó lo invocado; conforme consta del Acuerdo de Concejo Nº 023-2004- GLM-PFA que obra a fojas 75 a 77; ante lo cual, seinterpone el recurso de apelación de fojas 79; Que, las irregularidades administrativas referidas son susceptibles de acciones de control; mas no constitu-yen la causal de vacancia prevista en el numeral 10º del artículo 22º concordado con el artículo 8º de la Ley de Elecciones Municipales; por lo que el afectado no seencuentra incurso en la causal invocada en la apelación; Que, en autos no se ha acreditado que el Alcalde, don Práxedes Llacsahuanga Huamán, ha contratado nirematado obras o servicios públicos municipales, ni ad- quirido directamente o por interpósita persona bienes de la Municipalidad Provincial de Ayabaca en su favor, con-forme a los presupuestos exigidos por la causal de va- cancia contenida en el inciso 9) del artículo 22º concor- dado con el artículo 63º de la Ley Nº 27972; Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Eleccio- nes, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundada la apelación; en consecuencia, confirmar el Acuerdo de Concejo adop- tado, el 15 de diciembre de 2004, en la sesión extraordi- naria de la Municipalidad Provincial de Ayabaca,departamento de Piura, que rechazó la solicitud de va- cancia del cargo del Alcalde, don Práxedes Llacsahuan- ga Huamán. Artículo Segundo.- Declarar que don Práxedes Llac- sahuanga Huamán continuará ejerciendo el cargo de Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, de-partamento de Piura, por el período para el que fue ele- gido. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 09551 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G2D /G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G2D/G67/G75/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 740-2005 Lima, 11 de mayo de 2005EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por el señor Luis Alberto Pin- to Victorio para que se le autorice la inscripción en elRegistro del Sistema de Seguros: Sección II De los Co- rredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia conlo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Regis- tro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Se-guros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Luis Alberto Pinto Victorio con matrícula Nº N-3743 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Co-rredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 09497 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G2D /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G44/G6F/G6D/G69/G6E/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72 /G65/G6E/G20/G73/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G73/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G6E/G2D /G73/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 766-2005 Lima, 20 de mayo de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada a esta Superintendencia por la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS), con el fin de participar en su Asamblea General Ordinaria, el Seminario Inter-nacional "Evolución y Perfeccionamiento Recientes de los Sistemas de Pensiones de América Latina", y el Se- minario "Desafíos en los Sistemas de Pensiones deAmérica Latina"; los mismos que se llevarán a cabo los días 25, 26 y 27 de mayo de 2005, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Admi- nistradoras Privadas de Fondos de Pensiones es miembro de la Asociación Internacional de Organismos de Supervi- sión de Fondos de Pensiones (AIOS), por lo que la convo-catoria a la reunión de los representantes de los países miembros brindará la oportunidad de coordinar aspectos tendentes a complementar el trabajo de la Asociación; Que, en los seminarios indicados se desarrollarán temas de importancia e interés vinculados a las activida- des realizadas por este organismo de regulación, su-pervisón y control. Particularmente, en el Seminario In- ternacional "Evolución y Perfeccionamiento Recientes de los Sistemas de Pensiones de América Latina" que sellevará a cabo el día 25 de mayo organizado por la AIOS, y la Superintendencia de Pensiones de República Dominicana (SIPEN), se desarrollarán aspectos referi-