Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2005 (24/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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tunidad, sin perjuicio de fundamentacion complementaria en el plazo de tres (3) dias." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA de dos mil cinco. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 09670

de Carbonera y del Instituto Superior Tecnologico MORDAZA MORDAZA Mariategui de la MORDAZA de MORDAZA, asi como del Instituto MORDAZA E. Valcarcel de la MORDAZA de Ilo. La celebracion de este convenio no afecta el funcionamiento de las instituciones mencionadas. TERCERA.- Del Proyecto de Desarrollo Institucional En un plazo de quince (15) dias, a partir de la vigencia de la presente Ley, el Poder Ejecutivo, en coordinacion con el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), designara la Comision que debera elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Moquegua. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA de dos mil cinco. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

LEY Nº 28520
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Dado en la MORDAZA de Ilo, departamento de MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 09671

LEY DE CREACION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORDAZA
Articulo 1º.- Creacion Crease la Universidad Nacional de MORDAZA, como persona juridica de derecho publico interno, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua. Articulo 2º.- Fines Son fines de la Universidad Nacional de MORDAZA los establecidos en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion. Articulo 3º.- Carreras profesionales La Universidad Nacional de MORDAZA ofrecera inicialmente las siguientes carreras profesionales: Ingenieria de Minas. Ingenieria Ambiental. Ingenieria Agroindustrial. Ingenieria Pesquera. Ingenieria de Sistemas e Informatica. Gestion Publica y Desarrollo Social. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Financiamiento El Ministerio de Economia y Finanzas destinara los recursos necesarios para el funcionamiento de la Universidad Nacional de MORDAZA, con cargo al Presupuesto para el Ejercicio Fiscal del Ano 2005. SEGUNDA.- Uso de infraestructura La Universidad Nacional de MORDAZA utilizara temporalmente, en convenio con el Ministerio de Educacion, la infraestructura del Instituto Pedagogico MORDAZA MORDAZA

LEY Nº 28521
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICAS LA CONSTRUCCION DEL MEGAPUERTO EN EL DISTRITO DE MARCONA, PROVINCIA DE NAZCA, DEPARTAMENTO DE ICA
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Declarase de necesidad y utilidad publicas la construccion del Megapuerto en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica. Articulo 2º.- Evaluacion del Proyecto 2.1 La Autoridad Portuaria Nacional en coordinacion con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones elaborara los estudios de preinversion del Proyecto a que se refiere la presente Ley en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) dias calendario. La ejecucion y supervision del Proyecto son promovidas por la Autoridad Portuaria Regional en el MORDAZA del Plan Nacional de Desarrollo Portuario. El Plan Nacional de Desarrollo Portuario incluira la construccion del Megapuerto a que se refiere la presente Ley.

2.2 2.3

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