Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2005 (24/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G31/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 24 de mayo de 2005 Estando a lo dispuesto por el artículo 36º de la Ley Nº 24710, y lo normado por el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi- cial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del ar- tículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Denegar la solicitud de extradición formu- lada por las autoridades judiciales de la República Argenti-na del procesado HUGO FERNANDO SALAZAR DEL RISCO, procesado por el Tribunal Penal Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial de la provincia de Misiones, Repú-blica Argentina, por el delito de homicidio culposo, en agra- vio de Cristina Mabel Portillo. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 09667 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 138-2005-JUS Lima, 23 de mayo de 2005 Visto el Oficio Nº 1785-2005-SG-CS-PJ, de la Presi- dencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, sobre el pedido de extradición del procesado SON JIN YEOL, requerido por las autoridades judiciales de la Repú-blica de Corea; CONSIDERANDO: Que, mediante la Nota KE/POL/04-277 de fecha 23 de agosto de 2004, la Embajada de la República deCorea, ha solicitado la extradición del sentenciado SON JIN YEOL, quien es requerido por el Tribunal de Ulsan, República de Corea, cuya solicitud ha sido tramitada porel Décimo Primer Juzgado Penal del Callao (Expediente Nº 2954-2004); Que, mediante Ejecutoria Suprema de fecha 25 de enero de 2005, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró improceden- te la solicitud de extradición pasiva, formulada por las auto-ridades judiciales de la República de Corea de SON JIN YEOL, sentenciado por los delitos de fraude, falsificación de valores mobiliarios y aplicación de valores mobiliariosfalsificados y violación de la ley de represión contra che- ques protestados (Expediente Nº 01-2005); Que, de acuerdo al Artículo 36º de la Ley Nº 24710 - Ley de Extradición, cuando el dictamen del Poder Judicial es contra la entrega, el Gobierno queda vinculado; Estando a lo dispuesto por el artículo 36º de la Ley Nº 24710, y lo normado por el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi- cial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del ar- tículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Denegar la solicitud de extradición formu- lada por las autoridades judiciales de la República de Corea del ciudadano SON JIN YEOL, sentenciado por el Tribunal de Ulsan, República de Corea, por los delitos defraude, falsificación de valores mobiliarios y aplicación de valores mobiliarios falsificados y violación de la ley de re- presión contra cheques protestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de MinistrosEncargado de la Cartera de Relaciones Exteriores EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 09668 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G20 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73 /G70/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G2D/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G75/G73/G70/G69/G63/G69/G61/G2D/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/GED/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G2D /G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G62/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G72/G6F/G67/G61/G73/G20/G28/G43/G49/G43/G41/G44/G29 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 139-2005-JUS Lima, 23 de mayo de 2005 Visto, el Oficio Nº 302-2005-INPE/01 de fecha 5 de mayo de 2005, del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno del Perú y la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso deDrogas (CICAD) de la Organización de los Estados Ameri-canos (OEA) suscribieron una Carta de Entendimiento eldía 11 de agosto de 2003, la cual es ratificada el día 15 deabril de 2004, mediante Resolución Suprema Nº 077-2004-JUS, por la cual se designa al Instituto Nacional Peniten-ciario como Institución Ejecutora del proyecto "Programade Tratamiento de Internos Drogodependientes en el Esta-blecimiento Penitenciario del Callao y Establecimiento Pe-nitenciario de Mujeres de Chorrillos", y responsable delmanejo del aporte financiero de la CICAD/OEA para eldesarrollo del mismo, cuyo período comprende de setiem-bre de 2004 a agosto del 2006; Que, el citado proyecto, financiado por la Comisión In- teramericana contra el abuso de Drogas de la Organizaciónde los Estados Americanos CICAD - OEA, para el logro delos objetivos planteados ha considerado la capacitacióndel personal que se encuentra a cargo de su ejecución através de una pasantía que se llevará a cabo en la ciudadde New York - Estados Unidos de América, del 20 de mayoal 2 de junio de 2005; Que, los funcionarios Ps. Juan Alfredo Reátegui Ballón, Director General del Centro Nacional de EstudiosCriminológicos y Penitenciarios, Ps. Bertha Luz ChacaltanaCondori, Directora General de la Dirección Regional Limay el responsable técnico del proyecto INPE-CICAD/OEA,Ps. José Luis Colque Casas, son los responsables delograr los objetivos de dicho proyecto, consecuente-mente son las personas que asistirán y acopiarán lasexperiencias sobre tratamiento en personas Drogode-pendientes que se llevará a cabo en la ciudad antesmencionada; Que, el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 015- 2004, señala que mediante Resolución Suprema refren-dada por el Presidente del Consejo de Ministros y del Mi-nistro del Sector correspondiente, podrán exceptuarse dela prohibición establecida en el primer párrafo del artículo1º de la norma en mención, aquellos viajes que resultenindispensables para asegurar el cumplimiento de los obje-tivos y metas fijados para el ejercicio del año 2005; Que, siendo ello así, es necesario otorgar la autoriza- ción correspondiente;