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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2005 (26/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 89

PÆg. 293299 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de mayo de 2005 Que, en lo que se refiere a la evaluación técnica de la Ordenanza Nº 225-MSS, se estableció que los montos a cobrar por arbitrios, se determinarían distribuyendo el costo total de los servicios entre los contribuyentes deldistrito, considerando para el arbitrio de limpieza pública los criterios de distribución de uso y tamaño, por el arbi- trio de parques y jardines públicos a los criterios deubicación y tamaño y por el arbitrio de serenazgo a los criterios de ubicación, uso y tamaño; Que, en ese sentido, el costo asignado al arbitrio de limpieza pública comprende el servicio de barrido de vías y espacios públicos; recolección domiciliaria ordi- naria y selectiva de residuos sólidos urbanos y escom-bros urbanos; transporte descarga; transferencia y dis- posición final de los desechos sólidos urbanos prove- nientes de los predios y de las áreas de dominio público.El costo asignado al arbitrio de parques y jardines públi- cos comprende los servicios de implementación, recu- peración, mantenimiento y mejoras de parques y jardi-nes de uso público, recolección de maleza de origen domiciliario y público, transporte y disposición final. Y el costo asignado al arbitrio de serenazgo comprende elmantenimiento y mejora del servicio de vigilancia públi- ca, protección civil y atención de emergencias, en pro- cura de la seguridad ciudadana; Que, en relación a las estructuras de costos de los arbitrios establecidos en la Ordenanza Nº 225- MSS, se han considerado los siguientes conceptos:mano de obra, materiales, depreciación de maquina- ria y equipos, uniforme, mantenimiento, servicios por terceros, servicio de call center, gastos administrati-vos y costos por servicios básicos entre los más importantes. Dicha estructura se encuentra dividida en costos directos, costos indirectos y costos fijos,estando el porcentaje promedio de los costos indi- rectos de los arbitrios alrededor del 32.0%, siendo superior a lo establecido en la Directiva Nº 001-006-00000001. Sin embargo, cabe señalar que la Munici- palidad Distrital de Santiago de Surco presentó la documentación adicional sustentatoria correspon-diente, la misma que de conformidad con lo dispues- to en la Ordenanza Nº 607 tiene el carácter de decla- ración jurada; Que, del mismo modo, se verificó que el costo de los arbitrios municipales correspondientes al período comprendido entre junio a diciembre de 2005 asciendea S/. 26,761,246.48, correspondiendo al arbitrio de lim- pieza pública la cantidad de S/ 10,397,185.15, al arbi- trio de parques y jardines públicos la cantidad deS/. 9,727,012.84 y al arbitrio de serenazgo la cantidad de S/. 6,637,048.49, conforme se aprecia de los Anexos 1, 2 y 3 del informe del SAT; Que, en lo que se refiere a la distribución de los cos- tos del servicio de limpieza pública, se hace una diferen- ciación de acuerdo al uso del predio, esto es en usoscomerciales, industriales y de servicios en general que generan 5.5 kg de resíduos por establecimiento al día en promedio; uso casa habitación, terreno sin construir:predios que generan 0.5 kg de residuos por habitante al día en promedio; y, uso gobierno central, instituciones públicas, sindicatos, educación no estatal, fundaciones,asociaciones, museos, etc.: predios que generan entre 25 a 50 kg de resíduos por establecimiento al día en promedio. Teniendo en cuenta lo anterior, se colocangrados de ponderación de acuerdo al volumen total de generación de resíduos por cada grupo, siendo ello su nivel de participación. Sin embargo, la diferencia queexiste entre predios agrupados por el mismo uso, será precisado con el tamaño del predio, el cual se usa como un indicador de la cantidad de habitantes que generenresíduos o desechos; Que, en lo que se refiere a la distribución de los cos- tos del servicio de parques y jardines públicos se haceuna categorización en función de su ubicación con res- pecto a áreas verdes del distrito, esto es en predios con frente a parques públicos (Categoría A); Predios confrente a avenidas con arboledas, áreas verdes y simila- res (Categoría B) y predios ubicados en otras zonas (Categoría C); Teniendo en cuenta lo anterior, se colocan grados de ponderación de acuerdo al beneficio obtenido por cada categoría, siendo el nivel de satisfacción base elde la categoría C, e incrementándose proporcional- mente de acuerdo a su proximidad a áreas verdes. Sin embargo, la diferencia que existe entre prediosagrupados por la misma categoría, será precisada con el tamaño del predio el cual se usa como un indi- cador de la cantidad de habitantes que disfrutan de las áreas verdes existentes; Que, en lo que se refiere a la distribución de los cos- tos del servicio de serenazgo, se utilizan 9 sectores geográficos del distrito (conforme se aprecia del AnexoV de la Ordenanza Nº 225-MSS), definiéndose el nivel de servicio así como la asignación de recursos en fun- ción de las zonas más riesgosas: Teniendo en cuenta loanterior, un factor que se asocia para precisar el nivel de riesgo potencial (ponderación), es el criterio uso del pre- dio que sirve para asociar o acumular o segmentar a lospredios de acuerdo a sus características en: Usos co- merciales, industriales y de servicios en general; Uso casa habitación, predios sin edificar o en proceso deconstrucción; Uso actividades bancarias, financieras y joyerías; Uso club social, centro cultural, centros de educación, etc.; Uso discotecas, centros nocturnos,salas de juego y afines; y, Uso hipódromo, supermerca- dos, grandes almacenes. Sin embargo la diferencia que existe entre predios agrupados por el mismo uso, seráprecisado con el tamaño del predio el cual se usa como un indicador del grado de patrullaje que necesitará una unidad vehicular en una determinada área de terreno yla cantidad de habitantes que potencialmente se benefi- cien; Que, para verificar el financiamiento de dichos cos- tos y a partir de la información presentada por la Municipalidad, se ha efectuado la estimación de los ingresos potenciales de cada arbitrio, teniendo encuenta las tasas y criterios establecidos en la Orde- nanza Nº 225-MSS, así como el número de predios afectos para cada caso. Sin embargo, se apreciauna diferencia entre los 84,404 predios que se toman en cuenta para la distribución del costo total y los 93,266 que aparecen vinculados a la emisión de ladeuda por arbitrios (estimación de ingresos). Al res- pecto se sustenta que la cifra de 84,404 predios está referida a la cantidad de unidades prediales (prediosdistintos) que se tienen registrados en la base de datos y sobre las cuales se identifican las caracte- rísticas que van a incidir en la distribución. Mientrasque los 93,266 registros están referidos a los «enla- ces» (es decir afectaciones - liquidaciones), los que se generan al vincular estos 84,404 predios con susrespectivos propietarios u obligados al pago, canti- dad que se incrementa básicamente por efecto de los condóminos, en los cuales a un predio le corres-ponde más de un propietario en proporción al porcentaje que le corresponde de dicho predio, se- gún su declaración; Que, de este modo, el ingreso estimado para el pe- ríodo junio a diciembre de 2005 por el arbitrio de limpieza pública es de S/. 10,351,523.07, por el arbitrio de par-ques y jardines públicos es de S/. 9,713,649.61 y por el arbitrio de serenazgo es de S/. 6,628,811.00, tal como se aprecia en los Anexos 4, 5 y 6 del informe del Serviciode Administración Tributaria-SAT; Que, del análisis se determina que la recaudación potencial por el arbitrio de limpieza pública, permitirá a laMunicipalidad Distrital de Santiago de Surco, financiar para el período junio a diciembre de 2005, el 99.6% de los costos incurridos en dicho arbitrio. Asimismo, la re-caudación potencial por el arbitrio de parques y jardines públicos en el mismo período, permitirá financiar el 99.9% de los costos derivados de este arbitrio. También, larecaudación potencial por el arbitrio de serenazgo en el señalado período, permitirá financiar el 99.9% de los costos incurridos en dicho arbitrio. Todo ello conformese aprecia del Anexo 7 del informe del Servicio de Admi- nistración Tributaria-SAT; Que, respecto de la diferencia de S/. 67,262.57 que aparece en dicho Anexo se debe precisar que al mo- mento de la distribución del costo total, se han estableci- do costos por categorías los cuales no deben ser so-brepasados en la simulación de la distribución del costo para dicha categoría. En el caso del arbitrio de limpieza pública, no se deben sobrepasar los costos asociados alos 3 grupos identificados, para cada uno de ellos; mien- tras que en el caso del arbitrio de serenazgo, el ajuste debe ser por el costo de cada uno de los 9 sectoresregistrados. Al tratarse de una estructura de distribucio- nes proporcionales, las variaciones que se realicen en las tasas van a afectar a todos los predios en la misma