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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2005 (29/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 43

PÆg. 293521 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de mayo de 2005 VIVIENDA Modifican RR.MM. N”s. 214 y 313- 2004-VIVIENDA referentes al Registro de Grupos Familiares para participar en el Programa Techo Propio y alReglamento Operativo del Bono Fami-liar Habitacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 140-2005-VIVIENDA Lima, 27 de mayo de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27289, modificada por la Ley Nº 28210, se crea el Bono Familiar Habitacional como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que se otorga por una solavez a los beneficiarios, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de éstos, y que consti- tuye un incentivo y complemento de su ahorro, y en elartículo 6º faculta al Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, en adición a lo estable- cido en el artículo 2º de la Ley Nº 26912, la administra-ción y otorgamiento del Bono Familiar Habitacional pre- vio proceso de promoción, inscripción, registro, verifica- ción de información y calificación de postulantes; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2004-VIVIENDA se aprobó el Reglamento del Bono Familiar Habitacional, el cual dispone que mediante Resolución Ministerial delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se dictarán las demás disposiciones que resulten necesa- rias para la aplicación del mismo; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 214- 2004-VIVIENDA se crea el Registro de Grupos Fami- liares para participar en el Programa Techo Propio quetiene por finalidad garantizar que la participación de es- tos grupos se tramite mediante un procedimiento ágil, transparente y eficaz, disponiéndose en su artículo 3ºinciso b) que para la inscripción en el Registro de Gru- pos Familiares se debe contar con una cuenta de aho- rros o carta de compromiso con determinados montossegún la modalidad a postular: Adquisición de Vivienda Nueva, Construcción en sitio propio o Mejoramiento de Vivienda; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 313-2004- VIVIENDA, se aprueba el Reglamento Operativo del Bono Familiar Habitacional, el cual establece el monto del aho-rro mínimo para postular; Que, con el objeto de ordenar y facilitar la elección de los Grupos Familiares con relación al acceso del BonoFamiliar Habitacional en sus diferentes modalidades y propiciar la oportunidad de una vivienda digna a los sec- tores populares, es pertinente establecer un monto mí-nimo uniforme como parte del ahorro al momento de la inscripción; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamen- to aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN-DA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el inciso b) del Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 214-2004-VIVIENDA, enlos términos siguientes: "b) Los Grupos Familiares deben acreditar una cuen- ta de ahorros o presentar una carta de compromiso, con un monto mínimo de US$ 100.00 (Cien y 00/100 Dólares Americanos) o su equivalente en moneda nacional, comoparte del ahorro mínimo requerido, para cualquiera de las modalidades de postulación y aplicación al Bono Fa- miliar Habitacional." Artículo 2º.- Modifíquese el artículo 5º de la Resolu- ción Ministerial Nº 214-2004-VIVIENDA, en los términossiguientes:31 37 271,5 38 531,5 32 37 278,5 38 538,5 33 37 285,5 38 545,5 34 37 292,5 38 552,5 35 37 299,5 38 559,5 36 37 306,5 38 566,5 37 37 313,5 38 573,5 38 37 320,5 38 580,5 39 37 327,5 38 587,5 40 37 334,5 38 594,5 Canal NºFrecuencia (MHz) BW: 14 MHz Ida Retorno 1 37 065 38 325 2 37 079 38 339 3 37 093 38 353 4 37 107 38 367 5 37 121 38 381 6 37 135 38 395 7 37 149 38 409 8 37 163 38 423 9 37 177 38 437 10 37 191 38 451 11 37 205 38 465 12 37 219 38 479 13 37 233 38 493 14 37 247 38 507 15 37 261 38 521 16 37 275 38 535 17 37 289 38 549 18 37 303 38 563 19 37 317 38 577 20 37 331 38 591 Canal NºFrecuencia (MHz) BW: 28 MHz Ida Retorno 1 37 072 38 332 2 37 100 38 360 3 37 128 38 388 4 37 156 38 416 5 37 184 38 444 6 37 212 38 472 7 37 240 38 500 8 37 268 38 528 9 37 296 38 556 10 37 324 38 584 Banda 38,6 - 40 GHz (Servicios públicos utilizando sistemas de acceso fijo inalámbrico) Canal NºFrecuencia (MHz) BW: 50 MHz Ida Retorno 1 38 600 - 38 650 39 300 - 39 350 2 38 650 - 38 700 39 350 - 39 400 3 38 700 - 38 750 39 400 - 39 450 4 38 750 - 38 800 39 450 - 39 500 5 38 800 - 38 850 39 500 - 39 550 6 38 850 - 38 900 39 550 - 39 600 7 38 900 - 38 950 39 600 - 39 650 8 38 950 - 39 000 39 650 - 39 700 9 39 000 - 39 050 39 700 - 39 750 10 39 050 - 39 100 39 750 - 39 800 11 39 100 - 39 150 39 800 - 39 850 12 39 150 - 39 200 39 850 - 39 900 13 39 200 - 39 250 39 900 - 39 950 14 39 250 - 39 300 39 950 - 40 000 09992Canal NºFrecuencia (MHz) BW: 7 MHz Ida Retorno