Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2005 (29/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

PÆg. 293525 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de mayo de 2005 Exoneran de proceso de selección la contratación de empresa paraprestar servicio de información econó-mica y financiera especializada en tiempo real RESOLUCIÓN SBS Nº 794-2005 San Isidro, 27 de mayo de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe Técnico Nº 008-2005-DL emitido por el Departamento de Logística; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 008-2005-DL, de fecha 9 de mayo de 2005, el Departamento de Logística sustenta a la Superintendencia Adjunta de Administración General, las razones por las cuales se hace necesario renovar el servi-cio de información económica y financiera especializada en tiempo real, que viene brindando la empresa BLOOMBERG LP, a fin de garantizar una adecuada supervisión por partede la Superintendencia Adjunta de Seguros, Superintenden- cia Adjunta de Riesgos y la Superintendencia Adjunta de Administradoras de Fondos de Pensiones; Que, mediante Memorándum Nº 523-2005-SAAFP se sustenta técnicamente la necesidad que la Superintendencia Adjunta de Administradoras de Fondos de Pensiones cuen-te con los servicios de información económica y financiera que presta la empresa BLOOMBERG LP, toda vez que és- tos son utilizados como insumos para la valorización de losportafolios de inversión de los fondos de pensiones; Del mismo modo, la Superintendencia Adjunta de Seguros, mediante Memorándum Nº 117-2005-SAS y laSuperintendencia Adjunta de Riesgos, mediante Memo- rándum Nº 166-2005-SAR, sustentan las razones por las cuales las mencionadas áreas también necesitan elservicio que provee la empresa BLOOMBERG LP como herramienta de trabajo para sus labores de supervisión; Que, por las razones técnicas expuestas en los consi- derandos que anteceden, el Departamento de Logística concluye que se hace necesaria la renovación del servi- cio que viene brindando la empresa BLOOMBERG LP,por los tres terminales que actualmente tiene instalados en nuestra Institución; Que, en concordancia con lo anteriormente señalado, la empresa BLOOMBERG LP, mediante correo electrónico de fecha 4 de mayo de 2005, remite su cotización para los servicios que brinda, por el período comprendido entre el 3de junio de 2005 al 2 de junio de 2006, cuyo costo total asciende a la suma de US$ 71 400,00 (Setenta y Un Mil Cuatrocientos y 00/100 Dólares Americanos), por lo que enfunción a su cuantía, correspondería la convocatoria de una Adjudicación Directa Pública, proceso de cuyo trámite se exoneraría la contratación de la empresa BLOOMBERG LPpor ser el único proveedor en el mercado nacional; Que, en mérito a los antecedentes antes señalados, la empresa BLOOMBERG LP se constituye en proveedorúnico, toda vez que es la única empresa autorizada para brindar los servicios de información económica y financiera especializada en tiempo real; en tal sentido el literal e) delartículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, señala que las contrataciones de serviciosque no admiten sustitutos y donde exista un proveedor úni- co, se encuentran exoneradas de los procesos de selec- ción de Licitación, Concurso Público o Adjudicación Directaque le correspondan en función a su cuantía; Que, en concordancia con la precitada norma legal, el artículo 144º del Reglamento de la antes mencionada nor-ma, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria y siempreque exista un solo proveedor, la Entidad podrá contratar directamente. Señala la norma además que se considera- rá que existe proveedor único en los supuestos que porrazones técnicas o relacionadas con la protección de de-rechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad de un proveedor; Que, lo anteriormente expuesto ha quedado demostrado toda vez que la empresa BLOOMBERG LP, informa que lasnoticias Bloomberg solamente están disponibles a través del servicio Bloomberg Profesional, las cuales proveen acceso privilegiado a información del mundo financiero, con un aná-lisis profundo del mercado, por lo que se constituye en pro- veedor único del servicio a contratar, toda vez que son los únicos autorizados en el Perú para brindar el servicio reque-rido por esta Superintendencia; Que, de otro lado, hay que indicar que el artículo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado prevé que las adquisiciones o contrataciones deri- vadas de una exoneración se realizarán mediante accio- nes inmediatas y se aprobarán mediante una Resoluciónde Titular del Pliego de la Entidad, en el presente caso del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, previo Informe TécnicoLegal que sustente la exoneración y serán publicados en el diario oficial El Peruano; una copia de la mencionada Reso- lución deberá ser remitida a la Contraloría General de laRepública bajo responsabilidad, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 -; de conformidad con lo dispuesto en el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proce- so de Adjudicación Directa Pública que le corresponde en función a su cuantía para la contratación de la empresa BLOOMBERG LP a fin que preste el servicio de informa-ción económica y financiera especializada en tiempo real para la Superintendencia de Banca, Seguros y Adminis- tradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cuyo valorreferencial por el servicio asciende a la suma de US$ 71 400,00 (Setenta y Un Mil Cuatrocientos y 00/100 Dólares Americanos), incluidos todo concepto, gasto y tributo. Artículo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar el mencio- nado servicio mediante acciones directas con cargo a losrecursos propios de la Institución, por el plazo de un año. Artículo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administración General remita copia de lapresente Resolución y del Informe Técnico y Legal que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días hábiles siguientes a lafecha de su aprobación, conforme a lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 09959 Aprueban Disposiciones Complementa- rias sobre la Administración del Ries-go Cambiario Crediticio CIRCULAR SBS Nº B-2145-2005 Lima, 26 de mayo de 2005 CIRCULAR Nº B-2145-2005 F-0485-2005 CM-0332-2005 CR-0201-2005 EAF-0229-2005 EDPYME-0117-2005 ---------------------------------------------------- Ref.: Disposiciones complementarias sobre la Administración del Ries-go Cambiario Crediticio ---------------------------------------------------