Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2005 (31/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, martes 31 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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b) Ser Profesional Abogado, colegiado y habilitado para el ejercicio de la Profesion. c) Contar con experiencia profesional no menor de ocho (8) anos debidamente acreditados. d) Tener idoneidad profesional y calidad moral. e) Contar con experiencia en procesos judiciales. f) Contar con experiencia profesional en Administracion Publica y/o en Gestion Municipal. g) No tener pleito pendiente con el Estado. h) No haber sido destituido de la Administracion Publica o de empresas estatales por medida disciplinaria, ni de la actividad privada por causa o falta grave. Su designacion se formaliza por Resolucion de Alcaldia y se pone en conocimiento del Concejo Municipal y del Consejo de Defensa Judicial del Estado. De conformidad a lo dispuesto por el articulo 37º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Procurador Publico Municipal se sujeta al regimen laboral general aplicable a la administracion publica, conforme a Ley. c) Termino de designacion: La designacion del Procurador Publico Municipal termina por lo siguiente: a) Cuando el MORDAZA de por concluida su designacion. b) Por fallecimiento. c) Cuando sea aceptada su renuncia. d) Por incapacidad fisica o mental permanente que impida el ejercicio de la funcion. e) Por incurrir en negligencia grave en el ejercicio de su funcion, determinada previo MORDAZA Administrativo disciplinario. f) Ser sancionado disciplinariamente por el Colegio de Abogados respectivo o por el Consejo de Defensa Judicial del Estado. g) Por ser condenado por delito doloso mediante resolucion firme, o; h) Por incurrir en incompatibilidad funcional conforme a Ley. Articulo 7º.- Funciones, Obligaciones, Atribuciones y Competencias El Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, tiene las siguientes, atribuciones, obligaciones y competencias: a) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la defensa de los Intereses y Derechos de la Municipalidad en Sede Administrativa y/o Judicial, asumiendo su plena representacion. b) Ejercitar en los procesos judiciales todas las acciones y recursos legales que MORDAZA necesarios en defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad y su Representante; c) Iniciar o impulsar bajo responsabilidad funcional, los procesos judiciales contra los Funcionarios, servidores o terceros, respecto a los cuales el Organo de Control Institucional MORDAZA encontrado responsabilidad civil o penal; d) Solicitar informes, antecedentes y el apoyo necesario de cualquier entidad publica para el ejercicio de sus funciones; e) Informar trimestralmente al Sr. MORDAZA y al Concejo Municipal sobre la situacion de los procesos a su cargo independientemente de la Memoria de gestion Anual que debera formular y presentar conforme a las disposiciones que el consejo de Defensa Judicial del Estado establezca. f) Comunicar, en forma inmediata al Sr. MORDAZA y al Concejo Municipal de las sentencias ejecutoriadas y/o consentidas, desfavorables a la Municipalidad; y en su oportunidad a los Organos Administrativos correspondientes para la prevision presupuestal o acciones que correspondan; g) Remitir anualmente al Consejo de Defensa Judicial del Estado el movimiento de los procesos judiciales iniciados y tramitados en defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad;

h) Solicitar al Consejo de Defensa Judicial del Estado la absolucion de consultas de asuntos o juicios a su cargo asi como el asesoramiento, apoyo tecnico profesional y la capacitacion necesaria para el ejercicio de sus funciones, asi como participar en las sesiones del Consejo de Defensa Judicial del Estado cuando MORDAZA convocadas. i) Absolver las consultas que planteen las Gerencias y/o Subgerencias sobre los asuntos o juicios a su cargo. Solicitar a las Gerencias, y Subgerencias, los informes tecnicos pertinentes documentado, que permitan sustentar los recursos que se presenten, judicial o administrativamente en defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad de La MORDAZA, bajo responsabilidad del funcionario o servidor encargado. j) Coordinar con la Gerencia Municipal, Gerencia de Control Institucional y demas Gerencias el Planeamiento de los mecanismos y procedimientos necesarios, que conlleven a la disminucion de los procesos judiciales y/o administrativos. k) Dictar las Directivas y pautas necesarias, para uniformizar criterios y metodologias de trabajo, a fin de conseguir una mejor y coherente defensa de los intereses de la Municipalidad. l) Cumplir y velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones que adopte el Concejo Municipal y el MORDAZA en cuestiones legales que sirvan para la defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad, judicial y/o administrativamente. m) Delegar funciones al Procurador Publico Municipal Adjunto. n) Las demas funciones que se establezcan a solicitud del Sr. MORDAZA o del Concejo Municipal. Articulo 8º.- Funcion Exclusiva e Impedimento El Procurador Publico Municipal ejerce el cargo a tiempo completo y dedicacion exclusiva, con excepcion del desempeno de la docencia. Esta impedido de ejercer el MORDAZA particular durante el tiempo en que se encuentre en el cargo, salvo en causa propia o de su conyuge, ascendientes, descendientes o hermanos. Asimismo, esta prohibido de intervenir como Abogado o Apoderado del litigante en cualquier MORDAZA en que sea parte el Estado, hasta dos (2) anos despues de haber dejado el cargo. CAPITULO III DE LA ACTUACION JUDICIAL Articulo 9º.- Autorizacion necesaria Efectuada la designacion del Procurador Publico Municipal el Concejo emitira acuerdo autoritativo para que inicie y/o impulse los procesos en nombre y representacion de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA y/o sus Representantes, conforme a lo dispuesto por el Art. 9º inciso 23 de la Ley Nº 27972, con las facultades descritas en el Art. 13º. En el resto de supuestos no previstos por el inciso 23 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en nombre y representacion de la Municipalidad de la MORDAZA, el Procurador Publico Municipal, debera contar con resolucion de Alcaldia autoritativa, segun la legislacion especial para cada materia. Articulo 10º.- Delegacion de Representacion El Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, por razones de carga procesal a fin de optimizar la defensa judicial, podra delegar su representacion mediante escrito simple, bajo las modalidades previstas en el Codigo Procesal Civil o adjetivo especial, a los abogados que prestan apoyo profesional a su Procuraduria, bajo cualquier modalidad contractual prevista en la ley. La delegacion de Representacion no incluye la prestacion de Declaracion de Parte o Preventiva, la cual solo sera prestada por el Procurador Publico Municipal. Articulo 11º.- Ambito de Representacion El Procurador Publico Municipal designado tiene la representacion y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad Distrital de la MORDAZA ante todo Organo Jurisdiccional del Estado en el ambito nacional y en cualquier procedimiento judicial; sea este civil, penal, laboral,

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