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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G36/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 31 de mayo de 2005 Clasificación según el Multa por SED con Número de SED de la Deficiencias no Repor- tada Concesión (en UIT) Menos de 50 SED 0.0625 De 50 a 100 SED 0.0634 De 1,01 a 500 SED 0.0715 De 501 a 1,000 SED 0.0831 De 1,001 a 1,500 SED 0.0965 De 1,501 a 2,000 SED 0.1122 De 2,001 a 2,500 SED 0.1303 De 2,501 a 3,000 SED 0.1514 De 3,001 a 4,000 SED 0.2044 De 4,001 a 6,000 SED 0.3724 De 6,001 a 8,000 SED 0.6786 Más de 8,000 SED 0.9160 UIT: Unidad Impositiva Tributaria 2.3 Multas por deficiencias no reportadas en Tra- mos de Media Tensión (TMT) En caso de las deficiencias de riesgo alto en TMT, se aplicará una multa por cada deficiencia no reportadaencontrada en la muestra fiscalizada de acuerdo a la siguiente tabla: Clasificación según los Km de Multa por cadared Aérea de la Concesión Deficiencia no Reportada(en UIT) Menos de 50 Km. de Red Aérea 0.1629 De 50 a 200 Km. de Red Aérea 0.1704 De 201 a 500 Km.. de Red Aérea 0.1864 De 501 a 1000 Km. de Red Aérea 0.2166 De 1,001 a 1,500 Km. de Red Aérea 0.2516 De 1,501 a 2,000 Km. de Red Aérea 0.2924 De 2,001 a 3,000 Km. de Red Aérea 0.3946 De 3,001 a 4,000 Km. de Red Aérea 0.5327 De 4,001 a 6,000 Km. de Red Aérea 0.9706 De 6,001 a 8,000 Km. de Red Aérea 1.7686 Más de 8,000 Km. de Red Aérea 3.2226 UIT: Unidad Impositiva Tributaria 3. Disposiciones Complementarias Para facilitar a las concesionarias sus programas de trabajo relacionadas con la subsanación de las deficien- cias, las multas se aplicarán gradualmente de acuerdo a los siguientes programas: 3.1 Programa de aplicación de multas por defi- ciencias de riesgo alto que guardan relación directacon accidentes de terceros Las multas calculadas de acuerdo a lo señalado en el numeral 1 del presente se aplicarán para cada periodode supervisión y fiscalización conforme a los porcenta- jes indicados en la siguiente tabla. Período Porcentaje de la Multa a Aplicar I Semestre del 2005 0% II Semestre del 2005 0% I Semestre del 2006 0%II Semestre del 2006 25% I Semestre del 2007 50% II Semestre del 2007 50%I Semestre del 2008 75% II Semestre del 2008 75% Del 2009 en Adelante 100% 3.2 Programa de aplicación de multas por defi- ciencias no reportadas Las multas calculadas de acuerdo al numeral 2 del presente serán aplicadas para cada periodo de supervi-sión y fiscalización conforme a los porcentajes indica- dos en la siguiente tabla. PeríodoPorcentaje de la Multa a Aplicar I Semestre del 2005 0%II Semestre del 2005 30%I Semestre del 2006 50%II Semestre del 2006 80% Del 2007 en Adelante 100% EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Mediante la Resolución de Consejo Directivo OSINERG Nº 011-2004-OS/CD, se aprobó el “Procedi- miento de Fiscalización y Subsanación de Deficiencias en Instalaciones de Media Tensión y Subestaciones deDistribución Eléctrica por Seguridad Pública”, el cual es- tablece el procedimiento a seguir por las empresas con- cesionarias de distribución para el levantamiento de in-formación de deficiencias en sus instalaciones, el repor- te de información a OSINERG y el manejo de indicado- res de tolerancia, a fin de garantizar la seguridad públicade la población. De acuerdo al Procedimiento de Fiscalización y Subsanación de Deficiencias en Instalaciones de Me- dia Tensión y Subestaciones de Distribución Eléctrica por Seguridad Pública, OSINERG mediante una mues-tra representativa organizada por alimentadores en Media Tensión, supervisará el levantamiento de las deficiencias en las instalaciones de media tensión ysubestaciones. Este procedimiento establece también que se sancionará a las concesionarias de distribu- ción, cuando se compruebe que existan deficienciasde riesgo alto, cuando superen el indicador de riesgo moderado y cuando no reporten información de defi- ciencias. Dentro de este contexto, es necesario contar con una Escala de Multas que permita implementar lo dis- puesto en el referido Procedimiento y que esté orientada a ser objetiva, disuasiva y racional, determinando losmontos que se impondrá como sanción a las empresas infractoras. En ese sentido, OSINERG ha elaborado la Escala correspondiente que, comprende en una primera eta- pa, las sanciones a las empresas concesionarias, porno subsanar o no adoptar las medidas pertinentes para la seguridad de las personas en las deficiencias de riesgo alto que guardan relación directa con acci-dentes de terceros. En una segunda etapa, esta Es- cala comprende aquellas sanciones a imponer por las deficiencias no reportadas en el período que le co-rresponda. Con este esquema de escala de multas se logrará el cumplimiento de los alcances del referido Procedimien- to, a través de una eficiente acción sancionadora, sin considerar además que ello significará constituir por símisma, una medida correctiva de aquellas actividades que perjudican el correcto desempeño del servicio públi- co de electricidad. Finalmente, debemos mencionar que la Ley Nº 27632, que modifica la Ley Nº 27332, en lo relativoa la Función Normativa de OSINERG establece que está función comprende la facultad de tipificar las in- fracciones por incumplimiento del marco legal y de loscontratos de conexión. En ese sentido, al amparo de esta Ley, es que debe procederse a incluir dentro de la Escala de Multas y Sanciones, aprobada por la Re-solución de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD, como Anexo 7, lo relativo a las sanciones por infrac- ciones al “Procedimiento de Fiscalización y Subsana-ción de Deficiencias en Instalaciones de Media Ten- sión y Subestaciones de Distribución Eléctrica por Se- guridad Pública”. 10069