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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2005 (31/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G36/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 31 de mayo de 2005 constitucional o Contencioso Administrativo, ya sea como demandante o demandado, denunciante o agraviado,pudiendo concurrir a diligencias policiales y/o judiciales;prestar manifestación policial, preventiva, instructiva ytestimonial a que hubiera lugar; demandar, denunciar yconstituirse en Parte Civil e interponer recursos impug- natorios en materia penal. Artículo 12º.- Notificaciones Las notificaciones judiciales a los órganos que con- forman el Gobierno Local de la Municipalidad de LaPerla, se harán al Procurador Público Municipal de la Municipalidad, en su correspondiente oficina. Artículo 13º.- Facultades del Procurador El Procurador Público Municipal podrá ejercer las Facultades Generales y Especiales de los Artículos 74ºy 75º del Código Procesal Civil, siguientes: Representar y ejercer los derechos de la Municipali- dad ante las autoridades judiciales, con las facultadesgenerales y especiales del Código Procesal Civil, parademandar, ampliar demandas, modificar demandas, re-convenir, contestar demandas y reconvenciones; for- mular y contestar excepciones y defensas previas. Pres- tar declaración de parte; ofrecer medios probatorios, yasea en prueba anticipada o en las audiencias de prue-bas u otras audiencias; exhibir y reconocer documen-tos, plantear toda clase de medios impugnatorios comolos remedios de tacha, oposición y nulidad de actos pro- cesales o del proceso, y los recursos de reposición, apelación, casación, queja y recurso de agravio consti-tucional; solicitar medidas cautelares en cualquiera delas formas previstas legalmente, así como ampliarlas,modificarlas y sustituirlas, solicitar la interrupción; sus-pensión y conclusión del proceso; solicitar acumulación y desacumulación del proceso, solicitar el abandono del proceso, solicitar la aclaración corrección y realizar con-signaciones judiciales, retirar y cobrar las que se efec- túen a nombre de la Municipalidad de La Perla. Para convenir en la demanda, conciliar, desistirse de ella o transigir en los procesos, el Procurador PúblicoMunicipal designado requiere la expedición de Resolu-ción de Alcaldía que lo autorice para tal fin, previa auto- rización del Concejo. Artículo 14º.- IMPEDIMENTOS Y PROHIBICIONES La delegación representativa tiene los mismos impe- dimentos y prohibiciones que el Procurador Público Mu-nicipal y no podrá intervenir sin su consentimiento o au- torización, bajo responsabilidad. DISPOSICIÓN ÚNICA En todo lo no previsto en el presente Reglamento se aplicará supletoriamente lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS, en lo que fuera pertinente y aplicable, y demás normatividadvigente en cuanto corresponda. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Munici- pal, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Notificar la presente Ordenanza a las instancias administrativas para los fines pertinen-tes. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Secre- taría General, la publicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 10065 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F OSINERG Proyecto de procedimiento para la supervisión del cumplimiento de las normas vigentes sobre cortes y reconexión del servicio público de electricidad RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 096-2005-OS/CD Lima, 24 de mayo de 2005 VISTO: El Memorando Nº GFE 332-2005 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía, la aprobación de la prepublicación del “Procedi-miento para la supervisión del cumplimiento de las nor-mas vigentes sobre cortes y reconexión del serviciopúblico de electricidad”; CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 – Ley Marco de los OrganismosReguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Regu- ladores, entre ellos OSINERG, comprende la facultadexclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materiade su respectiva competencia, los reglamentos de losprocedimientos a su cargo, normas de carácter generalreferidas a actividades supervisadas o de sus usuarios;Que, el artículo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054- 2001-PCM, establece que la función normativa de ca- rácter general es ejercida de manera exclusiva por elConsejo Directivo a través de resoluciones; Que según lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Nº 27699 – Ley Complementaria de Fortalecimiento Ins-titucional de OSINERG, el Consejo Directivo está facul- tado para aprobar procedimientos administrativos vin- culados, entre otros, a la Función Supervisora; Que, de acuerdo al artículo 180º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas OSINERG establecelos importes máximos de corte y reconexión correspon-dientes y la periodicidad de su vigencia, sobre la base de los criterios y procedimientos que establezca al efecto; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el referido Reglamento, OSINERG estableció mediante la Resoluciónde Consejo Directivo Nº 095-2004-OS/CD, los preciosmáximos de cortes y reconexiones, en donde además seseñaló que posteriormente se aprobará un procedimiento que permita supervisar y fiscalizar su cumplimiento; Que, en ese sentido, en concordancia con lo ex- puesto es necesario contar con un procedimiento quepermita a OSINERG supervisar y fiscalizar el procesode cortes y reconexiones del servicio público de electri-cidad que realizan las empresas concesionarias de dis- tribución en sus respectivas zonas de concesión.