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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G36/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 31 de mayo de 2005 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/GE1/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 0068-2005-GORE-ICA/GGR Ica, 23 de mayo de 2005 VISTO; El Acuerdo de Consejo Regional Nº 012-2005- GORE-ICA realizado en Sesión Extraordinaria del día 20 de mayo del 2005; CONSIDERANDO: Que, el Art. 2º de Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, modificada por la Ley Nº 27902, establece que los Gobiernos Regionales emanan de lavoluntad popular; son personas jurídicas de derechopúblico, con autonomía política, económica, y adminis-trativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos que irro- guen gastos al Tesoro Público, debiendo emitirse la Reso-lución por la más alta autoridad de la entidad y publicarseen el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el Art. 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interésnacional o específico de la Institución, deberá indicarexpresamente el motivo y el número de días de duracióndel viaje, el monto de los gastos de desplazamiento,viáticos, y tarifa Corpac; Que, por Acuerdo de Consejo Regional Nº 012-2005- GORE-ICA de fecha 20 de mayo del 2005, se Autoriza elviaje a los Estados Unidos de Norteamérica al señorManuel Vicente Tello Céspedes, Presidente del Gobier-no Regional de Ica, para que visite las ciudades deMichigan, Florida, San Francisco, Carolina del Sur, Nue- va York, y Washington, entre los días del 1 al 15 de junio del presente año, en viaje oficial y con todas las prerro-gativas de Ley; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 26º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867,modificada por la Ley Nº 27902; y por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OTORGAR VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE al señor MANUEL VICENTE TELLO CESPEDES, Presidente del Gobierno Regional de Ica,de conformidad a la escala contenida en el artículo 5º delDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM, expresada en dó-lares americanos y convertida en moneda nacional porlos siguientes conceptos: a) Viáticos por 15 días a razón de US$ 3,300.00 S/. 10,741.50 USA $ 220.00 día c) Gastos de pasajes aéreos en varias rutas 1,600.00 5,208.00 d) Tarifa Corpac 28.00 91.14 ----------------------------------------------- TOTAL US$ 4,928.00 S/. 16,040.64 Artículo Segundo.- El egreso que demande el cum- plimiento de la presente Resolución, será aplicado a lasespecíficas 5.3.11.20 Viáticos y Asignaciones y la5.3.11.32 Pasajes y Gastos de Transporte de la Fuentede Financiamiento Recursos Directamente Recauda- dos del Pliego 449 Gobierno Regional de Ica. Regístrese y comuníquese. EDUARDO POW SANG KUOC Gerente General RegionalGerencia General Regional 10072/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G30/G38/G30/G20/G64/G65/G6C/G20/G31/G34/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G72/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA Nº 104 La Molina, 20 de mayo del 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MOLINA; Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo del 19 de mayo del 2005, el Dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídi-cos respecto a la ampliación del plazo de vigencia de laOrdenanza Nº 080 de fecha 14 de marzo del 2004; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º, numerales 8) y 40) de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 27972, POR UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 080 DEL 14 DE MARZO DEL 2004 Artículo Primero.- AMPLÍESE la vigencia de la Orde- nanza Nº 080 de fecha 14 de marzo del 2004, por el plazo de un (1) año. Artículo Segundo.- CONCÉDASE a los conducto- res de los establecimientos comerciales ubicados en lasavenidas que se precisan en el Artículo Cuarto de lacitada Ordenanza Nº 080, el plazo de noventa (90) días hábiles, computados a partir del día siguiente de la publi- cación de la presente norma legal, para que puedan aco-gerse a los beneficios que contiene dicha Ordenanza. Artículo Tercero.- Para acogerse a los beneficios de la citada norma legal, los administrados adjuntarán asu solicitud el informe favorable de Inspección Técnica de Defensa Civil, Básica, de Detalle o Multidisciplinaria, según corresponda. Artículo Cuarto.- El beneficio establecido en el ar- tículo tercero de la Ordenanza Nº 080 para dejar sinefecto, a solicitud de los interesados, las papeletas deinfracción y las Resoluciones de Multas Administrativas impuestas a los establecimientos que se ubican en las avenidas a que se contrae dicha Ordenanza, por losCódigos Nºs. 1405, 1410, 1420, 1900 y 1905 de la Orde-nanza Nº 029-2000, rige también para dejar sin efectolas papeletas o sanciones administrativas impuestas alamparo de la Ordenanza Nº 087-2004 por los Códigos Nºs. 19100, 19104, 19428, 19901, 19923, así como para las papeletas o sanciones administrativas impuestas porreincidencia en la apertura de establecimientos sin licen-cia municipal. Artículo Quinto.- Los conductores de los estableci- mientos que se encuentran comprendidos en la Ordenan- za Nº 080 podrán solicitar autorización - por el plazo de vigencia de la presente Ordenanza - para la instalaciónde un elemento de publicidad por cada local, siempreque sea adosado a la fachada, debiendo para este efec-to adjuntar el fotomontaje y diseño del anuncio, así comoel comprobante de pago de los derechos corres- pondientes por el importe proporcional al tiempo de su vigencia. Artículo Sexto.- RATIFICAR en todo lo demás el contenido en la Ordenanza Nº 080 del 14 de marzo del2004 y deróguese las disposiciones que se opongan a lapresente norma legal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBÓS VARGAS PRADA Alcalde 10077